Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 2014 (12/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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El Peruano Jueves 12 de junio de 2014

Establecen disposiciones para la remision de expedientes judiciales por parte de los organos jurisdiccionales senalados en la Res. Adm. Nº 2012014-CE-PJ
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 180-2014-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 9 de junio de 2014 VISTOS: La Resolucion Administrativa N° 101-2014-CE-PJ, de fecha diecinueve de marzo del dos mil catorce, la Resolucion Administrativa N° 138-2014-CE-PJ, de fecha veintitres de MORDAZA del 2014, la Resolucion Administrativa N° 158-2013-CE-PJ, de fecha seis de MORDAZA del dos mil catorce, la Resolucion Administrativa N° 187-2014-CEPJ, de fecha tres de Junio de dos mil catorce, Resolucion Administrativa N° 163-2014-P-CSJLI/PJ, de fecha veintidos de MORDAZA de dos mil catorce, y la Resolucion Administrativa N° 171-2014-P-CSJLI/PJ, de fecha 02 de MORDAZA de dos mil catorce, y Resolucion Administrativa N°201-2014-CE-PJ de fecha seis de Junio de los corrientes; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, por Resolucion Administrativa N° 1012014-CE-PJ se ordena el funcionamiento del distrito judicial de MORDAZA Este, con sede en Chaclacayo, Departamento y Provincia de MORDAZA, a partir del cinco de MORDAZA del 2014. Segundo.- Que, mediante Resolucion Administrativa N° 138-2014-CE-PJ, modificada por la Resolucion Administrativa N° 158-2014-CE-PJ, se dispone que la Corte Superior de Justicia de MORDAZA ejecute el cierre de turno para recibir nuevos expedientes en los organos jurisdiccionales sujetos a reubicacion y conversion, esto es: 1° Sala Penal para Procesos con Reos Libres, 7° Sala Civil, 4° Juzgado Civil, 26° Juzgado Civil, 27° Juzgado Civil, 29° Juzgado Civil, 34° Juzgado Civil, 9° Juzgado Penal, 10° Juzgado Penal, 11° Juzgado Penal, 35° Juzgado Penal, 39° Juzgado Penal, 41° Juzgado Penal, 56° Juzgado Penal, Juzgado Penal de Turno Permanente, 5° Sala Penal para procesos con reos libres, 7° Juzgado Civil, 18° Juzgado Civil. Tercero.- Que, en virtud al mandato dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, mediante Resolucion Administrativa N° 163-2014-P-CSJLI/PJ de fecha 23 de MORDAZA del 2014 y N° 171-2014-P-CSJLI/PJ fijo el plazo para la remision y redistribucion de los expedientes de los organos jurisdiccionales a ser reubicados y/o convertidos al Centro de Distribucion General y/o Mesa de partes respectivas para su redistribucion aleatoria y posterior determinacion del organo competente para cada MORDAZA judicial. Cuarto.- Que, por Resolucion Administrativa Nº 1632014-P-CSJLI-PJ la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA dispuso que a partir del 23 de MORDAZA del 2014 hasta el 30 de MORDAZA del 2014 en atencion a la Resolucion Administrativa N° 158-2013-CE-PJ todos los organos jurisdiccionales descritos en el MORDAZA considerando culminen el MORDAZA de remision de la totalidad de sus expedientes, al Centro de Distribucion General del edificio MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la Mesa de Partes de la sede MORDAZA MORDAZA para su redistribucion entre todos sus pares especializados. Quinto.- Que, mediante Resolucion Administrativa N°187-2014-CE-PJ, del 21 de MORDAZA del presente ano expedida por Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se ordena se postergue la conversion y/o reubicacion y/o renombramiento de organos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA a la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Este, asi como tambien modifica la Resolucion Administrativa N° 138-2014-CE-PJ y la Resolucion Administrativa N° 158-2014-CE-PJ, en lo referente a los plazos. Sexto.- Que, por Resolucion Administrativa N° 2012014-CE-PJ se reconforma la relacion de Juzgados Especializados que conformaran la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Este, por lo que resulta necesario

modificar las disposiciones contenidas en las Resoluciones Administrativas N° 163-2014-P-CSJLI/PJ y N° 171-2014P-CSJLI/PJ. Septimo.- Que en merito a lo indicado, corresponde a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, disponer las acciones administrativas respectivas a fin de dar cumplimiento a lo MORDAZA citado; en consecuencia, se debe ordenar y ejecutar las medidas pertinentes para tal fin, con sujecion a los lineamientos dispuestos de la acotada Resolucion Administrativa del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Octavo.- Que, en atencion a lo dispuesto por los articulos 6° y 30° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial por celeridad procesal se ha visto por conveniente prescindir de la notificacion de la remision de estos expedientes, para evitar la sobrecarga procesal en perjuicios de los usuarios justiciables y litigantes, debiendo los escritos y cargos de notificacion en los actuados, estar debidamente cosidos y foliados en numeros y letras, adjuntando los cuadernos y anexos completos, bajo responsabilidad, de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 172° de la acotada MORDAZA legal. Que, por las razones expuestas, en uso de las facultades conferidas en el inciso 3 del articulo 90° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial e inciso 3 del articulo 9° del Reglamento de Organizacion y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras aprobado mediante Resolucion Administrativa N°214-2012-CE-PJ de fecha 05 de noviembre del 2012. SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER que los organos jurisdiccionales senalados en la Resolucion Administrativa N°201-2014-CE-PJ remitan los expedientes judiciales a su cargo, con sus escritos y cargos de notificacion debidamente cosidos y foliados en numeros, letras, adjuntando los cuadernos y anexos completos, bajo responsabilidad al Centro de Distribucion General y/o a la Mesa de Partes de la sede MORDAZA MORDAZA segun corresponda. Articulo Segundo.- Disponer que por celeridad procesal, los organos jurisdiccionales puedan prescindir de la notificacion del acto procesal dispuesto en la presente Resolucion Administrativa. Articulo Tercero.- Disponer que la fecha de vencimiento para la remision y redistribucion de expedientes sera de manera improrrogable hasta el treinta de junio de dos mil catorce, debiendo dar cuenta todos los Jueces comprendidos en la remision y redistribucion de expedientes a la Presidencia de esta Corte, al dia siguiente del termino senalado. Articulo Cuarto.- Disponer que el Centro de Distribucion General de la sede MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la Mesa de Partes de la sede MORDAZA MORDAZA redistribuiran los expedientes de los organos jurisdiccionales desactivados entre todos sus pares homologos permanentes de manera aleatoria y equitativa, adjuntando los escritos, cuadernos y anexos completos, bajo responsabilidad. Articulo Quinto.- Disponer, que las medidas cautelares dentro del MORDAZA que se presenten a partir del seis de junio del ano en curso en el Centro de Distribucion General de la Sede MORDAZA MORDAZA MORDAZA y que correspondan a los organos jurisdiccionales desactivados de la especialidad civil, familia, constitucional, MORDAZA redistribuidos entre todos sus pares homologos permanentes de manera aleatoria y equitativa, para lo cual la Coordinadora del Centro de Distribucion General de la Sede MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicitara, al Juez correspondiente, la remision inmediata de los actuados para su redistribucion aleatoria para su atencion urgente y prioritaria. La custodia de todos los depositos judiciales estara a cargo de los Modulos Judiciales respectivos. Articulo Sexto.- Disponer que los expedientes de las causas constitucionales que se tramitaban en; 4° Juzgado Civil, 6° Juzgado Civil, 8° Juzgado Constitucional, 18° Juzgado Civil y 17° Juzgado Civil, deberan ser redistribuidos aleatoria y equitativamente a los demas Juzgados de especialidad Constitucional, exceptuandose al 11° Juzgado especializado en lo Constitucional con Sub especialidad en materia Tributaria, Aduanera y de Mercado. Articulo Septimo.- Disponer que aquellas causas tramitadas ante los organos Jurisdiccionales objeto de

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