Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2014 (16/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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y facilitar el desarrollo de la capacidad en conjunto de los reguladores y supervisores para facilitar el acceso a los mercados de seguros, propuesta que fue aprobada en el pleno de su Comite Ejecutivo; Que, esta Superintendencia tiene como uno de sus principales objetivos contribuir en el diseno e implementacion de un MORDAZA regulatorio y una supervision eficaz y adecuada que facilite la creacion de seguros destinados a la poblacion de bajos ingresos; Que, en atencion a las invitaciones cursadas y en tanto, los temas que se desarrollaran redundaran en beneficio del ejercicio de las funciones de supervision y regulacion de la SBS, se ha considerado conveniente designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesor de la Alta Direccion, para que participe en los citados eventos; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-17, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2014, estableciendose en el Numeral 4.3.1, que se autorizaran viajes para eventos cuyos objetivos obliguen la representacion sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de sus trabajadores, asi como para el ejercicio de funciones o participacion en eventos de interes para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para participar en los eventos indicados, cuyos gastos por concepto de pasajes aereos y viaticos seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley N° 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros", la Resolucion SBS N° 1494-2014, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva SBS sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2014 N° SBSDIR-ADM-085-17, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesor de la Alta Direccion de la SBS, del 17 al 22 de marzo de 2014, a la MORDAZA de Basilea, Confederacion Suiza, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes a su reincorporacion, debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion por conceptos de pasajes aereos y viaticos seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aereos Viaticos US$ 3 376,34 US$ 2 700,00

El Peruano MORDAZA 16 de marzo de 2014

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Amplian los alcances del beneficio del pronto pago establecido en la Ordenanza N° 249-A/MDC
DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2014/MDC Carabayllo, 28 de Febrero de 2014 VISTO: El Memorandum Nº 022-2014-GAT/MDC, de fecha 26 de Febrero de 2014, emitido por la Gerencia de Administracion Tributaria, acorde con la Ordenanza 249A/MDC y la Ordenanza N° 290/MDC; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680, establece en su Articulo 194° que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los Organos del Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 74º del mismo MORDAZA juridico, otorga Potestad Tributaria a los Gobiernos Locales, lo cual, concordado con la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Decreto Supremo Nº 135-99-EF, Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, establece que mediante Ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por Ley. Asimismo precisa, que las Ordenanzas son normas de caracter general por medio de las cuales se regulan las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa; Que, mediante la Ordenanza Nº 249-A/MDC, se aprobo el regimen tributario de los Arbitrios Municipales de Recoleccion de Residuos Solidos, Barrido de Calles, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo, en la jurisdiccion del distrito de Carabayllo correspondiente al Ejercicio 2012, la misma que fue ratificada mediante el Acuerdo de Concejo Nº 1564-MML; ambos publicados en el Diario Oficial El Peruano el 31 de diciembre de 2011; Que, el Art. 19º de la Ordenanza Nº 249-A/MDC, senala que para el Ejercicio 2012 se considera como incentivo por PRONTO PAGO, al pago adelantado de los Arbitrios de todo el ano hasta el ultimo dia habil del mes de febrero, en cuyo caso se otorgara el descuento del 15% del monto total de los Arbitrios que le corresponda. El referido descuento no incluye los derechos de Emision; Que, mediante la Ordenanza Nº 271-MDC de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, se establece el Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Recoleccion de Residuos Solidos, Barrido de Calles, Parques y Jardines y Serenazgo, correspondiente al ejercicio 2013, prorrogando la Ordenanza Nº 249-A/ MDC; la misma que fue ratificada mediante el Acuerdo de Concejo N° 2312-MML, ambos publicados el 22 de diciembre de 2012; Que, mediante la Ordenanza Nº 290-MDC de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, se establece el Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Recoleccion de Residuos Solidos, Barrido de Calles, Parques y Jardines y Serenazgo, correspondiente al ejercicio 2014, prorrogando la Ordenanza Nº 249-A/ MDC; la misma que fue ratificada mediante el Acuerdo de Concejo N° 2732-MML, siendo ambos publicados el 29 de diciembre de 2013; Que, en la MORDAZA Disposicion Final de la Ordenanza Nº 290/MDC, se establece que se faculta al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la citada Ordenanza; Que, mediante Memorandum Nº 022-2014-GAT/MDC, la Gerencia de Administracion Tributaria, refiere que estando por vencer la fecha de vigencia del Beneficio

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA POGGI CAMPODONICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.) 1062294-1

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