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El Peruano Jueves 3 de julio de 2014 526793 MLV, el Decreto de Alcaldía Nº 004-2011-ALC-MLV, el Decreto de Alcaldía Nº 006-2011-ALC-MLV, el Decreto de Alcaldía Nº 002-2014-ALC-MLV y el Decreto de Alcaldía Nº 003-2014-ALC-MLV; Que, sin perjuicio de ello el artículo 38º numeral 5 de la Ley Nº 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General –, establece que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, o por Resolución del Titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución, según el nivel de gobierno respectivo. En caso contrario, su aprobación se realiza conforme al mecanismo establecido en el numeral 38.1. El cual a su vez señala que el TUPA es aprobado por Decreto Supremo del sector, por la norma de máximo nivel de las autoridades regionales, por Ordenanza Municipal, o por Resolución del Titular de organismo constitucionalmente autónomo, según el nivel de gobierno respectivo; Que, posteriormente a la aprobación y ratifi cación del TUPA de la Municipalidad de La Victoria -Ordenanza Nº 082-2009-MLV- y de sus modifi caciones, se han emitido una serie de normas como la Ordenanza Nº 163-2013/ MLV que aprueba la modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF – de la Municipalidad, aprobado por la Ordenanza Nº 124-2011/MLV. Además, el TUO del Código Tributario aprobado por D.S.Nº 133- 2013/EF, la Ordenanza Nº 1094-MML, la Ley Nº 29060 – Ley del Silencio Administrativo –, la Ordenanza Nº 1762 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, las modifi catorias de la Ley Nº 29090 –entre ellas el DS Nº 008-2013-VIVIENDA; Que, la modifi cación del TUPA propuesto por la Subgerencia de Planeamiento y Racionalización ha determinado como unidades orgánicas competentes para la realización de los procedimientos administrativos modifi cados a: Gerencia de Servicio de Administración Tributaria, Subgerencia de Registro y Orientación al Contribuyente, Subgerencia de Fiscalización Tributaria, Subgerencia de Recaudación y Control, Subgerencia de Ejecución Coactiva, Subgerencia de Obras Privadas, Catastro y Control Urbano, subgerencia de Obras Públicas, Tránsito y Transporte, Gerencia de Fiscalización y Control, Subgerencia de Inspecciones y Control de Sanciones, Subgerencia de Comercialización, Gerencia de Desarrollo Social, Subgerencia de Participación Vecinal y Secretaría General; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica informa que resulta legalmente procedente la modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA – presentado por la Subgerencia de Planeamiento y Racionalización; Estando a lo expuesto y contando con las opiniones favorables de las gerencias y subgerencias correspondientes de la modifi cación del TUPA, por lo que estando a las facultades conferidas por el artículo 9º numeral 8 y demás artículos pertinentes de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – el Concejo Municipal por unanimidad aprobó la presente Ordenanza y, además, la dispensa de lectura y aprobación del acta de la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS – TUPA – DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Artículo Primero.- Aprobar la Ordenanza mediante la cual se modifi ca el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA – de la Municipalidad de La Victoria que contiene como Anexo los procedimientos administrativos modifi cados, que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Encargar a la Subgerencia de Tecnología de la Información la publicación de la presente Ordenanza y el texto íntegro del Anexo en el portal institucional www.munilavictoria.gob.pe y en el portal de servicios al ciudadano y empresas (PSCE) www.serviciosalcioudadano.gob.pe en la misma fecha de la publicación en el diario ofi cial El Peruano, bajo responsabilidad. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 1104770-1 Designan funcionario responsable del manejo y la actualización del Portal Institucional de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 330-2014-ALC/MLV La Victoria, 30 de junio de 2014. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública – aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM y modifi cado por la Ley Nº 27927, establece en su artículo 5º in fi ne que, las entidades públicas deben identifi car al funcionario responsable de la elaboración de los portales de Internet; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 283-2014- ALC/MLV, de 9 de junio de 2014 se acepta la renuncia del señor Abraham Huarcaya López al cargo de Subgerente de Tecnología de la Información, dándosele las gracias por los servicios prestados, y se encarga la referida Subgerencia al ingeniero César Teodoro Talla Bazán; Que, en virtud de lo expuesto resulta necesario modifi car la designación del funcionario responsable de elaborar y actualizar el portal de internet de la Municipalidad de La Victoria, conforme a los lineamientos establecidos en la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública – antes citada, así como sus modifi catorias y demás normas complementarias; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 4º del Reglamento de la Ley de Transparencia, antes citado, la designación del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, la cual debe ser publicada en el diario ofi cial El Peruano; Estando a los fundamentos citados y a las normas legales glosadas, en uso de la atribuciones conferidas en los artículos 6º y 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al ingeniero César Talla Bazán, encargado de la Subgerencia de Tecnología de la Información, como responsable del Portal Institucional de la Municipalidad de La Victoria, www.munilavictoria. gob.pe, a quien se le encarga el manejo y actualización permanente del mismo conforme a lo establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y demás normas complementarias. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución de Alcaldía Nº 279 -2013-ALC/MLV, así como toda disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente Resolución de Alcaldía. Artículo Tercero.- Disponer que todas las unidades orgánicas de la entidad remitan al funcionario designado en la presente Resolución de Alcaldía, la información que deba ser publicada en el portal institucional, dentro de los plazos correspondientes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 1104769-1