Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2014 (13/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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TITULO IV: DE LA GESTION DEL RENDIMIENTO Articulo 25.- De la Gestion del Rendimiento La gestion del rendimiento identifica, reconoce y promueve el aporte de los servidores civiles a los objetivos y metas institucionales y evidencia las necesidades requeridas por aquellos para mejorar el desempeno en sus puestos y, como consecuencia de ello, de la entidad. Se ejecuta mediante actos de administracion interna. Se soporta en instrumentos tecnicos, confiables y consistentes, asi como en metodologias verificables de valoracion del cumplimiento de las funciones, compromisos y metas de los servidores, de acuerdo con los fines y objetivos institucionales y con el perfil del puesto que ocupan. La planificacion institucional constituye fuente de informacion objetiva para la valoracion del rendimiento, facilitando la consistencia entre el desempeno del servidor y el cumplimiento de objetivos y metas de la entidad. La gestion del rendimiento incluye a los directivos publicos, tengan o no la condicion de confianza, a los servidores civiles de MORDAZA y a los servidores de actividades complementarias. Se entiende como un ciclo integral, continuo y sistematico que, con caracter anual, se desarrolla en cada entidad mediante la planificacion, el establecimiento de metas y compromisos, seguimiento, evaluacion y retroalimentacion. Articulo 26.- Responsabilidades en materia de gestion del rendimiento Son responsables de la gestion del rendimiento: a) SERVIR, como ente rector; b) El Titular de la Entidad, como MORDAZA responsable del funcionamiento del sistema de gestion del rendimiento en su respectiva entidad. c) La Oficina de Recursos Humanos, como instancia conductora del MORDAZA de gestion del rendimiento en la entidad. d) Los funcionarios publicos, directivos publicos, jefes o responsables de area y, en general, quien tenga asignado funcionalmente servidores bajo supervision, ejercen como evaluadores dentro del sistema y se responsabilizan de planificar, establecer metas y compromisos, realizar seguimiento al desempeno, evaluar el desempeno y realizar la retroalimentacion de los servidores a su cargo. e) El Comite Institucional de Evaluacion, confirma la calificacion, de acuerdo con lo previsto en el articulo 25 de la Ley. f) Los servidores civiles deben participar activa, permanente y constructivamente en las diferentes etapas de la gestion del rendimiento. Articulo 27.- Ente Rector en la gestion del rendimiento SERVIR, como ente rector del subsistema, tiene las siguientes responsabilidades: a) Definir los factores, metodologias, instrumentos y procedimientos basicos, a ser utilizados por las entidades en cada una de las etapas de la gestion del rendimiento, tomando en consideracion la diversidad institucional en materia organizacional y funcional, los grupos de servidores civiles, entre otros criterios. b) Opinar, segun lo dispuesto en las directivas, sobre las modificaciones o adecuaciones que las entidades propongan realizar a las metodologias, instrumentos y procedimientos basicos y factores aprobados para la gestion del rendimiento. c) Orientar a las entidades publicas en la correcta aplicacion de los factores, metodologias, instrumentos y procedimientos basicos establecidos en el MORDAZA de la implementacion de la gestion del rendimiento. d) Supervisar el funcionamiento integral de la gestion del rendimiento, incluyendo la posibilidad de solicitar informes, realizar visitas de revision y, de ser necesario, adoptar los mecanismos para verificar la aplicacion correcta de las metodologias, instrumentos y procedimientos basicos y los parametros establecidos en la normatividad. e) Definir las estrategias y lineamientos asociados al MORDAZA de implementacion progresiva de la gestion del rendimiento en las entidades publicas.

El Peruano Viernes 13 de junio de 2014

f) Pronunciarse sobre medidas correctivas que debe realizar una determinada entidad, en caso se detecten situaciones que desnaturalicen los objetivos de la gestion del rendimiento, y de ser el caso, imponer a las entidades las sanciones establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1023, cuando la entidad no las implemente. g) Velar para que el sistema en su conjunto cumpla con los fines previstos de conformidad con el articulo 19 de la Ley y proponer adecuaciones al mismo, en un MORDAZA de mejoramiento continuo. h) Otras que la normatividad establezca. Articulo 28.- Del Titular de la Entidad El Titular de la Entidad ejerce como MORDAZA responsable del funcionamiento de la gestion del rendimiento en su respectiva entidad con las siguientes responsabilidades: a) Asegurar que se lleve a cabo el MORDAZA de gestion del rendimiento en su institucion. b) Nombrar anualmente a los miembros del Comite Institucional de Evaluacion. c) Crear las condiciones para que la gestion del rendimiento respete todos los parametros establecidos, con el fin de asegurar el cumplimiento de los derechos y deberes de los servidores publicos. d) Las demas que le asigne la normatividad. Articulo 29.- De la Oficina de Recursos Humanos La Oficina de Recursos Humanos ejerce como instancia responsable de la conduccion operativa de la gestion del rendimiento en la entidad y tiene las siguientes responsabilidades: a) Aplicar la metodologia e instrumentos para la gestion del rendimiento, definidos por SERVIR o en su caso por la entidad, de acuerdo con los lineamientos establecidos. b) Capacitar a los funcionarios publicos, directivos, jefes, responsables de area o quien tenga asignado funcionalmente servidores y a los servidores civiles, cuando sea necesario, en la aplicacion de las metodologias, instrumentos y procedimientos basicos para la gestion del rendimiento. c) Comunicar a los servidores civiles los procedimientos basicos y caracteristicas de la gestion del rendimiento, asi como los derechos y obligaciones que les corresponden. d) Monitorear el correcto desarrollo de la gestion del rendimiento en la entidad. e) Asignar la calificacion de los servidores evaluados, de conformidad con los puntajes obtenidos en la evaluacion y trasladarla a los evaluadores para la comunicacion oportuna a los servidores civiles. f) Informar oportunamente al titular de la entidad sobre los avances y dificultades de las distintas etapas de la gestion del rendimiento en la entidad, asi como de los resultados del proceso. g) Derivar oportunamente los informes de gestion del rendimiento a SERVIR en la fecha y condiciones que se establezcan al efecto. h) Informar a SERVIR sobre las alternativas o adecuaciones a los factores, metodologias, instrumentos y procedimientos MORDAZA de gestion del rendimiento, de acuerdo con la naturaleza y caracteristicas de la entidad y a sus objetivos institucionales. i) Revisar, identificar y proponer medidas de mejora de la gestion del rendimiento de las personas en la entidad. j) Adoptar las medidas necesarias para mantener los registros y documentos requeridos para asegurar la efectividad del sistema de gestion del rendimiento. k) Otras que le asigne la normatividad. Articulo 30.- De los Evaluadores Los funcionarios publicos, directivos, jefes o responsables de area y, en general, quien tenga asignado funcionalmente servidores bajo supervision, ejerciendo como evaluadores, tienen las siguientes responsabilidades: a) Implementar la gestion del rendimiento en la unidad, area o equipo a su cargo. b) Aplicar las metodologias e instrumentos definidos en cada una de las etapas de la gestion del rendimiento. c) Establecer las metas conjuntamente con los servidores a evaluar, de acuerdo con los lineamientos y plazo establecidos al efecto.

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