Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 2014 (12/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano Jueves 12 de junio de 2014

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RESUELVE Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a MORDAZA Acuna MORDAZA, presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, departamento de MORDAZA, mientras este vigente la licencia concedida. Articulo Segundo.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 16481877, para que asuma provisionalmente el cargo de presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, departamento de MORDAZA, mientras este vigente la licencia concedida a MORDAZA Acuna MORDAZA, otorgandosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Articulo Tercero.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 17537299, para que asuma provisionalmente el cargo de vicepresidente del Gobierno Regional de MORDAZA, departamento de MORDAZA, mientras este vigente la licencia concedida a MORDAZA Acuna MORDAZA, otorgandosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Articulo Cuarto.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 19208112, para que asuma provisionalmente el cargo de consejero del Consejo Regional de MORDAZA, departamento de MORDAZA, mientras este vigente la encargatura de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, otorgandosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1095355-5

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de presidente y vicepresidente del Gobierno Regional de MORDAZA, y de consejero del Consejo Regional de MORDAZA
RESOLUCION Nº 445-2014-JNE Expediente Nº J-2014-00561 MORDAZA MORDAZA, nueve de junio de dos mil catorce. VISTO el Oficio N.º 023-2014-GR.LAMB./SCR. CD, presentado el 29 de MORDAZA de 2014 por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, consejero delegado, comunicando la licencia, sin goce de haber, concedida a MORDAZA Acuna MORDAZA, presidente del Gobierno Regional de Lambayeque. CONSIDERANDOS 1. El literal a del numeral 4 del articulo 14 de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales, modificada por la Ley Nº 29470, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales los presidentes regionales que deseen postular al cargo de presidente, vicepresidente o consejero regional, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) dias MORDAZA de la fecha de las elecciones, entendiendose que el plazo limite para presentar la solicitud de licencia para el MORDAZA electoral regional 2014 es el 7 de junio de 2014. 2. El Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, mediante Resolucion Nº 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, establece el procedimiento a seguir en caso de que las autoridades y funcionarios soliciten licencia, sin goce de haber, con el proposito de participar como candidatos en las Elecciones Regionales 2014. 3. Con fecha 5 de junio de 2014 (049), el Consejero Delegado remite la solicitud de licencia de MORDAZA Acuna MORDAZA, Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, que presento el 5 de MORDAZA de 2014 (fojas 51 y 52), siendo esta concedida mediante Acuerdo de Concejo Regional Nº 014-2014-GR.LAMB./CR, de fecha 16 de MORDAZA de 2014 (foja 004), por el periodo comprendido entre el 5 de junio y el 5 de octubre de 2014. Asimismo, con los Acuerdos Regionales Nº 019-2014GR.LAMB./CR y Nº 020-2014-GR.LAMB./CR (fojas 005 y 006), los miembros del Consejo Regional de MORDAZA acordaron encargar al vicepresidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, las funciones de presidente regional mientras dure la licencia concedida al titular; igualmente, encargan la vicepresidencia del gobierno regional al consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, respectivamente. 4. En el presente caso se aprecia que el presidente regional presento la solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el consejo regional, cuyos miembros, a su vez, cumplieron con elegir a las autoridades que ocuparan, temporalmente, los cargos de presidente y vicepresidente, y en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolucion Nº 0140-2014JNE, corresponde convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 16481877, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 17537299, para que asuman, por encargatura, las funciones de presidente y vicepresidente, del Gobierno Regional de MORDAZA, respectivamente, mientras este vigente la licencia concedida a MORDAZA Acuna Peralta. 5. En aplicacion supletoria del ultimo parrafo del articulo 31 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, resulta procedente convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 19208112, accesitario del consejero regional MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conforme al acta de proclamacion de resultados emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Chiclayo, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del ano 2010, para que asuma temporalmente el cargo de consejero regional. Por tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de vicepresidente del Gobierno Regional del Callao y de consejero regional del Consejo Regional del Callao
RESOLUCION Nº 446-2014-JNE Expediente Nº J-2014-00566 CALLAO MORDAZA, nueve de junio de dos mil catorce. VISTO el Oficio Nº 168-2014-GRC/SCR-CR, presentado el 2 de junio de 2014 por Diofemenes MORDAZA MORDAZA MORDAZA, secretario del consejo regional, comunicando la licencia, sin goce de haber, concedida a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, vicepresidente del Gobierno Regional del Callao. CONSIDERANDOS 1. El literal a del numeral 4 del articulo 14 de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales, modificada por la Ley Nº 29470, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales los presidentes regionales que deseen postular al cargo de presidente, vicepresidente o consejero regional, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) dias MORDAZA de la fecha de las elecciones, entendiendose que el plazo limite para presentar la solicitud de licencia para el MORDAZA electoral regional 2014 es el 7 de junio de 2014. 2. El Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, mediante Resolucion Nº 0140-2014-JNE, de fecha 26

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