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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (12/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 28

El Peruano Jueves 12 de junio de 2014 525098 La competencia territorial del Juzgado de Paz de Lechemayo, Distrito de Anco, Provincia de La Mar, Departamento y Distrito Judicial de Ayacucho; queda modifi cada en estos extremos. Artículo Segundo.- Los límites geográfi cos del órgano jurisdiccional materia de creación son los que aparecen descritos en el informe del Jefe de la Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 1095907-2 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 082-2014-CE-PJ Lima, 12 de marzo de 2014 VISTO: El Ofi cio Nº 040-2013-CED-CSJJU/PJ, cursado por el Presidente del Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Junín. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante el mencionado documento el Presidente del Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Junín, en mérito del Informe Nº 014-2013-ODAJUP-P-CSJJU-P/PJ, elaborado por la Coordinadora de la Ofi cina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz del mencionado Distrito Judicial, y la solicitud presentada por el Presidente de la Comunidad Campesina de Oxapata, propone la creación de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Oxapata, Distrito de San Pedro de Coris, Provincia de Churcampa, Departamento de Huancavelica, Distrito Judicial de Ayacucho; y, asimismo, solicita que se evalúe pertenecer al Distrito Judicial de Junín. Segundo. Que respecto al extremo de la solicitud formulada para que el Centro Poblado Oxapata pertenezca jurisdiccionalmente al Distrito Judicial de Junín, del Acta de Acuerdos del Alcalde de la referida localidad de fecha 6 de setiembre de 2013, obrante a fojas 41, con posterioridad a la presentación del pedido de creación se verifi ca que se dispuso posponer dicho requerimiento, por lo que no corresponde emitir pronunciamiento sobre el particular. Tercero. Que en relación al pedido de creación de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Oxapata, éste se fundamenta en tener población aproximada de 314 habitantes; así como en la necesidad de contar con autoridad judicial y acceso a un oportuno servicio de administración de justicia, pues el órgano jurisdiccional más cercano es el que se ubica en San Pedro de Coris, a 40 kilómetros de distancia y 1 hora de recorrido en automóvil; con el consiguiente perjuicio económico y de tiempo. Cuarto. Que el Informe Nº 247-2013-SEP-GP-GG- PJ, remitido por la Gerencia General de Poder Judicial, y el Informe Nº 008-2013-ONAJUP-CE/PJ, del Jefe de la Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, concluyen que es factible la creación del Juzgado de Paz en el Centro Poblado Oxapata, Distrito de San Pedro de Coris, Provincia de Churcampa, Departamento de Huancavelica, y Distrito Judicial de Ayacucho; consignándose su competencia territorial. Quinto. Que por el número de habitantes de las comunidades a los que benefi ciaría el órgano jurisdiccional, entre los que se presentan confl ictos de naturaleza civil, penal, familiar, laboral; así como asuntos notariales; y encontrándose dentro de los objetivos principales de las políticas implementadas por este Poder del Estado, eliminar las barreras que impiden acceder al Poder Judicial a las poblaciones más alejadas de los centros urbanos del país, y en aras de brindar un servicio de justicia en forma rápida y efi caz, resulta procedente la petición que se formula. En consecuencia; en mérito al Acuerdo Nº 153-2014 de la sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, De Valdivia Cano, Meneses Gonzales, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas; sin la intervención del señor Lecaros Cornejo por encontrarse de licencia, de conformidad con el informe de la Gerencia General del Poder Judicial; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Oxapata, con competencia además en los Barrios Santa Elena y Santa Cruz; Distrito de San Pedro de Coris, Provincia de Churcampa, Departamento de Huancavelica, y Distrito Judicial de Ayacucho. La competencia territorial del Juzgado de Paz del Distrito de San Pedro de Coris, Provincia de Churcampa, Departamento de Huancavelica, y Distrito Judicial de Ayacucho; queda modifi cada en estos extremos. Artículo Segundo.- Los límites geográfi cos del órgano jurisdiccional materia de creación son los que aparecen descritos en el informe del Jefe de la Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Ayacucho y Junín, Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 1095907-3 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 083-2014-CE-PJ Lima, 12 de marzo de 2014 VISTO: El Ofi cio Nº 1821-2013-CED-CSJLA/PJ, cursado por el Presidente del Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante el mencionado documento el Presidente del Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, en mérito del Informe Nº 173-2013-ODAJUP-CSJLA/PJ, elaborado por el Coordinador de la Ofi cina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz del mencionado Distrito Judicial, y la solicitud y memorial presentados por diversas autoridades del Caserío Santa Lucía, propone la creación de un Juzgado de Paz en el mencionado caserío, comprensión de la Comunidad Campesina Túpac Amaru II, Distrito de Cañaris, Provincia de Ferreñafe, Departamento y Distrito Judicial de Lambayeque. Segundo. Que la petición formulada se fundamenta en tener población aproximada de 680 habitantes; así como en la necesidad de contar con autoridad judicial y acceso a un oportuno servicio de administración de justicia, pues el órgano jurisdiccional más cercano es el que se ubica en Huayabamba, a 20 kilómetros de distancia y cuyo recorrido es realizado en un promedio de tres horas a pie; con el consiguiente perjuicio económico y de tiempo. Tercero. Que el Informe Nº 267-2013-SEP-GP- GG-PJ, remitido por la Gerencia General de Poder Judicial, y el Informe Nº 18-2013-ONAJUP-CE/PJ, del