Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2014 (17/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 107

El Peruano Viernes 17 de enero de 2014

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y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Tacna; el Informe Nº 1858-2013-ORAJ/GOB.REG.TACNA de fecha 18 de noviembre del 2013 emitido por la Direccion Regional de la Oficina Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional de Tacna; el Informe Nº 077-2013GGR/GOB.REG.TACNA de fecha 20 de noviembre del 2013 emitido por la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Tacna; y demas documentacion anexada, se sustenta y recomienda la aprobacion de la propuesta normativa. Que, la Comision Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedio a emitir el Dictamen Nº 040-2013-COPPyAT-CR de fecha 26 de diciembre del 2013, a traves del cual se aprueba la propuesta de Ordenanza Regional: "APROBACION DEL CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL (CAP) DE LA DIRECCION REGIONAL DE TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO DE TACNA", dictamen que se puso a consideracion del Pleno del Consejo Regional, en Sesion Extraordinaria de fecha 30 de diciembre del 2013. Que, el Pleno del Consejo Regional, en merito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los articulos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesion Extraordinaria de la fecha, ha aprobado por mayoria la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- APROBAR LA MODIFICACION DEL CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL (CAP) DE LA DIRECCION REGIONAL DE TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO DE TACNA, el cual consta de treinta y siete (37) cargos, distribuidos en: diecisiete (17) Ocupados y veinte (20) Previstos, de acuerdo al anexo, que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo: ENCARGAR a la Gerencia General Regional; a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Tacna; y a la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de Tacna, la implementacion de la presente Ordenanza Regional. Articulo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO, todas las normas regionales, que se opongan a las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza Regional. Articulo Cuarto.-La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Quinto.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales; asimismo, los anexos se publicaran en el MORDAZA electronico de la institucion, conforme al Decreto Supremo Nº 001-2009JUS, disponiendose que dicha publicacion sea efectuada por la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Tacna. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgacion. En la MORDAZA de Tacna, al dia treinta de diciembre del ano dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA LLANCAY Presidenta Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al dia 8 de enero de 2014 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Tacna 1038868-3

Aprueban la modificacion del Cuadro para Asignacion de Personal de la Direccion Regional de Salud Tacna y del Hospital MORDAZA Unanue de Tacna
ORDENANZA REGIONAL Nº 047-2013-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha treinta de diciembre del dos mil trece, en Sesion Extraordinaria, aprobo la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 191 establece que: "Las Regiones tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia"; asimismo, en su articulo 192 prescribe: "Los Gobiernos Regionales (...). Son competentes para: (...) 1. Aprobar su organizacion interna y su presupuesto. (...) 10. Ejercer las demas atribuciones inherentes a su funcion, conforme a ley". Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, en su articulo 8 precisa: "La autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos publicos de su competencia (...)". Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en su articulo 15 establece como atribuciones del Consejo Regional: "a. Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional (...) s. Las demas que les corresponda de acuerdo a Ley". Que, con la Ley Nº 28498, Ley de Nombramiento de los Profesionales de la Salud No Medicos Cirujanos Contratados por el Ministerio de Salud a Nivel Nacional; la Ley Nº 28560, Ley de Nombramiento de Personal Tecnico Asistencial y Administrativo, Personal de Servicios y Auxiliar Asistencial, que se encuentren prestando servicios en la condicion de contratados bajo cualquier modalidad por el Ministerio de Salud a Nivel Nacional; la Ley Nº 29682, Ley que Autoriza el Nombramiento de los Medicos Cirujanos contratados por el Ministerio de Salud, sus Organismos Publicos y Direcciones Regionales de Salud de los Gobiernos Regionales, se regula el nombramiento de los profesionales de la salud no medicos, del personal tecnico asistencial y administrativo asi como de los medicos cirujanos contratados. Que, con la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, en su articulo 8 prescribe: "8.1. Prohibese (...) el nombramiento, salvo en los supuestos siguientes: (...) c) El nombramiento de hasta el 55% del numero de los profesionales no medicos cirujanos y del personal tecnico asistencial y administrativo, personal de servicios y auxiliar asistencial, respectivamente, en el MORDAZA del nombramiento gradual a que se refieren las Leyes 28498 y 28560, sus normas modificatorias y complementarias. d) El nombramiento de los profesionales medicos cirujanos contratados en el VRAEM y hasta el 25% del numero de los profesionales medicos cirujanos, comprendidos en la Ley 29682. Para dicho nombramiento, el profesional medico debe encontrarse prestando servicios en la condicion de contratado por el Ministerio de Salud, sus organismos publicos y los gobiernos regionales (...)". Que, con el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de Tacna, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 033-2010-CR/GOB.REG.TACNA de fecha 29 de diciembre del 2010, en su articulo 49 senala: "Son atribuciones del Consejo Regional, las siguientes: (...) s. Aprobar instrumentos de gestion institucional, cuando asi lo demande la MORDAZA expresa". Que, con el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, Aprueba Lineamientos para la Elaboracion y Aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF, en su articulo 5 senala: Para la adecuada aplicacion de los lineamientos se debe considerar las siguientes definiciones: (...) CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL ­ CAP. Documento de Gestion Institucional DEL GOBIERNO

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