Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2014 (03/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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El Peruano Jueves 3 de MORDAZA de 2014

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Aprueban el Reglamento de Elecciones de las Juntas Vecinales Comunales, las Juntas de Delegados Comunales y el Consejo de Desarrollo Local
DECRETO DE ALCALDIA N° 004 MORDAZA, 30 de junio de 2014 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, la Ordenanza 1782 que regula las Juntas Vecinales Comunales, la Junta de Delegados Comunales y el Consejo de Desarrollo Local, tiene como finalidad, regular, promover y garantizar la representacion vecinal de todas y todos los residentes del Cercado de MORDAZA en sus respectivas Juntas Vecinales Comunales, la Junta de Delegados Comunales y el Consejo de Desarrollo Local (CODEL), con el proposito de lograr una correspondencia directa entre todos los ciudadanos y ciudadanas del Cercado de MORDAZA y la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, asimismo, la mencionada Ordenanza N° 1782 establece a las Juntas Vecinales Comunales como el primer nivel de representacion, elegidas, mediante eleccion universal, directa y secreta, en los 20 sectores catastrales establecidos en la Ordenanza N°1630 sobre definicion y delimitacion de las Zonas el Cercado de Lima; Que, la Ordenanza N° 1782 establece que la Junta de Delegados Comunales se conformara por veintiocho (28) integrantes, entre ellos, el MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, los veinte (20) Coordinadores de las Juntas Vecinales Comunales que resulten elegidos y 7 representantes de las organizaciones sociales elegidos en MORDAZA de eleccion de los representantes de las organizaciones sociales ante la Junta de Delegados Comunales a traves de listas cerradas; Que, conforme a lo establecido en los articulos 29º y 30º de la mencionada Ordenanza Nº 1782, el Consejo de Desarrollo Local ­ CODEL, es el organo consultivo y de coordinacion de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA con los representantes vecinales de los ciudadanos y ciudadanas del Cercado de MORDAZA y estara conformado por el MORDAZA o la Alcaldesa Metropolitana de MORDAZA, cinco (5) regidores metropolitanos y seis (6) representantes vecinales elegidos entre los Delegados Comunales de cada una de las seis (6) zonas del Cercado de Lima; Que, conforme a lo establecido en la MORDAZA Disposicion Complementaria, Transitoria y Final, se encargo a la Gerencia de Participacion Vecinal la elaboracion del proyecto de Reglamento Electoral de las Juntas Vecinales Comunales, Junta de Delegados Comunales y Representantes Vecinales ante el Consejo de Desarrollo Local, que deberia ser aprobada mediante Decreto de Alcaldia; Que, mediante Memorando Nº 264-2014-MML/GPV la Gerencia de Participacion Vecinal propone un proyecto de Reglamento Electoral de las Juntas Vecinales Comunales, Junta de Delegados Comunales y Representantes Vecinales ante el Consejo de Desarrollo Local, conforme a la Disposicion citada en considerando anterior; De conformidad a las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades N° 27972; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento de Elecciones de las Juntas Vecinales Comunales, las Juntas de Delegados Comunales y el Consejo de Desarrollo Local, que consta de 5 Titulos, 10 Capitulos y 3 Disposiciones Transitorias.

Articulo 2º.- Disponer la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano, asi como de este y el Reglamento que aprueba, en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (www.munlima.gob.pe), el mismo dia de la publicacion en el Diario Oficial. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Encargado de Alcaldia 1105188-1

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Aprueban modificacion del MORDAZA de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 190-2014/MLV La MORDAZA, 23 de junio del 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA VISTO: En sesion ordinaria de la fecha el dictamen conjunto Nº 005-2010-CPAFSFyC-CPPPAL/MDLV emitido por las Comisiones Permanentes de Administracion, Finanzas, Sistemas, Fiscalizacion y Control, y de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972 ­, los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujecion al ordenamiento juridico, correspondiendole al Concejo Municipal la funcion normativa que se ejerce a traves de Ordenanzas, las cuales tienen rango de ley de acuerdo al articulo 200º numeral 4 de la Constitucion Politica del Peru; Que, el numeral 36.1 del articulo 36º de la Ley Nº 27444 ­ Ley de Procedimiento Administrativo General ­ senala que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente en el caso de gobiernos locales, mediante Ordenanza Municipal, los mismos que deben de ser comprometidos y sistematizados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ TUPA­, el cual debera contener ademas la relacion de aquellos servicios prestados en exclusividad por las entidades, cuando el administrado no tiene posibilidad de obtenerlos acudiendo a otro lugar o dependencia, segun lo establecido en el articulo 37º de la citada norma; Que, los articulos 37º y 38º de la Ley Nº 27444 estipulan que todas las entidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobacion y difusion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos y que en el caso de las Municipalidades, el MORDAZA se aprueba por Ordenanza Municipal, debiendo publicarse en su integridad cada dos anos en el diario oficial El Peruano, pudiendo hacerlo MORDAZA cuando consideren que las modificaciones producidas en el mismo lo ameriten; Que, en atencion a las normas legales glosadas, mediante Ordenanza Nº 082-2009/MLV se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA ­ de la Municipalidad de La MORDAZA, la cual fue ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 335 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, siendo publicados ambos dispositivos el 27 de septiembre del 2009; Que, la Ordenanza Nº 082-2009/MLV ha sufrido modificaciones, todas ellas publicadas en el diario oficial El Peruano, como: Ordenanza Nº 110-2010-MLV, el Decreto de Alcaldia Nº 010-2010-MLV, el Decreto de Alcaldia Nº 014-2010-MLV, la Ordenanza Nº 119-2010-

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