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El Peruano Jueves 3 de julio de 2014 526773 Lurigancho. Continuando con la tramitación de su carga restante. K. Tercer Juzgado Civil de San Juan de Lurigancho (Ex Tercer Juzgado Mixto Transitorio de San Juan de Lurigancho). - Expedientes Laborales (trámite y ejecución) Serán remitidos al Juzgado de Trabajo de San Juan de Lurigancho - Expedientes de Familia (trámite y ejecución) Serán remitidos al Quinto Juzgado de Familia de San Juan de Lurigancho. Segundo.- La redistribución comprende a los procesos cualquiera sea el año de ingreso del expediente, los cuales deben de ser remitidos con todos sus cuadernos, anexos y cargos de notifi cación completos, debidamente cosidos, foliados en números y letras y todos sus escritos debidamente proveídos, al 30 de junio del año en curso, bajo responsabilidad funcional del Juez y del Secretario de la causa. Tercero.- A partir de la fecha se cierra el turno para recepcionar demandas al Tercer Juzgado Civil de San Juan de Lurigancho y al Primer Juzgado Civil Transitorio de San Juan de Lurigancho. Se abre turno permanente al Segundo Juzgado Civil Transitorio de San Juan de Lurigancho, hasta nivelarse en carga con sus pares. Cuarto.- Al Juzgado de Trabajo Transitorio de San Juan de Lurigancho se le abre turno permanente hasta nivelarse en carga con el Juzgado de Trabajo del mismo Distrito, cerrándosele a este último el turno. Los otros Juzgados no comprendidos en la presente resolución continuaran tramitando los procesos que son de su conocimiento. La distribución se hará a través de la Mesa de Partes de cada uno de los Juzgados Especializados y/o centros de distribución conforme corresponda. Quinto.- En el plazo máximo de diez días útiles a partir de la publicación de la presente resolución, los Juzgados Especializados deberán hacer llegar por medio electromagnético en detalle, la relación de expedientes a ser distribuidos, la cual tendrá el carácter de declaración jurada, bajo responsabilidad del Juez; Relación que será publicada en la página web del Portal del Poder Judicial y de la Corte Superior de Justicia de Lima Este para conocimiento de los señores Abogados y usuarios del Poder Judicial. Sexto.- Encargar a la Administración Distrital de esta Corte Superior adoptar las acciones pertinentes que correspondan para la ejecución de la presente resolución. Setimo.- Disponer que los archivadores de documentos, copiadores de sentencias, autos fi nales u otros análogos, así como consolidados de producción, ofi cios remitidos o recibidos, de los Ex - Juzgado Mixtos se remitan a los archivos administrativos correspondientes de este Distrito Judicial debidamente foliados, bajo responsabilidad. Octavo.- Con el fi n de no afectar el derecho de los usuarios y/o litigantes y hasta que culmine el proceso de redistribución de expedientes dispuesto en la presente resolución, las Mesas de Partes de las Salas Superiores y de los Juzgados Especializados deberán recibir los escritos relacionados a actos procesales con plazos de vencimiento y/o perentorios de los procesos a distribuir que se encuentren aún bajo su custodia, debiendo ser remitidos junto con el expediente a la Sala Superior y/o Juzgado de destino bajo responsabilidad. Noveno.- Poner en conocimiento de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura (Odecma) de esta Corte Superior, para la verifi cación del cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Décimo.- PÓNGASE la presente resolución a conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Corte Suprema de Justicia de la República, Gerencia General, Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia de Administración Distrital y de los órganos jurisdiccionales comprendidos en la presente resolución para los fi nes legales pertinentes. Publíquese, regístrese, comuníquese y cúmplase.- MARIA DEL CARMEN PALOMA ALTABAS KAJATT Presidenta 1105353-1 Encargan el Despacho de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Este a Juez Superior Titular CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 048-2014-P-CSJLE/PJ Chaclacayo, dos de julio del año dos mil catorce.- VISTAS: Las Resoluciones Administrativas N° 228-2013-CE- PJ, del dos de octubre de dos mil trece, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y Nº 193-2014-P /PJ, del dieciocho de junio del año dos mil catorce, emitida por el señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, por Resolución Administrativa N° 228-2013-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial autorizó la realización del Sétimo Congreso Nacional de Jueces del Poder Judicial, a llevarse a cabo en la ciudad de Cañete; asimismo, se delegó al Presidente del Poder Judicial la facultad de señalar las fechas del certamen, participantes, conformar la comisión organizadora y dictar las medidas complementarias que resulten necesarias para su óptimo desarrollo. Que, estando a lo antes indicado, el señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Administrativa N° 193-2014-P/PJ, autorizó la realización del Sétimo Congreso Nacional de Jueces, los días tres, cuatro y cinco de julio del año en curso en la ciudad de Cañete. Segundo.- Que, por Ofi cio N° 167-2014-P-CSJLE, se comunicó la participación de la suscrita en el referido Congreso en su condición de Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima Este. Tercero.- Estando a ello corresponde encargar el Despacho de la Presidencia de esta Corte Superior por dicho periodo, teniéndose en cuenta lo dispuesto en el artículo 89° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por las consideraciones expuestas, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, en uso de las facultades conferidas en Artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, incisos 3° y 9°. RESUELVE: Primero.- ENCARGAR el Despacho de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, al señor Magistrado JUAN CARLOS SANTILLÁN TUESTA, Juez Superior Titular, del tres al cinco de julio del año en curso, en adición a sus funciones como Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima Este. Segundo.- PONER en conocimiento de la presente Resolución a la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Administración Distrital, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima Este y de los Magistrados para los fines pertinentes. Publíquese, comuníquese, regístrese, cúmplase y archívese. MARIA DEL CARMEN PALOMA ALTABAS KAJATT Presidenta 1105355-1