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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ABRIL DEL AÑO 2014 (12/04/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 59

El Peruano Sábado 12 de abril de 2014 520909 Designan funcionario responsable de brindar información conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y ratifican funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 053-2014-A/MDC Cieneguilla, 26 de marzo de 2014 VISTO, la Resolución de Alcaldía Nº 049-2013-A- MDC, de fecha 24 de marzo de 2013, mediante el cual resuelve dar por concluida la encargatura al abogado Luis Pelayo Aguilar Arenaza, Gerente de Asesoría Jurídica, en el cargo de Secretario General; la Resolución de Alcaldía Nº 050-2014-A-MDC, de fecha 24 de marzo de 2014, que designa a don Carlos Miguel Melgar García en el cargo de Secretario General de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su Artículo 2, inciso 5) estipula el derecho fundamental de acceso a la información, al establecer que toda persona tiene derecho a solicitar sin expresión de causa la información que requiera y recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal y con el costo que suponga este pedido; Que, con la fi nalidad de promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental constitucional antes citado, se ha promulgado la Ley Nº 27806, “Ley de Transparencia y Acceso a la Información”, la misma que concuerda con la Ley del Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444, las cuales promueven la transparencia de los actos de todas las entidades de la administración Pública, entre ellos los de los gobiernos locales; Que, la Ley Nº 27806, “Ley de Transparencia y acceso a la Información”, establece en su artículo 3º, que la Entidad designará al funcionario responsable de entregar la información solicitada y en su artículo 8º, señala que la mencionada designación debe darse bajo responsabilidad de su máximo representante; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 035-2014- A-MDC, de fecha 04 de marzo de 2014, se designó como funcionario responsable de entregar la información de acceso público al abogado Luis Pelayo Aguilar Arenaza en su condición de Secretario General y designa como funcionario responsable de la elaboración y actualización del portal al ingeniero Anibal José Roman Crespo, en su condición de Subgerente de Tecnología de la Información y Comunicaciones; Que, estando a ello y habiéndose designado desde el 24 de marzo de 2014, al señor Carlos Miguel Melgar García, en el cargo de Secretario General, según Resolución de Alcaldía, es que resulta necesario modifi car la designación del funcionario responsable de entregar la información de acceso público de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, conforme a los lineamientos establecidos en la Ley 27806- Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública citada; Estando a lo visto y a lo establecido en la parte considerativa y con las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO, el Artículo Segundo de la Resolución de Alcaldía Nº 035-2014-A- MDC, de fecha 04 de marzo de 2014, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DESIGNAR como funcionario responsable de entregar la Información de Acceso Público de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, al señor CARLOS MIGUEL MELGAR GARCÍA en su condición de Secretario General, quien atenderá las solicitudes de información de los administrados, con las excepciones previstas en el artículo 16º y 17º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM. Artículo Tercero.- RATIFICAR como funcionario responsable de la Elaboración y Actualización del Portal de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, al Ingeniero Anibal José Roman Crespo, en su condición de Subgerente de Tecnología de la Información y Comunicaciones de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Secretaría General y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en la página web de la Entidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EMILIO A. CHAVEZ HUARINGA Alcalde 1072424-1 MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA Reglamentan el Proceso del Presupuesto Participativo por Resultados para el Año Fiscal 2015 ORDENANZA Nº 433-2014-MDJM Jesús María, 31 de marzo del 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA VISTO, en sesión ordinaria de la fecha, con el voto unánime/mayoritario de los señores regidores y con dispensa del trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades; Que, el Artículo IX del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 dispone que el proceso de planeación local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con los vecinos; y que los artículos 9, 53, 97 y la Décimo Sexta Disposición Complementaria, prescriben que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan en concordancia con los planes de desarrollo concertado; asimismo, las municipalidades regulan la participación vecinal en la formulación de los presupuestos participativos; Que, asimismo, la Décimo Sexta Disposición Complementaria establece que las municipalidades determinarán espacios de concertación adicionales a los previstos en la presente ley y regularán mediante ordenanza los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos; Que, los artículos 18 y 20 de la Ley Nº 27783 de Bases de la Descentralización, establecen que los Planes y Presupuestos Participativos son de carácter territorial y expresan los aportes y participación del sector público y privado, de las sociedades regionales y locales y la cooperación técnica internacional; dichas herramientas