Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2014 (09/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano Miercoles 9 de MORDAZA de 2014

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5. Incorporar la definicion de Informacion Base al "Glosario de abreviaturas y definiciones utilizadas en los procedimientos tecnicos del COES-SINAC", aprobado por Resolucion Ministerial Nº 143-2001-EM/VME: "Informacion Base: Informacion proveniente de registros de medidores de energia en intervalos de 15 minutos correspondiente al mes de valorizacion. Dicha informacion podra corresponder a mediciones de transmision, de produccion de Generadores y consumos de Distribuidores o Usuarios Libres, segun se requiera." 6. Incorporar la definicion de Factor de Proporcion al "Glosario de abreviaturas y definiciones utilizadas en los procedimientos tecnicos del COES-SINAC", aprobado por Resolucion Ministerial Nº 143-2001-EM/VME: "Factor de Proporcion: Factores por medio de los cuales se determinara la proporcion de la asignacion de los Retiros no Declarados a cada uno de los Generadores Integrantes." 7. Incorporar la definicion de Informe VTEA al "Glosario de abreviaturas y definiciones utilizadas en los procedimientos tecnicos del COES-SINAC", aprobado por Resolucion Ministerial Nº 143-2001-EM/VME: "Informe VTEA: Informe emitido por el COES, que contiene el detalle de las valorizaciones de Entregas y Retiros a Costo Marginal de Corto Plazo del mes en valorizacion desde las 00:00 horas del primer dia hasta las 24:00 horas del ultimo dia del mismo mes. Asimismo, incluye el detalle de las compensaciones que resulten de la aplicacion de otros Procedimientos Tecnicos o de la normatividad vigente." 8. Incorporar la definicion de Punto de Suministro al "Glosario de abreviaturas y definiciones utilizadas en los procedimientos tecnicos del COES-SINAC", aprobado por Resolucion Ministerial Nº 143-2001-EM/VME: "Punto de Suministro: En caso de Generadores RER se considerara lo establecido en sus respectivos contratos de suministro en el MORDAZA del Decreto Legislativo Nº1002 y su Reglamento." 9. Incorporar la definicion de Retiro no Declarado al "Glosario de abreviaturas y definiciones utilizadas en los procedimientos tecnicos del COES-SINAC", aprobado por Resolucion Ministerial Nº 143-2001-EM/VME: "Retiro no Declarado: Es un consumo de energia activa no declarado por Generador Integrante alguno, es decir, no esta soportado por ningun contrato." 10. Incorporar la definicion de Saldo de Energia Anual al "Glosario de abreviaturas y definiciones utilizadas en los procedimientos tecnicos del COESSINAC", aprobado por Resolucion Ministerial Nº 1432001-EM/VME: "Saldo de Energia Anual: Resultado de restar, para cada Generador Integrante su EFEA menos las Ventas Anuales de Energia por Contrato." 11. Incorporar la definicion de Ventas Anuales de Energia por Contrato al "Glosario de abreviaturas y definiciones utilizadas en los procedimientos tecnicos del COES-SINAC", aprobado por Resolucion Ministerial Nº 143-2001-EM/VME: "Ventas Anuales de Energia por Contrato: Corresponde a las ventas anuales de energia prevista de cada Generador Integrante a traves de contratos con Distribuidores y/o Clientes Libres. En el caso de un Generador adjudicatario de las subastas previstas en el Decreto Legislativo Nº 1002 incluira ademas la energia anual que le fuera adjudicado como resultado de dichas subastas." 1107981-1

5. Para cada uno de los Generadores Integrantes con Saldo de Energia Anual positivo, el Factor de Proporcion sera igual a la participacion de su Saldo de Energia Anual sobre la suma de los Saldos de Energia Anual de todos los Generadores Integrantes con Saldo de Energia Anual positivos. 6. Los Factores de Proporcion se volveran a calcular en aquellos meses que se produzca: a) Cambio en la titularidad de alguna concesion o autorizacion de generacion. Para este caso se considerara la Energia Firme Anual y Ventas de Energia que corresponda a cada titular. Los Factores de Proporcion a ser aplicados durante dichos meses corresponderan a quien ostente la titularidad el ultimo dia calendario del mes en valorizacion. b) Ingreso y/o retiro en operacion comercial de unidades generadoras en el SEIN. Para el caso del ingreso de una unidad generadora se tomara en cuenta unicamente la informacion adicional correspondiente a dicha unidad, esto es, la Energia Firme Anual evaluada considerando que opera desde el 1 de enero del ano. Para el caso de retiro de una unidad se debera excluir del calculo su Energia Firme Anual. El MORDAZA generador a ser considerado en los Factores de Proporcion correspondera al del ultimo dia calendario del mes en valorizacion. En cualquiera de los eventos indicados en a) y b), y en la misma oportunidad en que ocurran, los titulares involucrados podran volver a declarar sus ventas de energia anualizadas. ANEXO 2 MODIFICACION DEL GLOSARIO DE ABREVIATURAS Y DEFINICIONES UTILIZADAS EN LOS PROCEDIMIENTOS TECNICOS DEL COES-SINAC 1. Modificacion de la definicion MORDAZA de Transferencia del "Glosario de abreviaturas y definiciones utilizadas en los procedimientos tecnicos del COES-SINAC", aprobado por Resolucion Ministerial Nº 143-2001-EM/VME: "Barra de Transferencia: Para el caso de Retiros es la MORDAZA del sistema de transmision del MORDAZA, senalada en el listado de Barras de Referencia de Generacion del Estudio de fijacion tarifaria vigente. Para el caso de Entregas correspondera a la MORDAZA donde una Central de Generacion se conecta al MORDAZA, mientras que para el caso de Generadores RER, se considerara como MORDAZA de Transferencia, sus Puntos de Suministro." 2. Modificacion de la definicion Entrega del "Glosario de abreviaturas y definiciones utilizadas en los procedimientos tecnicos del COES-SINAC", aprobado por Resolucion Ministerial Nº 143-2001-EM/VME: "Entrega: Energia activa contabilizada en una MORDAZA de Transferencia asociada a la produccion de energia de una Central de Generacion de titularidad de un Generador Integrante, menos los consumos de sus Servicios Auxiliares que no MORDAZA considerados mediante un Retiro asociado a la carga de un Distribuidor." 3. Modificacion de la definicion Retiro del "Glosario de abreviaturas y definiciones utilizadas en los procedimientos tecnicos del COES-SINAC", aprobado por Resolucion Ministerial Nº 143-2001-EM/VME: "Retiro: Energia activa contabilizada en una MORDAZA de Transferencia asociada al consumo del cliente de un Generador Integrante." 4. Incorporar la definicion de EFEA al "Glosario de abreviaturas y definiciones utilizadas en los procedimientos tecnicos del COES-SINAC", aprobado por Resolucion Ministerial Nº 143-2001-EM/VME: "EFEA: Energia Firme Eficiente Anual utilizada para el calculo de los Factores de Proporcion que son utilizados para la asignacion de los Retiros no Declarados a cada uno de los Generadores Integrantes."

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