Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2014 (13/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano Jueves 13 de marzo de 2014

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Distrital del MORDAZA, en merito de que, en las elecciones realizadas los anos 2002, 2006 y 2010, la autoridad cuestionada habria declarado hechos falsos en su hoja de MORDAZA, ello porque el ano 2002 fue condenado por el delito de peculado por la Primera Sala Penal Corporativa para Procesos Ordinarios con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y se le impuso tres anos de pena privativa de MORDAZA, cuya ejecucion se suspendio por el termino de dos anos. Asimismo, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica declaro, en fecha 4 de noviembre de 2003, no haber nulidad en la sentencia MORDAZA mencionada. De este modo, la autoridad cuestionada habria ejercido, ilegalmente, el cargo de regidor en el periodo 2006 a 2010, pues tenia una sentencia condenatoria rme, y a pesar de ello, no consigno dicho hecho en su hoja de vida. Asimismo, a pesar de tener la mencionada condena, postulo para ser MORDAZA en el periodo 2011-2014, sin embargo, no es una persona capacitada e idonea para ejercer el cargo. En ese sentido, la ocupacion ilegal del cargo sobreviene a la eleccion del mismo, por lo que estaria incurso en la causal establecida en el articulo 22, inciso 10, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM). Finalmente, no solo estaria incurso en una causal de vacancia, sino que tambien, en la comision de un delito continuado que encajaria en diversos tipos penales, a saber, estafa, usurpacion de funcion publica, fraude procesal, falsedad ideologica, etcetera. Descargos de MORDAZA MORDAZA Peramas MORDAZA

4. Remitir la MORDAZA o resolucion que declara consentido el acuerdo adoptado, en caso de que no MORDAZA sido materia de impugnacion, para proceder al archivo del presente expediente. 5. Elevar el expediente administrativo en original, o copias certi cadas de ser el caso, en un plazo MORDAZA de tres dias habiles, luego de presentado el recurso de apelacion, y cumplir con la remision de la siguiente documentacion: 5.1. Las constancias de noti cacion al miembro afectado del concejo y al solicitante de la convocatoria a las sesiones extraordinarias y de los acuerdos adoptados sobre el pedido de vacancia o el recurso de reconsideracion. 5.2. Las actas de las sesiones extraordinarias en las que conste el acuerdo de concejo sobre la vacancia o reconsideracion solicitada. 5.3. El original del comprobante de pago correspondiente a la tasa por recurso de apelacion, equivalente al 3% de la unidad impositiva tributaria (S/.116,55). Articulo Cuarto.- DISPONER que el Concejo Distrital de San MORDAZA MORDAZA, a la mayor brevedad posible y dentro del plazo establecido en la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, emita un MORDAZA pronunciamiento en sesion extraordinaria de concejo municipal, teniendo en cuenta los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese, publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1060608-3

Confirman el Acuerdo de Concejo N° 102-2013-MDR, que declaro infundada solicitud de vacancia de MORDAZA de la Municipalidad Distrital del MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION N° 116-2014-JNE Expediente N° J-2013-01420 MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA RECURSO DE APELACION MORDAZA, diecisiete de febrero de dos mil catorce VISTO en audiencia publica de la fecha, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en contra de la decision adoptada en la sesion extraordinara de Concejo, de fecha 20 de setiembre de 2013, que declaro infundada su solicitud de vacancia interpuesta contra MORDAZA MORDAZA Peramas MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, por la causal establecida en el articulo 22, inciso 10, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, teniendo a la vista los Expedientes N° J-2010-1343 y N° J-2013-01062, asi como oidos los informes orales. ANTECEDENTES Con relacion a la solicitud de Vacancia El 21 de agosto de 2013, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicito la vacancia de MORDAZA MORDAZA Peramas MORDAZA en el cargo de MORDAZA de la Municipalidad

MORDAZA MORDAZA Peramas MORDAZA formula sus descargos (fojas 94 a 98) y senala que la solicitud de vacancia debe declararse improcedente, debido a que los hechos imputados datan de una gestion o periodo anterior (anos 2002 y 2006). Sin perjuicio de lo MORDAZA expuesto, mani esta que si bien fue condenado en el ano 2002, no fue autoridad en el periodo 2003 a 2006 no fue autoridad, para acreditar esta a rmacion adjunta la MORDAZA emitida por la secretaria general de la Municipalidad Distrital del MORDAZA (fojas 99), en la que se senala que dicho ciudadano no desempeno el cargo de regidor del Concejo Distrital de MORDAZA, en el periodo de gobierno 2003 a 2006. Asi tambien, senala que la sentencia condenatoria fue emitida en el ano 2002, sin embargo, enfatiza que postulo como regidor para el periodo 2006 a 2010. En ese sentido, al haber transcurrido el periodo de prueba, y en merito del articulo 61 del Codigo Penal, la sentencia penal condenatoria habria dejado de surtir efectos a la fecha de su postulacion. Ademas, al formular sus descargos senala que si la sentencia penal ya habria surtido sus efectos al 2006, menos aun surte efectos al ano 2010, fecha en la que postulo para ser MORDAZA del distrito del Rimac. Asimismo, senala que el MORDAZA Nacional de Elecciones en la Resolucion N° 1207-2010-JNE (fojas 100 a 102), ya habria analizado esta controversia, al declarar infundado el recurso de apelacion y con rmar la Resolucion N° 003-2010-JEE MORDAZA, emitida por el JEE de MORDAZA Centro, que declaro infundada la tacha interpuesta en su contra como candidato a MORDAZA por no consignar en su declaracion jurada de MORDAZA, la sentencia condenatoria MORDAZA senalada. Posicion del Concejo Distrital de MORDAZA Por medio del acuerdo tomado en sesion extraordinaria, de fecha 20 de setiembre de 2013 (fojas 84 a 93), el cual se plasmo en el Acuerdo de Concejo N° 102-2013-MDR (fojas 81 a 83) se decidio, por mayoria (nueve votos en contra y tres a favor), que se declare infundada la solicitud de vacancia en contra de MORDAZA MORDAZA Peramas MORDAZA en el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Sobre el recurso de apelacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpone recurso de apelacion senalando que si bien MORDAZA MORDAZA Peramas MORDAZA no ejercio el cargo de regidor durante el periodo 2002 a 2006, si ejercio el cargo de regidor durante el periodo 2007 a 2010, y que al postular a dicho cargo

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