Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2014 (16/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA 16 de marzo de 2014

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de los integrantes del concejo municipal, de acuerdo a sus competencias. Articulo Tercero.- REMITIR MORDAZA de los actuados a la Contraloria General de la Republica para su conocimiento, evaluacion y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1062337-5

tambien, en el articulo 23, el tramite que se debe seguir en el procedimiento de vacancia, estableciendo, entre otros, que la vacancia del cargo de MORDAZA o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesion extraordinaria, con el MORDAZA aprobatorio de dos tercios del numero legal de sus miembros. Como se advierte, no existe regulacion especifica relativa al tramite del procedimiento de suspension ni del quorum que se requiere para la adopcion del acuerdo que aprueba la suspension de una autoridad municipal. 19. En ese sentido, este Supremo Tribunal Electoral, en cuanto organo MORDAZA de interpretacion de la legislacion de la materia, mediante consolidada jurisprudencia, como la recaida en las Resoluciones Nº 0730-2011-JNE y Nº 184-2012-JNE, ha establecido que para la adopcion del acuerdo que aprueba la suspension de una autoridad municipal se requiere de mayoria simple, es decir, el MORDAZA favorable de la mitad mas uno del numero de miembros que concurran a la sesion de concejo. 20. Asi, tenemos que, en la Sesion Extraordinaria Nº 018-2013, de fecha 1 de MORDAZA de 2013 (fojas 185 a 189), se debio declarar la suspension del MORDAZA por mayoria simple, en atencion a que el resultado de la votacion fue de cinco votos a favor de la suspension y tres en contra; no obstante ello, la suspension del MORDAZA fue desestimada por considerar que se requeria de una mayoria calificada. En consecuencia, si bien dicho acuerdo no fue validamente emitido, resulta inoficioso declarar su nulidad por el vicio MORDAZA aludido, en atencion a que el mismo fue convalidado al emitirse el Acuerdo de Concejo Nº 0992013-MPP-C, que declaro fundada la reconsideracion por mayoria simple y, en consecuencia, declaro la suspension del alcalde. 21. Como MORDAZA cuestion adicional, cabe precisar que si bien este Supremo Tribunal Electoral considera que la autoridad cuestionada no ha incurrido en la causal de suspension por falta grave, en tanto la infraccion no se encuentra debidamente tipificada, ello no supone, en modo alguno, la aprobacion o aceptacion de la irregularidad invocada por los solicitantes respecto a la aceptacion y aprobacion de la donacion de las cuarenta canastas de viveres sin autorizacion del concejo municipal; por consiguiente, corresponde a la Contraloria General de la Republica, en el MORDAZA de sus competencias, determinar la legalidad y regularidad del citado procedimiento, a cuyo efectos se remitira MORDAZA autenticada de los actuados para su conocimiento, evaluacion y fines consiguientes. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y en consecuencia, REVOCAR el Acuerdo de Concejo Nº 099-2013-MPP-C, y REFORMANDOLO, declarar INFUNDADO el recurso de reconsideracion en contra del Acuerdo de Concejo Nº 089-2013-MPP-C, e INFUNDADA la solicitud de suspension en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Pallasca, departamento de MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 25, numeral 4, de la Ley N.º 27972, Ley Organica de Municipalidades. Articulo Segundo.- REQUERIR al Concejo Provincial de Pallasca, departamento de MORDAZA, para que en un plazo MORDAZA de treinta dias naturales, luego de notificada la presente resolucion, adecue y apruebe su Reglamento Interno de Concejo, regulando las faltas con observancia de los principios de legalidad y tipicidad, asi como la correspondiente sancion, la cual no debe exceder del plazo MORDAZA de treinta dias naturales, acorde con la gravedad de la lesion del bien juridico protegido, y finalmente, establezca lo pertinente respecto a la ejecucion de la sancion de suspension, conforme a los considerandos de la presente resolucion, luego de lo cual debera cumplir con efectuar la publicacion del texto completo de las modificaciones, de conformidad con lo establecido en el articulo 44 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de remitir copias certificadas de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal de MORDAZA, a fin de que se ponga en conocimiento del fiscal provincial de turno, para que evalue la conducta

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de MORDAZA y regidora de la Municipalidad Distrital de Sayapullo, provincia de Gran Chimu, departamento de La MORDAZA
RESOLUCION Nº 0173-2014-JNE Expediente Nº J-2013-1545 SAYAPULLO - GRAN CHIMU - LA MORDAZA MORDAZA, veintiocho de febrero de dos mil catorce VISTO el escrito presentado el 4 de diciembre de 2013 por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Yanett MORDAZA Briceno, regidores de la Municipalidad Distrital de Sayapullo, provincia de Gran Chimu, departamento de La MORDAZA, al haberse declarado la vacancia del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por incurrir en las causales previstas en el articulo 22, numerales 6 y 8, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. ANTECEDENTES A traves del escrito del visto (fojas 1 a 24, incluidos los anexos), MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Yanett MORDAZA Briceno, regidores de la Municipalidad Distrital de Sayapullo, informaron que, en sesion extraordinaria del 9 de setiembre de 2013, el Concejo Distrital de Sayapullo declaro la vacancia del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber incurrido en las causales establecidas en el articulo 22, numerales 6 y 8, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM). Acompanaron, a tal efecto, MORDAZA del acta correspondiente a la sesion de concejo (fojas 9 a 11) y la MORDAZA de la ejecutoria suprema de fecha 7 de MORDAZA de 2009, recaida en el Recurso de Nulidad Nº 1722-2009, emitida por la MORDAZA Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica (fojas 12 a 21). El 16 de diciembre de 2013, los regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Yanett MORDAZA Briceno informaron que, a traves del acta de fecha 11 de diciembre de 2013, se declaro consentido el acuerdo de concejo del 9 de setiembre de 2013, que declaro la vacancia en el cargo del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por lo que procedia la convocatoria de candidato no proclamado (fojas 25 y 26). Mediante Oficios Nº 5790-2013-SG/JNE (fojas 114) y Nº 0346-2014-SG/JNE (fojas 143), del 26 de diciembre de 2013 y 30 de enero de 2014, respectivamente, la Secretaria General del MORDAZA Nacional de Elecciones solicito a la presidencia de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA que informe sobre el estado del MORDAZA penal seguido contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y que remita las copias certificadas de las resoluciones

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