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El Peruano Jueves 3 de julio de 2014 526783 Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de Huamanga, departamento de Ayacucho RESOLUCIÓN Nº 536-2014-JNE Expediente N.º J-2014-00698 HUAMANGA - AYACUCHO Lima, veintiséis de junio de dos mil catorce. VISTO el Ofi cio N.º 148-2014-MPH/SG., presentado el 25 de junio de 2014 por Miguel Ángel León Ambía, secretario general de la Municipalidad Provincial de Huamanga, departamento de Ayacucho, comunicando la licencia, sin goce de haber, concedida al regidor Richard Llacsahuanga Chávez. CONSIDERANDOS 1. El literal c del numeral 4 del artículo 14 de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales, modifi cada por la Ley Nº 29470, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales los regidores que deseen postular al cargo de presidente, vicepresidente o consejero regional, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones, entendiéndose que el plazo límite para presentar la solicitud de licencia para el proceso electoral regional vigente es el 7 de junio de 2014. 2. El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, mediante la Resolución Nº 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, establece el procedimiento a seguir en el caso de que las autoridades y funcionarios soliciten licencia, sin goce de haber, con el propósito de participar como candidatos en las Elecciones Regionales 2014. 3. Conforme lo establece el numeral 27, del artículo 9 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (LOM), el concejo municipal no podrá conceder licencias simultáneamente a un número mayor del 40% de los regidores, con la fi nalidad de asegurar el normal funcionamiento edil. 4. Con fecha 6 de junio de 2014 (fojas 004), Richard Llacsahuanga Chávez, regidor del Concejo Provincial de Huamanga, presentó su solicitud de licencia sin goce de haber ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones, con motivo de su participación en las Elecciones Regionales 2014, siendo concedida mediante el Acuerdo de Concejo Nº 052-2014-MPH/ CM, de fecha 16 de junio de 2014 (fojas 002 y 003), por el periodo comprendido entre el 7 de junio y el 5 de octubre de 2014. 5. Teniendo en consideración que Richard Llacsahuanga Chávez, regidor del Concejo Provincial de Huamanga, presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, la cual fue aprobada por el concejo provincial, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0140-2014-JNE, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del artículo 24, de la LOM, corresponde convocar a Vilma Pujaico Pérez, identifi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 06650872, candidata no proclamada de la alianza electoral Frente Regional Tuna, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Huamanga, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Richard Llacsahuanga Chávez, regidor del Concejo Provincial de Huamanga, departamento de Ayacucho, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales de 2014, por el periodo de la licencia concedida. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Vilma Pujaico Pérez, identifi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 06650872, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Provincial de Huamanga, departamento de Ayacucho, mientras dure la licencia concedida a Richard Llacsahuanga Chávez, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1105030-4 Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de Huamanga, departamento de Ayacucho RESOLUCIÓN Nº 537-2014-JNE Expediente Nº J-2014-00699 HUAMANGA - AYACUCHO Lima, veintiséis de junio de dos mil catorce. VISTO el Ofi cio Nº 149-2014-MPH/SG., presentado el 25 de junio de 2014 por Miguel Ángel León Ambía, secretario general de la Municipalidad Provincial de Huamanga, departamento de Ayacucho, comunicando la licencia, sin goce de haber, concedida al regidor Guido Palomino Hernández. CONSIDERANDOS 1. El literal c del numeral 4 del artículo 14 de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales, modifi cada por la Ley Nº 29470, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales los regidores que deseen postular al cargo de presidente, vicepresidente o consejero regional, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones, entendiéndose que el plazo límite para presentar la solicitud de licencia para el proceso electoral regional vigente es el 7 de junio de 2014. 2. El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, mediante la Resolución Nº 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, establece el procedimiento a seguir en el caso de que las autoridades y funcionarios soliciten licencia, sin goce de haber, con el propósito de participar como candidatos en las Elecciones Regionales 2014. 3. Conforme lo establece el numeral 27, del artículo 9 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (LOM), el concejo municipal no podrá conceder licencias simultáneamente a un número mayor del 40% de los regidores, con la fi nalidad de asegurar el normal funcionamiento edil. 4. Con fecha 6 de junio de 2014 (fojas 004), Guido Palomino Hernández, regidor del Concejo Provincial de Huamanga, presentó su solicitud de licencia sin goce de haber ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones, con motivo de su participación en las Elecciones Regionales 2014, siendo concedida mediante el Acuerdo de Concejo Nº 053-2014-MPH/ CM, de fecha 16 de junio de 2014 (fojas 002 y 003), por el periodo comprendido entre el 7 de junio y el 5 de octubre de 2014. 5. Teniendo en consideración que Guido Palomino Hernández, regidor del Concejo Provincial de Huamanga, presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, la cual fue aprobada por el concejo provincial, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0140-2014-JNE, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del artículo 24, de la LOM, corresponde convocar a Modesto De la Cruz Llallahui, identifi cado con