Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2014 (03/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano Jueves 3 de MORDAZA de 2014

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Articulo Cuarto.- Reubicar, a partir del 1 de MORDAZA de 2014, la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia de MORDAZA, Distrito Judicial de Ica, como 2° Sala Penal Liquidadora Transitoria de Canete, Distrito Judicial del mismo nombre, por el plazo MORDAZA de 2 meses. La Implementacion de la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia de Canete, se efectuara con las plazas de personal, mobiliario y equipos informaticos asignados previamente a la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia de Pisco. Articulo Quinto.Los referidos organos jurisdiccionales tendran presente la Directiva N° 0122013-CE-PJ, denominada "Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Codigo de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124", aprobada por Resolucion Administrativa N° 297-2013-CE-PJ, de fecha 28 de noviembre de 2013, con la finalidad de dar mayor celeridad a la liquidacion de expedientes. Articulo Sexto.- Disponer que los jueces de los mencionados organos jurisdiccionales liquidadores deberan emitir autos que pongan fin al MORDAZA y sentencias en numero no menor del 50% del estandar de produccion mensual. Este resultado sera determinante para evaluar la vigencia de su funcionamiento. El Presidente de la Corte Superior evaluara la idoneidad del juez designado; caso contrario dispondra su remplazo. Cada fin de mes, sin perjuicio de la informacion que debe descargarse en los sistemas informaticos de la institucion, los jueces informaran directamente al Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal sobre los siguientes aspectos: a) Numero de autos que ponen fin al MORDAZA y sentencias expedidas; b) Numero de expedientes en tramite, pendientes de resolucion final; y en reserva; c) Numero de expedientes en ejecucion; y, d) Dificultades presentadas en el ejercicio de sus funciones. Articulo Setimo.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Ica, La MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA, Sullana y Tacna; asi como a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, adoptar las acciones y medidas administrativas que MORDAZA necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolucion e implementacion del Codigo Procesal Penal. Articulo Octavo.- Disponer que el Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal evalue la carga procesal en tramite y la liquidacion de expedientes, con la finalidad de establecer, despues del plazo de prorroga, acciones para optimizar el funcionamiento de los organos jurisdiccionales transitorios. Articulo Noveno.- Transcribir la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio Publico, Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA, Ica, La MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA, Sullana, Tacna; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1105187-3 RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 222-2014-CE-PJ MORDAZA, 27 de junio de 2014 VISTOS: El Oficio N° 532-2014-GO-CNDP-CE-PJ e Informe N° 072-2014-GO-CNDP-CE/PJ, cursados por la Gerencia Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal, respecto a la propuesta de prorroga de organos jurisdiccionales liquidadores laborales transitorios de descarga procesal.

jurisdiccionales, aprobar la modificacion de sus ambitos de competencia territorial; asimismo, adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; en merito al Acuerdo N° 546-2014 de la vigesimo MORDAZA sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, sin la intervencion de los senores De MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar el funcionamiento de los siguientes organos jurisdiccionales transitorios, a partir del 1 de MORDAZA del ano en curso: Hasta el 31 de agosto de 2014 DISTRITO JUDICIAL DE ICA - Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Ica. DISTRITO JUDICIAL DE SAN MORDAZA - Sala Penal Liquidadora Transitoria, en adicion de funciones Juzgado Penal Colegiado, de la Provincia San Martin. DISTRITO JUDICIAL DE SULLANA - Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Sullana. - Sala Penal Liquidadora Transitoria, en adicion de funciones Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, de la Provincia de Sullana. Hasta el 30 de setiembre de 2014 DISTRITO JUDICIAL DE MORDAZA - Juzgado Penal Liquidador Transitorio del Distrito de Nauta, Provincia de Loreto. Hasta el 31 de diciembre de 2014 DISTRITO JUDICIAL DE MORDAZA - Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Cajamarca. - Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia de Chota. DISTRITO JUDICIAL DE LA MORDAZA - Juzgado Penal Liquidador Transitorio, adicion de funciones Juzgado Penal Unipersonal, de la Provincia de Trujillo. DISTRITO JUDICIAL DE MORDAZA - 1°, 2° y 4° Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Maynas. DISTRITO JUDICIAL DE TACNA - 1° Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Tacna. Articulo Segundo.- Modificar la denominacion, a partir del 1 de MORDAZA de 2014, del Juzgado Penal Liquidador Transitorio Supraprovincial de la Provincia de Nazca, en adicion de funciones 2° Juzgado Penal Unipersonal, Distrito Judicial de Ica, por Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de la Provincia de Nazca, en adicion de funciones Juzgado Penal Liquidador, y prorrogar su funcionamiento hasta el 31 octubre del presente ano. Articulo Tercero.- Modificar la denominacion, a partir del 1 de MORDAZA de 2014, del Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Chincha, en adicion de funciones 3° Juzgado Penal Unipersonal, Distrito Judicial de Ica, por Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de la Provincia de Chincha, en adicion de funciones Juzgado Penal Liquidador, y prorrogar su funcionamiento hasta el 31 octubre del ano en curso.

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