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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE AGOSTO DEL AÑO 2014 (17/08/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 81

El Peruano Domingo 17 de agosto de 2014 530235 ANEXO LISTA DE ALIMENTOS SALUDABLES RECOMENDADOS PARA SU EXPENDIO EN LOS QUIOSCOS ESCOLARES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS 1. Cereales • Cereales no refi nados: kiwicha, quinua, kañihua, centeno, trigo, pan del árbol , cebada, arroz, maíz y sus productos derivados en preparados bajos en sal, bajos en aceite, y/o bajos en azúcar.(pan de la localidad ) • Productos de panifi cación y galletería: pan campesino, pan de cebada, pan de labranza, pan francés, entre otros de la localidad, así como panes, tostados y galletas con bajo contenido en sal, azúcar y aceites procesados. 2. Frutas, Vegetales (hortalizas, legumbres) y Tubérculos • Frutos secos o semillas envasadas: maní, sacha inchi, shapaja, Huicungo, pecanas, nueces, habas, pasas, guindones, ajonjolí, almendras, castañas, etc., al natural o tostados sin adición de azúcar o sal. • Frutas frescas de estación, disponibles localmente según ámbitos geográfi cos, previamente lavadas y desinfectadas. (Pijuayo) • Verduras y hortalizas frescas de estación, disponibles localmente, según ámbitos geográfi cos previamente lavadas y desinfectadas, preparadas y sin cremas. • Tubérculos y raíces sancochadas: papa, olluco, oca, mashua, chuño omoraya, yacón, yuca, michucci, sacha papa, camote, arracacha, dale dale, uncucha, entre otros, en preparados bajos en sal. • Legumbres: habas, tarwi, sancochadas o tostadas bajas en sal y/o aceite. 3. Líquidos • Jugos de frutas naturales de estación, disponibles localmente lavadas (para el caso de fresas deben ser desinfectadas) y sin azúcar o con bajo contenido de azúcar, preparados al momento. • Refrescos de frutas naturales de estación previamente lavadas con bajo contenido de azúcar, disponibles localmente según ámbitos geográfi cos. • Infusiones de hierbas aromáticas como: manzanilla, anís, orégano , hierbaluisa, hoja de coca, hoja de naranja, boldo, manayupa, cedrón, muña, jazmín, entre otras, frías o calientes sin o con bajo contenido de azúcar. • Agua hervida o envasada con o sin gas. 4. Lácteos y derivados • Leches enteras, semidescremadas o descremadas pasteurizadas, no saborizadas, sin colorantes, sin o con bajo contenido de azúcar. • Yogures semi descremados o descremados con bajo contenido de azúcar. • Quesos frescos pasteurizados u otros bajos en sal y grasas. 5. Huevos: de gallina. codorniz sancochado, batido bajo en sal 6. Alimentos preparados Preparaciones elaboradas con los alimentos indicados en la presente lista en condiciones higiénicas, como por ejemplo: • Ensalada de frutas. • Ensalada de vegetales preparados y sin cremas. • Chapo, plátano asado, upe entre otras preparaciones de cada zona. • Carnes frescas o secas preparados para sánguches u otros. pescado de mar o de rio, pollo, pavo, res, pota, majas, sajino u otros; guisados, sancochadas, horneados o a la plancha, bien cocidos, sin salsas, ni cremas ni ají. • Vísceras preparados para sánguches u otros: sangrecita, mollejitas, hígado, corazón, entre otros; guisados, sancochadas, horneados o a la plancha, bien cocidos; sin salsas, ni cremas ni ají. INDICACIONES PARA SER TOMADAS EN CUENTA: Los alimentos deben ser preparados en ambientes que reúnan las condiciones sanitarias que establezca la autoridad competente, así también se deberá desarrollar las buenas prácticas de manipulación, limpieza y desinfección a fi n de asegurar su calidad sanitaria. Las preparaciones deben realizarse en el día y ser consumidas de inmediato. • Los productos industrializados deberán contar con registro sanitario y fecha de vencimiento vigente, además la información consignada en el rotulado de estos productos deberá cumplir con lo establecido en el Artículo 117º del Reglamento sobre Vigilancia Sanitaria y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-98/SA2. Para el caso de alimentos perecibles como las carnes, leche y sus derivados, el establecimiento debe contar con equipos de refrigeración que permitan mantener la cadena de frío. • Defi niciones de ingredientes añadidos para alimentos preparados sólidos: Bajo en azúcar = < 5g (1 cucharita) por 100 g Bajo en sal 1,25 g (1/4 cucharita) por 100g Bajo en aceite = < 3g (1 cucharita) por 100 g • Defi niciones de ingredientes añadidos para alimentos preparados líquidos: Bajo en azúcar 6.25 g (1 1/4 cucharita) por vaso de 250 ml 1 La refrigeración solo se considera para productos perecibles como carnes, quesos, leche, yogurt y similares 2 a) Nombre del producto b) Declaración de los ingredientes y aditivos empleados en la elaboración del producto c) Nombre y dirección del fabricante d) Nombre, razón social y dirección del importador, lo que podrá fi gurar en etiqueta adicional, e) Registro sanitario, f) Fecha de vencimiento, cuando el producto lo requiera con arreglo a lo que establece el CODEX Alimentadus o la norma sanitaria peruana que es aplicable, g) Código o clave de lote, h) Condiciones especiales de conservación cuando el producto lo requiera. 1124302-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican Ordenanza de la Municipalidad Distrital de Jesús María que regula Tasa de Estacionamiento Vehicular ACUERDO DE CONCEJO Nº 1032 Lima, 8 de julio de 2014 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de 8 de julio de 2014, el Ofi cio Nº 001-090-00007502 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria-SAT, adjuntando el expediente de ratifi cación de la Ordenanza N° 437-MDJM, de la Municipalidad Distrital de Jesús María, que establece la tasa por estacionamiento vehicular en zonas urbanas del citado Distrito; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratifi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción para su vigencia y exigibilidad; Que, en aplicación de lo normado por la Ordenanza Nº 739 y Nº 1533 de la Municipalidad Metropolitana de Lima,