Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2014 (13/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano Viernes 13 de junio de 2014

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y al que solo pueden postular los servidores civiles de MORDAZA, siempre que cumplan con el perfil del puesto y los requisitos para postular. ii. Concurso Publico de Meritos Abierto: Es el MORDAZA por el que se accede a un puesto propio del grupo de directivos publicos, de servidores civiles de MORDAZA en los casos previstos por la Ley y de servidores de actividades complementarias, y al que puede postular cualquier persona, siempre que cumpla con el perfil del puesto requerido. b) Cumplimiento de requisitos de leyes especiales: Se aplica para los casos previstos en la clasificacion de funcionarios establecidos en el literal b) del articulo 52º de la Ley, en los casos que su incorporacion se encuentre regulada por MORDAZA especial con rango de ley. c) Contratacion directa: Es aquella modalidad en donde no se requiere un concurso publico de merito para la contratacion, de acuerdo a lo previsto en la Ley. Articulo 166.- Del inicio del concurso publico de meritos Una entidad del Estado puede iniciar un concurso publico de meritos para la incorporacion de personas al Servicio Civil cuando cuenta con lo siguiente: a) Puesto vacante y presupuestado, incluido en el cuadro de puestos de la entidad (CPE). b) Perfil de puesto aprobado en el Manual de Perfiles de Puesto (MPP). c) Criterios definidos para la calificacion de los postulantes. Articulo 167.- Alcance del Concurso Publico de Meritos Abierto El MORDAZA de seleccion por Concurso Publico de Meritos Abierto es aplicable a los siguientes casos: a) Para puestos de directivos publicos. b) Para puestos de servidores de actividades complementarias. c) Para los puestos de servidores civiles de MORDAZA en los siguientes casos: i. Los puestos para cubrir una vacante de nivel inicial de una familia de puestos. ii. Los puestos para cubrir una vacante de un puesto altamente especializado. iii. Los puestos para una entidad nueva. iv. Cuando resulte desierto un concurso publico de meritos transversal. Articulo 168.- Alcance del Concurso Publico de Meritos Transversal El MORDAZA de seleccion por Concurso Publico de Meritos Transversal es aplicable a los puestos de MORDAZA del Servicio Civil cuando este no sea para cubrir una vacante inicial de una familia de puestos. Se debera considerar para este MORDAZA de convocatorias como uno de los requisitos el de formar parte del Servicio Civil de MORDAZA, con las precisiones establecidas en el Capitulo III, del Titulo VII del Libro II. Articulo 169.- Etapas del concurso publico de meritos El concurso publico de meritos, tanto transversal como abierto, debe contar con reglas generales, impersonales, objetivas, que no permitan alguna forma de discriminacion. El concurso publico de meritos se convoca para cubrir puestos, precisando el numero de posiciones vacantes objeto del mismo. El MORDAZA del concurso publico de meritos comprende ­como minimo­ las siguientes cuatro etapas: preparatoria, convocatoria y reclutamiento, evaluacion y eleccion. Articulo 170.- Etapa preparatoria La etapa preparatoria comprende las siguientes actividades: a) Solicitud que realiza la unidad organica en la que se ubica el puesto a ser cubierto a la Oficina de Recursos Humanos.

seleccion, el mismo que tiene las siguientes modalidades de acceso: concurso publico de meritos, contratacion directa y cumplimiento de requisitos de leyes especiales, este ultimo supuesto es aplicable para los casos previstos en la clasificacion de funcionarios publicos establecidos en el articulo 52º de la Ley. Aprobada cualquiera de las modalidades de acceso, se formaliza el inicio del vinculo entre el servidor civil y la entidad publica ya sea con la emision de una Resolucion Administrativa o con la firma de un contrato, dependiendo al grupo que corresponda. Con la formalizacion del vinculo se define la fecha de ingreso al servicio civil. Desde el primer dia del servicio, la entidad publica esta en la obligacion de poner a disposicion de los servidores civiles la informacion referida en el Articulo 184 del presente Reglamento. La incorporacion termina al finalizar el periodo de prueba cuando el mismo es obligatorio y al finalizar la induccion en los demas casos. El MORDAZA de incorporacion se divide en las fases de seleccion, vinculacion, induccion y periodo de prueba. El periodo de prueba es de aplicacion solo en los casos previstos en la Ley y este reglamento. Articulo 162.- Requisitos para la incorporacion al servicio civil La incorporacion al servicio civil requiere: a) Estar en ejercicio pleno de los derechos civiles, que para efectos del servicio civil corresponde a haber cumplido la mayoria de edad al momento de presentarse al concurso o de la contratacion directa. b) Cumplir con los requisitos minimos exigidos para el puesto. c) No tener condena por delito doloso, con sentencia firme. d) No estar inhabilitado administrativa o judicialmente. Estan inhabilitados administrativamente quienes estan comprendidos en el Registro Nacional de Sanciones de Destitucion y Despido o quienes lo estan judicialmente con sentencia firme para el ejercicio de la profesion, cuando ello fuere un requisito del puesto, para contratar con el Estado o para desempenar servicio civil. e) Tener la nacionalidad peruana, solo en los casos en que la naturaleza del puesto lo exija, conforme a la Constitucion Politica del Peru y las leyes especificas. f) Los demas requisitos previstos en la Constitucion Politica del Peru y las leyes, cuando corresponda. Lo dispuesto anteriormente podra ser materia de declaracion jurada, sujeta a verificacion posterior en cualquier momento y hasta MORDAZA de producirse la decision final del MORDAZA de seleccion. Articulo 163.- Condiciones para la incorporacion al servicio civil Todas las incorporaciones deberan tener como condicion la aprobacion del perfil de puesto en el Manual de Perfiles de Puesto (MPP) y estar debidamente presupuestada en el CPE. En el caso de funcionarios publicos, solo se requiere que el puesto previsto se encuentre regulado por MORDAZA especial. Para el caso de incremento extraordinario y temporal de actividades, no se requiere la aprobacion previa del Consejo Directivo de SERVIR. Articulo 164.- Finalidad del MORDAZA de seleccion El MORDAZA de seleccion tiene por objeto seleccionar a las personas idoneas para el puesto sobre la base del merito, la transparencia y la igualdad de oportunidades. Estos principios deberan respetarse durante todas las etapas del MORDAZA en mencion. Articulo 165.- Tipos de procesos de seleccion El MORDAZA de seleccion de servidores civiles puede ser de tres modalidades: a) Concurso Publico de Meritos: Este MORDAZA de seleccion puede ser de dos tipos: i. Concurso Publico de Meritos Transversal: Es el MORDAZA por el que se accede a un puesto de MORDAZA distinto en la propia entidad o en una entidad diferente

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