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El Peruano Jueves 3 de julio de 2014 526782 aprobada por el concejo provincial, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0140-2014- JNE, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del artículo 24, de la LOM, corresponde convocar a Virginia Ccama Ortiz de Quispe, identifi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 02557178, candidata no proclamada de la alianza electoral Gran Alianza Nacionalista – Popular – Poder Democrático Regional, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de San Antonio de Putina, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Mateo Serpa Apaza, regidor del Concejo Distrital de Ananea, provincia de San Antonio de Putina, departamento de Puno, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales de 2014, por el periodo de la licencia concedida. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Virginia Ccama Ortiz de Quispe, identifi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 02557178, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Ananea, provincia de San Antonio de Putina, departamento de Puno, mientras dure la licencia concedida a Mateo Serpa Apaza, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1105030-2 Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidor de la Municipalidad Distrital de Santiago de Quirahuara, provincia de Huaytará, departamento de Huancavelica RESOLUCIÓN Nº 532-2014-JNE Expediente Nº J-2014-00693 SANTIAGO DE QUIRAHUARA - HUAYTARÁ - HUANCAVELICA Lima, veintiséis de junio de dos mil catorce. VISTO el Ofi cio 065-2014-MDSQ/A., presentado el 24 de junio de 2014 por Cleofe Pelagia Huamán Rojas, alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Santiago de Quirahuara, provincia de Huaytará, departamento de Huancavelica, comunicando la licencia, sin goce de haber, que le fue concedida. CONSIDERANDOS 1. El literal b del numeral 4 del artículo 14 de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales, modifi cada por la Ley Nº 29470, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales los alcaldes que deseen postular al cargo de vicepresidente o consejero regional, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones, entendiéndose que el plazo límite para presentar la solicitud de licencia para el proceso electoral regional 2014 es el 7 de junio de 2014. 2. El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, mediante la Resolución Nº 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, establece el procedimiento a seguir en el caso de que las autoridades y funcionarios soliciten licencia, sin goce de haber, con el propósito de participar como candidatos en las Elecciones Regionales 2014. 3. Con fecha 5 de junio de 2014, Cleofe Pelagia Huamán Rojas, alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Santiago de Quirahuara, presentó su solicitud de licencia sin goce de haber ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones (fojas 004), con motivo de su participación en las Elecciones Regionales 2014, siendo concedido mediante el Acuerdo de Concejo Nº 024-2014-MDS, de fecha 9 de junio de 2014 (fojas 002 y 003), por el periodo comprendido entre el 8 de junio al 5 de octubre de 2014. 4. Teniendo en consideración que Cleofe Pelagia Huamán Rojas, alcaldesa distrital, presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, la misma que fue aprobada por el concejo municipal y en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0140-2014-JNE, procede convocar al primer regidor Juan Oswaldo Palomino Maldonado, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 23608835, para que asuma inmediatamente por encargatura las funciones de alcalde, mientras esté vigente la licencia concedida a su titular. 5. Asimismo, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del artículo 24, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde convocar al regidor suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, y, en el supuesto de no quedar sufi cientes candidatos, se incorpora a los integrantes de otra lista, debiendo ser los que siguen en el orden del cómputo de sufragio, correspondiendo convocar a Felipe Eleuterio Matías Yallico, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 23552761, candidato no proclamado del movimiento regional Movimiento Independiente Trabajando para Todos, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Huaytará, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Cleofe Pelagia Huamán Rojas, alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Santiago de Quirahuara, provincia de Huaytará, departamento de Huancavelica, con motivo de las Elecciones Regionales de 2014, por el periodo de la licencia concedida. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Juan Oswaldo Palomino Maldonado, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 23608835, para que asuma provisionalmente el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Santiago de Quirahuara, provincia de Huaytará, departamento de Huancavelica, mientras esté vigente la licencia concedida a Cleofe Pelagia Huamán Rojas, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Felipe Eleuterio Matías Yallico, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 23552761, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Distrital de Santiago de Quirahuara, provincia de Huaytará, departamento de Huancavelica, mientras dure la encargatura de Juan Oswaldo Palomino Maldonado, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1105030-3