Norma Legal Oficial del día 22 de abril del año 2014 (22/04/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano Martes 22 de MORDAZA de 2014

521361
CONSIDERANDOS 1. El articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru establece que para postular a presidente o vicepresidente de la Republica, miembro del Parlamento Nacional o presidente del Gobierno Regional, los alcaldes deben renunciar al cargo seis meses MORDAZA de la eleccion respectiva. 2. Mediante la Resolucion Nº 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, este Supremo Tribunal Electoral ha dispuesto, en su articulo MORDAZA, que los alcaldes que presenten su renuncia a tales cargos, con el proposito de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2014, convocadas para el dia MORDAZA 5 de octubre de 2014, como candidatos a presidentes regionales, deben presentar sus renuncias por escrito ante el concejo municipal provincial correspondiente, teniendo como fecha limite de MORDAZA de estas el 5 de MORDAZA de 2014. 3. De los actuados, se advierte, en fecha 4 de MORDAZA de 2014, que MORDAZA MORDAZA Alipazaga ha presentado su renuncia al cargo de MORDAZA ante el Concejo Provincial de MORDAZA (fojas 03), con el objeto de postular como candidato al cargo de presidente regional, la misma que ha sido aceptada mediante Acuerdo de Concejo Nº 022-2014-MPHCO-E, de fecha 5 de MORDAZA de 2014. En ese sentido, al presentarse la renuncia de MORDAZA MORDAZA Alipazaga y haber sido aceptada esta al cargo de MORDAZA de la citada municipalidad provincial, se ha producido la vacancia de la autoridad MORDAZA, no atribuible a alguna de las causales establecidas en el articulo 22, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), sino en virtud de un requerimiento constitucional establecido en el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el numeral 2 del articulo 14 de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales. 4. En ese sentido, resulta de aplicacion lo establecido en el articulo 24 de la LOM, que senala que en caso de vacancia del MORDAZA, este es reemplazado por el MORDAZA MORDAZA, que es el primer regidor habil que sigue en su propia lista electoral, por lo que corresponde convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 22461061, a fin de que asuma el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, departamento de MORDAZA, para completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, por lo que se le otorgara la respectiva credencial que lo faculte como tal. Asimismo, corresponde convocar a Melsi MORDAZA MORDAZA De Castaneda, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 22506024, candidata no proclamada por la organizacion politica Partido Democratico Somos Peru, conforme al Acta de Proclamacion de Resultados de Computo y de Autoridades Municipales Provinciales Electas, de fecha 29 de noviembre de 2010, remitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, con motivo de las Elecciones Municipales del ano 2010, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de MORDAZA, departamento de MORDAZA, para completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, por lo que se le otorgara la respectiva credencial que la faculte como tal. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- DECLARAR la vacancia de MORDAZA MORDAZA Alipazaga al cargo de MORDAZA de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, departamento de MORDAZA, con motivo de haber sido aceptada su renuncia al cargo, mediante Acuerdo de Concejo Nº 022-2014-MPHCO-E, de fecha 5 de MORDAZA de 2014, con el proposito de participar en el MORDAZA de las Elecciones Regionales 2014, y dejar sin efecto la credencial que le fuera otorgada con motivo de las Elecciones Municipales del ano 2010. Articulo Segundo.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 22461061, para que asuma el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, departamento de MORDAZA, para completar el periodo

conocer y absolver algun MORDAZA de cuestionamiento contra la democracia interna de una organizacion politica, como ente MORDAZA de justicia electoral, solo en via apelacion, durante la etapa de inscripcion de listas de candidatos. 11. En ese contexto, toda vez que no nos encontramos en el periodo de realizacion del MORDAZA de democracia interna que preve el articulo 22 de la LPP y, menos aun, frente a algun cuestionamiento en contra de una lista de candidatos que busca su inscripcion ante un MORDAZA Electoral Especial, por una supuesta afectacion de las normas que deben regir la democracia interna del partido politico Partido Aprista Peruano, el recurso de apelacion deviene en improcedente. 12. Finalmente, no obstante el recurso interpuesto resulta improcedente, este colegiado electoral considera importante exhortar al partido politico Partido Aprista Peruano a que sujete su MORDAZA de democracia interna, para la eleccion de sus candidatos a las Elecciones Regionales y Municipales 2014, a las disposiciones contenidas en la LPP, en tanto, las mismas son de obligatorio cumplimiento para todos los actores del MORDAZA electoral. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- Declarar IMPROCEDENTE el recurso de apelacion interpuesto por Vincenth Freetz MORDAZA en contra de la Resolucion N.º 009-2014-TNEPAP, del 31 de enero de 2014, emitida por el Tribunal Nacional Electoral del Partido Aprista Peruano. Articulo Segundo.- EXHORTAR al partido politico Partido Aprista Peruano a sujetar su MORDAZA de democracia interna para la eleccion de sus candidatos para las Elecciones Regionales y Municipales 2014, a las disposiciones contenidas en la Ley N.º 28094, Ley de Partidos Politicos. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1075194-1

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de MORDAZA y regidora de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 291-2014-JNE Expediente Nº J-2014-00393 MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, nueve de MORDAZA de dos mil catorce VISTA la carta presentada por MORDAZA MORDAZA Alipazaga, en fecha 7 de MORDAZA de 2014, y la carta remitida por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA encargado de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, departamento de MORDAZA, mediante la cual se pone en conocimiento del Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones la renuncia presentada por MORDAZA MORDAZA Alipazaga al cargo de MORDAZA de la citada comuna.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.