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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2014 (27/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 62

El Peruano Jueves 27 de marzo de 2014 519684 que impide, difi culta y perjudica el libre tránsito peatonal y vehicular, por lo que se hace necesario elevar el monto de la sanción para que su percepción justifi que el costo de la acción municipal y, por otro lado, desincentive está conducta que viene siendo reiterada; Que, el artículo 40 de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades - establece que las Ordenanzas Municipales son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal. Asimismo, indica que mediante ordenanzas se crean, modifi can, suprimen, exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por Ley. Estando a lo expuesto y con el Dictamen favorable de XXXX, y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, con el voto unánime y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta; Aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE MODIFICA EL CÓDIGO 07-507 DE LA ORDENANZA N° 234-2011-MDR – RÉGIMEN MUNICIPAL DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS Y CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC Artículo Primero.- Modifi car el cuadro de infracciones ORDENANZA N° 234 -2011-MDR – RÉGIMEN MUNICIPAL DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS Y CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC de la siguiente forma: CÓDIGO INFRACCIÓN PROCEDIMIENTO PREVIO UIT MEDIDA COMPLEMENTARIA 07.0507 Por dejar desmonte o material excedente durante o al culminar la ejecución de la obra o de actividades menores de acondicionamiento y/o de refacción de edifi caciones en predios o en la vía pública. 01 UIT Ejecución Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Fiscalización Administrativa el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal, Secretaría Municipal y a la Subgerencia de Informática, disponga la publicación de la presente Ordenanza en la página web de la corporación edil, cuya dirección es www. munirimac.gob.pe. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en Palacio Municipal al primer día del mes marzo de 2014. ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ Alcalde 1066460-1 Aprueban la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad ORDENANZA N° 377-MDR EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC POR CUANTO: Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 01 de marzo de 2014, Informe N° 164 -2014-GAJ-MDR de fecha 25 de febrero de 2014 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Memorándum N° 106-2014-GPP/MDR de fecha 25 de febrero de 2014 de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, Memorándum N° 021-2014-GDEL/MDR de fecha 25 de febrero de 2014 de la Gerencia de Desarrollo Económico Local, sobre el Proyecto de Ordenanza, que aprueba la modifi cación parcial del artículo 71° y 72° del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital del Rímac. CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 26° establece que la administración municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en los principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior. Se rige por los principios de legalidad, economía, transparencia, simplicidad, efi cacia, efi ciencia participación y seguridad ciudadana, y por los contenidos en la Ley N° 27444; Que, este mismo cuerpo normativo señala en su artículo 9° que son atribuciones del Concejo Municipal, en su numeral 3), señala aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local”; precepto normativo que guarda relación directa con el Artículo 40° de la misma ley, estableciendo que a través de las Ordenanzas Municipales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna de la municipalidad; Que, mediante al Decreto Supremo N° 043-2006- PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboración del Reglamento de Organización y Funciones para las entidades de la Administración Pública, señala en su articulo 10° los criterios para la elaboración del ROF, siendo para este caso el literal “b) Diseñar la organización con criterios de simplicidad y fl exibilidad que permitan el cumplimiento de los fi nes de la entidad con mayores niveles de efi ciencia y una mejor atención a los ciudadanos” Que, mediante Ordenanza N° 364-2013-MDR, la municipalidad ha adecuado y regulado el procedimiento de otorgamiento de Licencia de Funcionamiento en el Distrito del Rímac, acorde con la Ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento; Que, mediante Memorándum N° 021-GDEL/MDR de la Gerencia de Desarrollo Económico Local de fecha 25 de febrero de 2014, la Gerencia de Desarrollo Económico Local, presenta el proyecto de modifi cación parcial de los artículos 71° y 72° para la modifi cación y delegación de funciones de la unidad orgánica a su cargo, a la Sub Gerencia de Comercialización y Mercados en el marco de la Ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de funcionamiento; Que, mediante Informe N° 164-2014-GAJ-MDR de fecha 25 de febrero de 2014 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable para el proceso de aprobación de la modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital del Rímac; Estando a los fundamentos expuestos y de conformidad con lo dispuesto por los numerales 8) y 9) de los artículos 9° y 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y contando con el voto unánime de los regidores y con la dispensa de la lectura y trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 71° Y 72° DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC Artículo Primero.- DEROGAR el literal g) del artículo 71° de la Gerencia de Desarrollo Económico Local, Artículo Segundo.- INCORPORAR el literal k) en el artículo 72° de la Sub Gerencia de Comercialización y Mercados: “k) Emitir autorizaciones y licencias para el desarrollo de actividades comerciales”. Artículo Tercero: ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, el proceso de implementación y aplicación de la presente Ordenanza.