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El Peruano Domingo 16 de marzo de 2014 519024 procedimiento N° 15 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia; Que, la dos (02) ofi cinas especiales fueron autorizadas mediante Resolución SBS N° 8750-2011 del 02 de agosto de 2011 y Resolución SBS N° 6426-2013 del 25 de octubre de 2013, respectivamente; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “B”; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 6285-2013; y en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Edpyme Marcimex S.A. el traslado de dos (02) ofi cinas especiales según el siguiente detalle: N° Tipo Denomi- nación Dirección Actual Nueva Dirección Distrito Provincia Departa- mento 1 Ofi cina Especial Ayacucho Av. Mariscal Cáceres N° 925 Av. Mariscal Cáceres N° 751 Ayacucho Huamanga Ayacucho 2 Ofi cina Especial Otuzco Carretera Panamericana Norte Km. 557 - Moche - Trujillo. Calle Tacna N° 616 (Mz. 63 Lt.18) Otuzco Otuzco La Libertad Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1061677-1 Opinan favorablemente para que el Fondo MIVIVIENDA S.A. realice emisiones de bonos corporativos RESOLUCIÓN SBS N° 1506-2014 Lima, 10 de marzo de 2014 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por el Fondo MIVIVIENDA S.A., para que se opine favorablemente sobre la emisión en serie en el mercado internacional (incluyendo el mercado local) de bonos corporativos, hasta por un monto máximo en circulación de S/. 2 500 000 000.00 (Dos mil quinientos millones y 00/100 Nuevos Soles) o su equivalente en moneda extranjera; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, en adelante Ley General, en su artículo 234º, faculta a las empresas a emitir los instrumentos a que se refi ere la Ley del Mercado de Valores, y aquellos que la Superintendencia autorice mediante norma de carácter general; Que, el artículo 232º de la Ley General establece que la emisión de instrumentos fi nancieros requerirá opinión favorable expedida por Resolución de esta Superintendencia; Que, la Circular SBS Nº B-2074-2000 y el Procedimiento Nº 25 del Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia regula la emisión en serie de instrumentos fi nancieros por parte de las entidades del sistema fi nanciero; Que, en Sesión de Directorio del Fondo MIVIVIENDA celebrada el 15 de noviembre de 2013, se aprobó la emisión de bonos corporativos en el mercado internacional (incluyendo al mercado local), hasta por S/. 2 500 000 000.00 (Dos mil quinientos millones y 00/100 nuevos soles) o su equivalente en moneda extranjera; Que, el Fondo MIVIVIENDA ha cumplido con presentar la documentación requerida según lo señalado en el Procedimiento Nº 25 del Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia; Estando a lo opinado por los Departamentos de Supervisión Bancaria “D” y de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones, y con la conformidad de las Superintendencias Adjuntas de Asesoría Jurídica, de Riesgos y de Banca y Microfi nanzas, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General y sus modifi catorias; RESUELVE: Artículo 1º.- Opinar favorablemente para que el Fondo MIVIVIENDA S.A. realice la emisión de bonos corporativos en el mercado internacional (incluyendo el mercado local), hasta por un monto máximo en circulación de S/. 2 500 000 000.00 (Dos mil quinientos millones y 00/100 Nuevos Soles) o su equivalente en moneda extranjera. Artículo 2º.- De Conformidad con el expediente alcanzado, para realizar la emisión señalada en el artículo anterior en una moneda distinta al Nuevo Sol y Dólar de los Estados Unidos de Norteamérica, el Fondo MIVIVIENDA S.A. deberá contar previamente con la autorización correspondiente por parte de esta Superintendencia, para el uso de instrumentos derivados que permitan realizar la cobertura de riesgos respectiva. Regístrese, comuníquese y publíquese DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1061806-1 RESOLUCIÓN SBS N° 1508-2014 Lima, 10 de marzo de 2014 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por el Fondo MIVIVIENDA S.A., para que se opine favorablemente sobre la emisión de Bonos Corporativos denominados “Senior Notes” o “Notes” en el mercado internacional bajo la Rule 144A y la Regulation S del U.S. Securities Act of 1933 y/o en el mercado local en el marco de la Ley del Mercado de Valores, por un monto de USD 300 000 000.00 (Trescientos millones y 00/100 Dólares de Estados Unidos de Norteamérica) o su equivalente en moneda nacional; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley N° 26702, en adelante Ley General, en su artículo 234° , faculta a las empresas a emitir los instrumentos a que se refi ere la Ley del Mercado de Valores, y aquellos que la Superintendencia autorice mediante norma de carácter general; Que, el artículo 232° de la Ley General establece que la emisión de instrumentos fi nancieros requerirá opinión favorable expedida por Resolución de esta Superintendencia; Que, la Circular SBS N° B-2074-2000 y el Procedimiento N° 25 del Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia regulan la emisión en serie de instrumentos fi nancieros por parte de las entidades del sistema fi nanciero; Que, mediante Resolución SBS Nº 8918-2012 esta Superintendencia opinó favorablemente para que el