Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2014 (12/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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esta institucion y del Ministerio de Economia y Finanzas. Un plan de accion para la implementacion de la respuesta debera ser presentado por la Parte Peruana y debera ser aprobado por los Socios para el Desarrollo (o "los donantes principales al Aseguramiento de Salud"). Esto constituye una condicion suficiente para la transferencia de los fondos. 3.3 El desembolso previsto podra ser postergado o incluso anulado si se detectase un caso evidente de fraude y si este no hubiese sido subsanado correctamente tras haber sido detectado y notificado. De registrarse usos graves inadecuados de la transferencia de los fondos, Belgica se reserva el derecho de exigir de forma unilateral o conjunta, el reembolso total o parcial de los fondos. 3.4 Adicionalmente, la Parte belga financiara y contratara a un Experto MORDAZA en Salud para el Apoyo Presupuestal. Este experto formara parte del personal de la Representacion Residente de la CTB y sera financiado directamente por la Parte belga con fondos adicionales a la donacion de seis millones y medio de euros mencionada en el articulo 3.1. Para facilitar los procesos administrativos peruanos, este personal contara con la opinion favorable de la Parte peruana. 3.5 El personal contratado segun el numeral anterior que fuere puesto a disposicion del programa por la CTB y que no sea de nacionalidad peruana ni extranjero residente tendra categoria de experto y gozara de los privilegios e inmunidades a los que hace referencia el articulo 8 del "Convenio General de Cooperacion Internacional entre el Reino de Belgica y la Republica del Peru", suscrito el 15 de octubre de 2002, asi como de aquellos otros beneficios que les fueran aplicables de conformidad con lo estipulado en la legislacion peruana vigente sobre la materia. 3.6 La parte peruana expedira al personal MORDAZA mencionado un carnet de identidad para extranjeros y los visados que MORDAZA necesarios, conforme a su legislacion, segun las modalidades vigentes para los expertos de las Naciones Unidas que desempenan funciones en el Peru. ARTICULO 4 - Implementacion de la Contribucion 4.1 El MEF, conjuntamente con el SIS, suscribiran Convenios de Apoyo Presupuestal de cumplimiento de los compromisos con los Gobiernos Regionales. 4.2 Los Gobiernos Regionales elevaran su informe al SIS sobre el cumplimiento de las metas, segun lo acordado en los Convenios mencionados en el punto 4.1. 4.3 El SIS es responsable de la revision y verificacion del cumplimiento de los compromisos de los Gobiernos Regionales y de informar al respecto al MEF. 4.4 El MEF transferira los fondos del apoyo presupuestario, a los gobiernos regionales para que se incorporen en los presupuestos de las unidades ejecutoras comprendidas en los Convenios suscritos, previo informe de verificacion del SIS. ARTICULO 5 - Seguimiento, control y evaluacion 5.1 Las partes adoptaran todas las medidas administrativas y presupuestarias necesarias para alcanzar los objetivos del presente Convenio Especifico, incluyendo controles o evaluaciones de MORDAZA tecnico, administrativo y financiero, tanto de forma conjunta como por separado. Las Partes deberan informarse mutuamente acerca de los resultados y posibles recomendaciones de dichas practicas de control y evaluacion. 5.2 Una Revision Sectorial Conjunta sera organizada como minimo una vez al ano. Se verificara el desempeno del SIS durante el periodo anterior sus prioridades y la asignacion de recursos para el siguiente ano financiero. 5.3 La CTB es responsable de la participacion belga en el seguimiento de la implementacion del Programa en estrecha colaboracion con el Consejero/Agregado de Cooperacion de la Embajada de Belgica en Lima. El Experto tecnico belga, proporcionado por la CTB y establecido en MORDAZA trabajara estrechamente con los demas Socios al Desarrollo y en el MORDAZA los mecanismos de seguimiento existentes. 5.4 El punto de atencion principal belga en el MORDAZA del dialogo politico versara sobre la implementacion de la politica de Aseguramiento Universal y los desafios actuales del sector salud con especial atencion en el avance del Programa Presupuestal Salud MORDAZA Neonatal. Especificamente se brindara una atencion prioritaria a temas relacionados con

El Peruano Sabado 12 de MORDAZA de 2014

el financiamiento y aumento del gasto per capita en el sector salud con un enfoque pro-pobre y de genero, la calidad de los servicios, la coordinacion de los diferentes actores bajo la rectoria del MINSA, la promocion de un enfoque de derechos humanos en el sector salud y del rol de la sociedad civil como actores claves de la vigilancia ciudadana para institucionalizar un dialogo abierto con los diferentes actores del Estado. 5.5 Si durante la ejecucion del Apoyo presupuestal se planifican auditorias de desempeno diferentes a las mencionadas en el punto 3.1, tanto del SIS o del programa presupuestal Salud MORDAZA Neonatal a nivel central o regional, estas deberan ser informadas a todas las partes involucradas en este convenio. ARTICULO 6 - Duracion, denuncia, modificacion y conflictos. 6.1 El presente Convenio entrara en MORDAZA en la fecha en que el Reino de Belgica reciba notificacion escrita, por parte de la Republica del Peru, comunicando que este ha cumplido los procedimientos internos necesarios para tal efecto y, a partir de dicho momento tendra una duracion de 48 meses, plazo que no podra ser ampliado. La ejecucion del programa tiene una duracion de 36 meses. 6.2 Las disposiciones del presente Convenio pueden ser modificadas de mutuo acuerdo, mediante un intercambio de Notas entre las Partes. 6.3 Cualquier conflicto relativo a la aplicacion o a la interpretacion del presente Convenio sera resuelto por via de negociacion bilateral. 6.4 El presente convenio puede ser denunciado por cada una de las Partes mediante nota verbal, con un preaviso de seis meses. ARTICULO 7 - Anticorrupcion Ninguna oferta, pago, regalo o beneficio de ningun MORDAZA que pueda ser considerado como una practica ilegal o de corrupcion, sera hecha, intentada, prometida o aceptada, directa o indirectamente, como estimulo o recompensa, en relacion a las actividades financiadas bajo el presente Programa, incluyendo adjudicacion, asignacion o ejecucion de contratos. Cualquiera de estas practicas sera causa de inmediata cancelacion de este Convenio. ARTICULO 8 - Notificaciones Las notificaciones previstas por el presente Convenio y en particular aquellas que versen sobre su modificacion o su interpretacion, seran transmitidas por via diplomatica a las direcciones siguientes: · Por la Parte belga, a: Oficina de Cooperacion al Desarrollo Embajada de Belgica Avenida Angamos Oeste, 380 Miraflores, MORDAZA 18, Peru · Por la Parte peruana, a: Agencia Peruana de Cooperacion ­ APCI Avenida MORDAZA MORDAZA, 261 Miraflores, MORDAZA 18, Peru Internacional

Las notificaciones o la correspondencia relativa a la ejecucion del presente Convenio Especifico se enviaran a las siguientes instituciones: · Por la Parte belga, a: Representacion Residente de la "Cooperacion Tecnica Belga" - CTB MORDAZA MORDAZA Olcay 389 Miraflores, MORDAZA 18, Peru · Por la Parte peruana, a : Ministerio de Economia y Finanzas Jr. MORDAZA Nº 319 ­ MORDAZA Cercado, MORDAZA 1, Peru

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