Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2014 (13/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano Viernes 13 de junio de 2014

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Institucional de Evaluacion tendra quince (15) dias calendario para pronunciarse. d) Excepciones a la Aplicacion de una Calificacion: En los siguientes casos, se exceptua para los servidores civiles la aplicacion de una calificacion al termino del periodo anual considerado para la evaluacion de desempeno: i. Servidores civiles con menos de seis (6) meses desempenando el puesto que es objeto de evaluacion. ii. Licencia medica por mas de seis (6) meses. iii. Otras situaciones de suspension MORDAZA o imperfecta del servicio civil, conforme a Ley, que involucren periodos mayores a seis (6) meses. e) Consideraciones especiales: con caracter excepcional y de acuerdo con los criterios que establezca SERVIR para tal efecto, podran realizarse evaluaciones extraordinarias cuando: i. Se produzca un cambio de evaluador, debiendo el evaluador saliente realizar las evaluaciones de los servidores a su cargo MORDAZA de su desvinculacion del puesto. ii. Por cambio definitivo de puesto del servidor, producto de concurso de meritos o designacion. iii. Por encargo temporal del evaluado. f) Acreditacion de capacidades: solo las entidades cuyas Oficinas de Recursos Humanos que, en cumplimiento de lo dispuesto por el literal f) del articulo 10 del Decreto Legislativo 1023, hayan acreditado contar con la capacidad tecnica para realizar adecuadamente la evaluacion de compromisos, podran considerar estos para las consecuencias de la evaluacion de los servidores civiles de MORDAZA y de actividades complementarias. Articulo 45.- De la Etapa de Retroalimentacion Al final de cada periodo de evaluacion, se debe efectuar una retroalimentacion formal, de acuerdo con la directiva establecida por SERVIR. Esta retroalimentacion se realiza, a mas tardar, diez (10) dias posteriores a la comunicacion de la calificacion. La retroalimentacion consiste en el intercambio de opiniones y expectativas entre evaluador y el servidor evaluado sobre los resultados del desempeno. Como resultado de la retroalimentacion, se formula un plan de mejora para el servidor, que identifica recomendaciones de capacitacion y otros aspectos que coadyuven a la mejora del desempeno del servidor. Articulo 46.- Personal de rendimiento sujeto a observacion Los servidores que obtengan una calificacion de personal de rendimiento sujeto a observacion, tendran derecho y prioridad a la formacion laboral en los temas considerados en su respectivo plan de mejora. Articulo 47.- Personal con calificacion de desaprobado La calificacion de desaprobado se produce en forma automatica en los siguientes casos: a) Obtener una calificacion de rendimiento sujeto a observacion por MORDAZA vez consecutiva; b) Obtener una calificacion de rendimiento sujeto a observacion en dos (2) oportunidades dentro de un periodo de cinco (5) anos calendario en el mismo puesto. c) Cuando el servidor civil no participe en un MORDAZA de evaluacion por motivos atribuibles a su exclusiva responsabilidad; dicha renuencia a la participacion debe estar debidamente comprobada. Los servidores que obtengan una calificacion de desaprobado seran desvinculados automaticamente de la entidad. Para tal efecto, la Oficina de Recursos Humanos proyecta la formalizacion del termino mediante resolucion, dentro de los 30 dias calendarios siguientes. Articulo 48.- Informacion personal de evaluacion Cada servidor debe contar con informacion personal de evaluacion en su legajo, de acuerdo con el formato que se defina para tal efecto, incluyendo lo siguiente:

Sin perjuicio de la observacion continua a lo largo del periodo, el evaluador debe realizar seguimiento y registro del desempeno del servidor civil en al menos una oportunidad, incluyendo la retroalimentacion correspondiente, en el MORDAZA trimestre del calendario de la entidad, con el objetivo de identificar oportunamente las dificultades para el cumplimiento de metas, reforzar positivamente los logros parciales y ejecutar acciones de mejora cuando corresponda. Dicho monitoreo y registro debe constar en el legajo personal de cada servidor, debiendo dejarse MORDAZA de su comunicacion a este. Articulo 43.- De la Etapa de Evaluacion La Etapa de Evaluacion corresponde a la valoracion del desempeno que debera efectuar el evaluador a partir del seguimiento realizado a lo largo del periodo y concluira con la calificacion a comunicarse a los evaluados cada ano, de acuerdo con el calendario de la entidad. En esta etapa, se constatan y verifican, a partir de las evidencias registradas, los logros alcanzados y el cumplimiento de los compromisos y metas establecidos al MORDAZA del periodo. La calificacion se realiza al final de cada periodo y sin excepcion, se realiza con caracter previo a la etapa de establecimiento de metas y compromisos de los servidores civiles. Articulo 44.- Consideraciones para la realizacion de la Evaluacion Durante la Etapa de Evaluacion, se aplicaran las siguientes consideraciones: a) La evaluacion: Los evaluadores deben realizar la evaluacion de acuerdo con el cronograma programado, a los instrumentos o formatos previstos para tal efecto y teniendo en cuenta las responsabilidades comprendidas en el presente reglamento y sus normas de desarrollo. En MORDAZA, se debe contrastar los resultados logrados por cada servidor civil durante el periodo con las metas y los compromisos determinados, debiendo constar dicho analisis en el expediente personal de evaluacion de cada servidor que se incluye en su legajo. Su valoracion se otorgara de acuerdo con la escala de evaluacion que defina SERVIR al efecto y debera ser remitida a la Oficina de Recursos Humanos en el tiempo y forma establecidos por los respectivos procedimientos. b) La calificacion: Recibidas las evaluaciones de todos los servidores de la entidad, la Oficina de Recursos Humanos se encarga de asignar la calificacion que corresponda segun los puntajes recibidos en la evaluacion y aplicando los procesos tecnicos determinados por las directivas. La calificacion podra ser: i. Buen rendimiento ii. Rendimiento sujeto a observacion La Oficina de Recursos Humanos, o quien haga sus veces, aplicara los parametros para establecer la lista de los candidatos a la calificacion de personal de rendimiento distinguido. Los directivos publicos de la entidad definiran a los servidores que obtendran la MORDAZA calificacion, los cuales no podran exceder el limite de 10% establecido por el Articulo 26 de la Ley. Mediante directiva, SERVIR establecera los parametros para establecer la lista de candidatos, asi como los criterios para seleccionar a los directivos publicos que definiran a quienes corresponde la calificacion de personal de rendimiento distinguido. c) Comunicacion de la Calificacion: La calificacion debe ser notificada por el evaluador al servidor civil en su centro de trabajo al final de cada periodo de evaluacion, en el plazo establecido en la etapa de planificacion. El servidor civil debe firmar la notificacion de la calificacion manifestando su recepcion. Dicha firma no supone consentimiento. Los servidores civiles pueden solicitar la confirmacion de la calificacion obtenida, en caso no estar de acuerdo con la misma, de acuerdo con lo dispuesto por el Articulo 34 precedente, ante el Comite Institucional de Evaluacion, dentro de los cinco (5) dias siguientes a la retroalimentacion formal de final de periodo. El Comite

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