Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2014 (31/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

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inversion publica y privada y el empleo (...), de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo (...)"; asimismo, en su articulo 47 senala como funciones en materia de educacion, cultura y ciencia tecnologica: "a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar y administrar las politicas regionales de educacion, cultura, ciencia y tecnologia, deporte y recreacion de la region. (...) h) Integrar los distintos programas educativos regionales en una politica integral orientada, en lo economico, a la mejora en la productividad y competitividad de la region (...)"; en tanto que en su articulo 48 considera como funciones en materia de trabajo, promocion del empleo y la pequena y microempresa: "(...) i) Dirigir y ejecutar en el ambito regional la politica nacional de promocion del empleo, capacitacion y formacion profesional, promoviendo la normalizacion y certificacion de competencias laborales (...). l) Fomentar la formacion profesional de los recursos humanos de las empresas de la region como un mecanismo de mejoramiento de los ingresos, la productividad y competitividad a traves de actividades de capacitacion, provision de informacion y transferencia tecnologica. m) Coordinar la oferta de formacion profesional y los programas de orientacion laboral y ocupacional que brindan las entidades publicas y privadas (...)". Que, la Ley N° 28044, Ley General de Educacion, en su articulo 43 establece que: "Para definir las politicas y estrategias de la Educacion Tecnico-Productiva, el Ministerio de Educacion y las autoridades regionales y locales deben coordinar con el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo y otros ministerios e instituciones y buscar la participacion de organismos representativos del sector empresarial y de los gremios, asi como de las asociaciones civiles y comunales con interes en la calificacion tecnica de los ciudadanos". Que, el Decreto Supremo N° 021-2006-ED, Aprueba los Lineamientos Nacionales de Politica de la Formacion Profesional, en su articulo 2 prescribe: "Los Gobiernos Regionales son responsables del diseno de las politicas regionales en materia de formacion profesional, en concordancia con la politica nacional sobre dicha materia (...)". Que, el Decreto Supremo N° 010-2008-ED, sobre la implementacion de las Politicas Nacionales de Formacion Profesional, en el articulo 1 establece que: "La implementacion de los Lineamientos Nacionales es politica de Formacion Profesional a que se refiere el articulo 2 del Decreto Supremo N° 021-2006-ED, comprenden el diseno de las Politicas Regionales desarrolladas en funcion a los citados Lineamientos, asi como a la Elaboracion del Plan Regional de Formacion Profesional, las cuales deben ser desarrolladas teniendo en cuenta la realidad de cada region, ambos instrumentos deben ser aprobados por los Gobiernos Regionales". Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional N° 2962012-P.R/GOB.REG.TACNA, de fecha 05 de MORDAZA del 2012, se aprueban las Politicas Regionales de Formacion Profesional, disponiendose que la implementacion de las mismas estaran a cargo del Gobierno Regional de Tacna, con la participacion directa de la Direccion Regional de Educacion de Tacna y Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de Tacna, asimismo se encarga al Equipo Tecnico responsable de la conduccion del MORDAZA de implementacion de las Politicas Regionales de Formacion Profesional, la elaboracion del Plan Regional de Formacion Profesional, en un plazo MORDAZA de 60 dias habiles. Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional N° 259-2013-P.R/GOB.REG.TACNA, de fecha 21 de MORDAZA del 2013, se aprueba el Plan Regional de Formacion Profesional 2013-2017 del Gobierno Regional de Tacna. Que, mediante Oficio Nº 048-2013-RVM-CR/GOB. REG/TACNA, de fecha 03 de octubre del 2013, el Consejero Regional MORDAZA MORDAZA Malaga presenta la Propuesta Normativa­Proyecto de Ordenanza Regional: "CONSTITUIR LA MESA REGIONAL DE FORMACION PROFESIONAL EN LA REGION TACNA". Que, resulta pertinente fortalecer las competencias regionales en esta materia de trabajo, promocion del empleo y la pequena y microempresa, mediante el establecimiento de los mecanismos y espacios que permitan la operacionalizacion de dichas politicas asi como su implementacion en el ambito Regional, para lo cual debe constituirse el espacio regional permanente para la formulacion e implementacion de las politicas regionales

El Peruano Viernes 31 de enero de 2014

de formacion profesional en la region de Tacna. En tal sentido, se hace necesario constituir la Mesa Regional de Formacion Profesional de Tacna, con la finalidad de activar la dinamica institucional para la sostenibilidad de las Politicas Regionales de Formacion Profesional y del "Plan Regional de Formacion Profesional 2013 ­ 2017"; propugnandose la formacion de capital humano acorde a las exigencias del MORDAZA contexto economico. Que, con el Oficio Nº 1336-2013-DRTPE.T/R.TACNA, de fecha 04 de Noviembre del 2013 emitido por la Direccion Regional de Trabajo de Tacna; el Informe Nº 012-13WSH/DPEFP-DRTPE/GRT, de fecha 04 de noviembre del 2013 emitido por la Direccion de Promocion del Empleo y Formacion Profesional de la DRTPE; y demas documentacion anexada, se sustenta y recomienda la aprobacion de la propuesta normativa. Que, la Comision Ordinaria de Desarrollo Social del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedio a emitir el Dictamen Nº 012-2013-CR-CODS de fecha 06 de diciembre del 2013, a traves del cual se aprueba la propuesta de Ordenanza Regional: "CONSTITUIR LA MESA REGIONAL DE FORMACION PROFESIONAL DE TACNA", dictamen que se puso a consideracion del Pleno del Consejo Regional, en Sesion Extraordinaria de fecha 13 de diciembre del 2013. Que, el Pleno del Consejo Regional, en merito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los articulos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesion Extraordinaria de la fecha, ha aprobado por unanimidad la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero: DISPONER, la creacion de "LA MESA REGIONAL DE FORMACION PROFESIONAL DE TACNA" con la finalidad de activar la dinamica institucional para la sostenibilidad de las Politicas Regionales de Formacion Profesional y del Plan Regional de Formacion Profesional. Articulo Segundo: La Mesa Regional de Formacion Profesional de Tacna estara conformada de la siguiente forma: 2.1. POR EL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA: a) Un representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, quien lo presidira. b) Un representante de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. c) Dos representantes de la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo. d) Dos representantes de la Direccion Regional de Educacion. e) Un representante de la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo. f) Un representante de la Direccion Regional de Produccion. 2.2. POR LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS: a) Un representante de la Universidad Nacional MORDAZA Basadre Grohman. b) Un representante de la Universidad Privada de Tacna. c) Un representante de la Universidad Latinoamericana CIMA. d) Un representante del Instituto de Educacion Superior Tecnologico MORDAZA de MORDAZA MORDAZA Vigil. e) Un representante del Instituto de Educacion Superior Tecnologico MORDAZA MORDAZA de Zela. f) Un representante del Centro de Educacion Tecnico Productiva MORDAZA Bastidas. g) Otras instituciones educativas privadas y publicas que soliciten su incorporacion; procediendo su aceptacion de acuerdo a la reglamentacion. 2.3. POR LAS ORGANIZACIONES EMPRESARIALES Y AFINES: a) Un representante de la Camara de Comercio de Tacna.

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