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El Peruano Jueves 3 de julio de 2014 526789 voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, conforme a lo establecido en el artículo 12º, numeral 12.1 inciso e) de la Ley 30114/Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2014, el Gobierno Nacional autoriza, de manera excepcional, las transferencias fi nancieras que se realicen para el fi nanciamiento y cofi nanciamiento de los proyectos de inversión pública y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, entre los niveles de gobierno sub nacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo; Que, asimismo el numeral 12.2 del artículo 12º de la citada norma dispone que las autorizaciones de transferencias fi nancieras, en el caso de los Gobierno Regionales se realicen mediante Acuerdo del Consejo Regional, requiriéndose, el informe previo favorable de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad, y se publicará en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, el Órgano Ejecutivo Regional mediante Ofi cio Nº 659-2014-GRA/PR de la Gerencia General Regional, hace llegar al Consejo Regional el pedido de modifi cación del Acuerdo Regional N° 005-2014-GRA/CR-AREQUIPA del 13.01.2014 mediante el cual se aprobaron Transferencias Financieras a favor de diversas Municipalidades Distritales y Provinciales de la Región Arequipa, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos Determinados respectivamente, entre ellas la siguiente: Código SNIP PROYECTO ENTIDAD A TRANSFERIR MONTO EN S/. 89132 Mejoramiento del Canal Principal Tramo km 12+400 al 17+400 Distrito de Bella Unión Municipalidad Distrital de Bella Unión 1’147,506.00 Que, en atención al referido Acuerdo Regional con fecha 19.02.2014 se suscribió el Convenio N° 012- 2014-GRA/PR para ejecución de obra bajo modalidad de Transferencia Financiera entre el Gobierno Regional de Arequipa y la Municipalidad Distrital de Bella Unión, estableciéndose en dicho documento que S/. 573,753.00 Nuevos Soles se entregarían en el mes de febrero y S/. S/. 573,753.00 Nuevos Soles en el mes de agosto de 2014, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos Determinados respectivamente; siendo que el Gobierno Regional cumplió con el primer desembolso. Que, mediante Ofi cio N° 199-2014-MDBU/CARAVELÍ del 27.05.2014 el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Bella Unión, solicito la modifi cación del referido Acuerdo Regional considerando que en la solicitud de transferencia que efectuó la Municipalidad (que dio lugar a la emisión del citado Acuerdo Regional y posterior suscripción del Convenio) hubo un error, en tanto el Código SNIP y el nombre del Proyecto, considerados tanto en la solicitud y por ende en la norma regional y convenio, no eran los correctos. En ese sentido con la fi nalidad de poder ejecutar la obra, preciso el código SNIP y nombre correcto del Proyecto, conforme al siguiente detalle: Código SNIP PROYECTO ENTIDAD A TRANSFERIR MONTO EN S/. 290648 Mejoramiento de Servicio de Agua del Sistema de Riego Canal de Derivación Bella Unión, Tramo km 0+640 al km 2+140, Localidad La Joya, Distrito de Bella Unión, Caravelí, Arequipa” Municipalidad Distrital de Bella Unión 1’147,506.00 Que, al respecto, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 669-2014-GRA/ORAJ del 13.06.2014 emitió opinión legal favorable al pedido de modifi cación del Acuerdo Regional, en tanto se encuentre demostrado que se trata de un error. Que, asimismo mediante Ofi cio N° 075-2014- GRA/ORPPOT del 25.06.2014 la Ofi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial solicito a la Gerencia General Regional la continuación del trámite para modifi cación del Acuerdo Regional. Que, entonces, siendo que conforme al inciso a) del Artículo 15° de la Ley N° 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, es atribución del Consejo Regional modifi car sus normas; y estando (i) a la solicitud de modifi cación de acuerdo que aprueba la transferencia fi nanciera para el fi nanciamiento de proyecto de inversión pública, (ii) a la verifi cación del informes favorables de la Ofi cina Regional de Planeamiento Presupuesto y Ordenamiento Territorial, de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General Regional; y siendo que corresponde al Consejo Regional formalizar tal modifi cación; entonces, por estas consideraciones, al amparo del numeral 12.2 del artículo 12º de la Ley Nº 30114 / Ley del Presupuesto del Sector Púbico para el Año Fiscal 2014, la Ley Nº 27783 / Ley de Bases de Descentralización, Ley Nº 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010 – AREQUIPA y la Ordenanza Regional Nº 154 – AREQUIPA; SE ACUERDA: Primero.- MODIFICAR el Artículo Primero del Acuerdo Regional N° 005-2014-GRA/CR-AREQUIPA, en el extremo contenido en la sétima fi la del cuadro que aparece en el mismo, referido a la transferencia fi nanciera para la Municipalidad Distrital de Bella Unión para la ejecución del Proyecto “Mejoramiento del Canal Principal Tramo km 12+400 al 17+400 Distrito Bella Unión” con Código SNIP 89132 por un monto de S/. 1’147,506.00 Nuevos Soles; quedando redactado conforme al siguiente detalle: Código SNIP PROYECTO ENTIDAD A TRANSFERIR MONTO EN S/. 290648 Mejoramiento de Servicio de Agua del Sistema de Riego Canal de Derivación Bella Unión, Tramo km 0+640 al km 2+140, Localidad La Joya, Distrito de Bella Unión, Caravelí, Arequipa” Municipalidad Distrital de Bella Unión 1’147,506.00 Segundo.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo Regional para que a través de sus órganos competentes realice las acciones administrativas a efecto de realizar las modifi caciones que correspondan en los sistemas presupuestales y otros, así como al Convenio N° 012- 2014-GRA/PR, el mismo que deberá ser debidamente suscrito antes de culminar con la transferencia fi nanciera. Asimismo previamente a ello, deberá verifi carse que el Expediente Técnico del citado PIP se encuentre debidamente aprobado; sin cuyos requisitos el presente Acuerdo Regional carecerá de efi cacia. Tercero.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo Regional la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano”, conforme a la Ley Nº 30114 / Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014. POR TANTO: Regístrese y cúmplase. YAMILA OSORIO DELGADO Presidente del Consejo Regional 1104586-2 Aprueban Transferencias Financieras a favor de las Municipalidades Distritales de Pampamarca y Alca, provincia de La Unión, para la ejecución de diversos proyectos ACUERDO REGIONAL Nº 084-2014-GRA/CR-AREQUIPA Arequipa, 30 de junio del 2014