Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2014 (03/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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CONSIDERANDO: Primero. Que por Resolucion Administrativa Nº 0292008-CE-PJ, del 30 de enero de 2008 y sus modificatorias, se establece que la finalidad de la Comision Nacional de Descarga Procesal es conducir el seguimiento y monitoreo de la descarga procesal en los organos jurisdiccionales transitorios y permanentes a nivel nacional; asi como proponer al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las acciones complementarias que permitan operativizar dicha actividad. En tanto, las Comisiones Distritales tienen como finalidad monitorear el funcionamiento de los organos jurisdiccionales transitorios y permanentes, a fin de coadyuvar al logro del objetivo institucional, dando cuenta a la Comision Nacional de Descarga Procesal, para cuyos fines se aprobaron los instrumentos normativos, lineamientos y procedimientos que optimicen el funcionamiento de los organos jurisdiccionales materia de evaluacion. Segundo. Que la Directiva N° 001-2012-CEPJ, denominada "Lineamientos Uniformes para el Funcionamiento de las Comisiones Nacional y Distritales de Descarga Procesal", aprobada por Resolucion Administrativa N° 031-2012-CE-PJ del 2 de marzo de 2012, y sus modificatorias, establecio normas para la organizacion y funcionamiento de la Comision Nacional de Descarga Procesal y Comisiones Distritales de Descarga Procesal, con el fin de alcanzar una efectiva descongestion de expedientes. Tercero. Que, asimismo, por Resolucion Administrativa Nº 245-2012-CE-PJ, del 5 de diciembre de 2012, se aprobaron los estandares de expedientes resueltos a nivel nacional en sedes principales de Cortes Superiores de Justicia, cuyos criterios se aplican a los organos jurisdiccionales laborales permanentes y transitorios que liquidan procesos judiciales al MORDAZA de la Ley N° 26636. Cuarto. Que mediante Resoluciones Administrativas Nros. 336-2013-CE-PJ, de fecha 27 de diciembre de 2013 y 140-2014-CE-PJ, de fecha 23 de MORDAZA de 2014, se prorrogo el funcionamiento de diversos organos jurisdiccionales liquidadores laborales transitorios hasta el 30 de junio de 2014. Asimismo, se dispuso que las Comisiones Distritales de Descarga Procesal cumplan con monitorear el funcionamiento de la produccion de los organos jurisdiccionales laborales transitorios, informando a la Comision Nacional de Descarga Procesal, para efectos de determinar la continuidad, conversion y/o reubicacion de los respectivos organos jurisdiccionales transitorios. Quinto. Que la Gerencia Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal ha consolidado las solicitudes presentadas por los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del Callao, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA Norte, realizando la evaluacion de sus propuestas en base a la informacion estadistica registrada y disponible en el Formulario Estadistico y Electronico del Poder Judicial correspondiente al periodo de enero a marzo de 2014, estableciendose de esta manera la capacidad operativa de cada Corte Superior de Justicia en la administracion de organos jurisdiccionales y optimizacion de recursos para la mejora de la productividad y eficiencia a nivel nacional, teniendo en cuenta la escasez de recursos presupuestales disponibles. Sexto. Que, en ese sentido, las Comisiones Distritales de Descarga Procesal deberan efectuar el seguimiento y monitoreo de los organos jurisdiccionales liquidadores laborales transitorios citados en la presente resolucion, a fin de maximizar la capacidad resolutiva; aspecto que sera considerado en las siguientes evaluaciones, en consonancia con el promedio estandar de produccion jurisdiccional establecido en la Resolucion Administrativa N° 245-2012-CE-PJ. Setimo. Que el articulo 82°, inciso 26), del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial determina como funcion y atribucion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopcion de acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 547-2014 de la vigesimo MORDAZA sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, sin la intervencion de los senores De MORDAZA MORDAZA y MORDAZA

El Peruano Jueves 3 de MORDAZA de 2014

MORDAZA, por encontrarse de licencia; de conformidad con lo previsto en el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar el funcionamiento de los siguientes organos jurisdiccionales liquidadores labores transitorios de descarga procesal, a partir del 1 de MORDAZA de 2014: Hasta el 31 de agosto de 2014 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO - Sala Laboral Transitoria - Callao - 1° Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio Callao - 2° Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio Callao - 3° Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio Callao - 4° Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio Callao

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA - 2° Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio Chiclayo CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA - 3° Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio San MORDAZA - 5° Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio San MORDAZA - 8° Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio MORDAZA - 9º Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio MORDAZA MORDAZA - 10º Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio MORDAZA MORDAZA - 11° Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio MORDAZA MORDAZA - 12° Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio MORDAZA MORDAZA - 13° Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio MORDAZA MORDAZA - 14° Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio MORDAZA MORDAZA - 15º Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio MORDAZA MORDAZA - 16° Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio Miraflores - 17º Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio Miraflores - 18° Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio Miraflores - 19° Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio Miraflores - 20° Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio Miraflores - 21º Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio Miraflores - 22º Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio Miraflores - 23° Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio Miraflores - 24° Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio Miraflores - 25° Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio Miraflores - 26° Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio Miraflores -

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA NORTE - Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio Independencia Hasta el 31 octubre de 2014 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA - Sala Laboral Transitoria - MORDAZA MORDAZA Articulo Segundo.- Establecer que los Presidentes de la Cortes Superiores de Justicia del Callao, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA Norte, dispongan las medidas

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