Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2014 (27/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano Jueves 27 de marzo de 2014

519681
POR CUANTO: El Concejo del MORDAZA en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 01 de marzo de 2014, Informe N° 165-2014-GAJMDR de fecha 26 de febrero de 2014 de la Gerencia de Asesoria Juridica, Memorandum N° 061-2014-GDU/MDR de fecha 25 de febrero de 2014 de a Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Informe N° 30-2014-SGSVT-GDU/MDR de fecha 25 de febrero de 2014 de la Subgerencia de Seguridad Vial y Transporte, Informe N° 760-2013-SGCUOP-GDUMDR, respecto al proyecto de Ordenanza que regula el Transporte de Vehiculos Menores en la MORDAZA Monumental y MORDAZA Restringida del distrito del Rimac; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 11.2 del articulo 11° de la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, los gobiernos locales emiten las normas complementarias para la aplicacion de los reglamentos nacionales dentro de su respectivo ambito territorial y de sus competencias, sin transgredir ni desnaturalizar la presente Ley ni los reglamentos nacionales; Que, el literal a) del articulo 4° del Decreto Supremo N° 055-2010-MTC, que aprueba el Reglamento Nacional de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Motorizados o No Motorizados, dispone que las Municipalidades Distritales son competentes para aprobar normas complementarias necesarias para su gestion y fiscalizacion del Servicio Especial, dentro de su jurisdiccion, de conformidad con lo establecido en la legislacion vigente y sin contravenir el Reglamento Nacional; Que, la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, en su articulo 81° numeral 3.2, establece que son funciones especificas compartidas de las municipalidades distritales, el otorgar licencias para la circulacion de vehiculos menores y demas, de acuerdo con lo establecido en la regulacion provincial; Ejerciendo las facultades conferidas por la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA unanime de sus regidores y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; ha emitido la siguiente: ORDENANZA QUE RESTRINGE EL TRANSPORTE EN VEHICULOS MENORES EN LA MORDAZA MONUMENTAL DEL DISTRITO DEL MORDAZA DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- OBJETO. La Ordenanza tiene por objeto emitir normas complementarias para la aplicacion de los reglamentos nacionales que regulan el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores de tres (3) ruedas motorizados, dentro de la MORDAZA Monumental y Restringida del Distrito del MORDAZA, garantizando las condiciones optimas de calidad y seguridad en la prestacion del servicio para el usuario y el conductor. Articulo 2°.- FINALIDAD. Mejorar y garantizar la calidad del servicio, con criterio de seguridad, operatividad, limpieza y MORDAZA de las unidades vehiculares que brindan el servicio de transporte publico especial de pasajeros en vehiculos menores en el distrito del Rimac. Articulo 3°.- AMBITO DE APLICACION. La presente MORDAZA alcanza a las personas juridicas prestadoras del servicio de transporte publico especial de pasajeros en vehiculos menores de tres (3) ruedas, motorizados, autoridades competentes, propietarios de vehiculos menores, conductores del servicio especial y a toda la comunidad del distrito del Rimac. Articulo 4°.- BASE LEGAL: a.- Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades. b.- Ley N° 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre. c.- Ley N° 27189, Ley de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores. d.- Decreto Supremo N° 058-2003-MTC, que aprueba el Reglamento Nacional de Vehiculos.

de elementos de seguridad resguardando el derecho a la MORDAZA, integridad fisica, libre MORDAZA y propiedad privada); DS Nº 025-2008-MTC (reglamento nacional de inspecciones vehiculares); Ordenanza Nº 694 (sistema de revisiones tecnicas vehiculares); Ley de transporte publico especial de pasajeros en vehiculos menores Nº 27189; Ley Nº 27181 (Ley general de transporte y MORDAZA terrestre); DS Nº 055-2010-MTC (reglamento nacional de transporte publico especial de pasajeros en vehiculos motorizados o no motorizados) y Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva Nº 26979; Que, el numeral 38.5 de la Ley Nº 27444 -Ley del Procedimiento Administrativo General- establece que toda modificacion del MORDAZA que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe aprobar mediante Decreto de Alcaldia en el caso de los gobiernos locales, lo cual guarda concordancia con lo senalado en el articulo 36º numeral 3) de la misma norma. Por ello, con el objeto de adecuar este instrumento de gestion institucional con lo dispuesto en las normativas glosadas y contando para ello con los vistos buenos de la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, y de la Gerencia de Asesoria Juridica; Estando a los fundamentos legales expuestos y a los documentos de vistos, corresponde modificar y eliminar los procedimientos MORDAZA mencionados y en uso de las facultades conferidas en el articulo 20º numeral 6) y el articulo 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­; DECRETA: Articulo Primero.- Modificar los procedimientos Nºs.: 3.02, 5.01, 5.02, 5.03, 5.04, 5.05, 5.06, 5.07, 5.08, 5.09, 5.10, 5.11, 5.12, 5.13, 5.14, 5.15, 5.16, 5.17, 5.18, 5.19, 5.20, 5.21, 5.22, 5.23, 5.24, 5.25, 5.27, 5.28, 5.30, 5.31, 5.32, 5.33, 5.34, 5.35, 5.37, 5.39, 5.40, 5.41, 5.42, 5.43, 5.44, 5.45, 5.47, 5.48, 5.51, 5.54, 5.55, 5.56, 5.57, 5.58, 5.59, 5.60, 7.01, 8.02, 8.03, 8.05, 8.06, 8.07, 8.09, 8.10 y, ademas, eliminar los procedimientos Nos.: 3.03 y 8.11 que se encuentran comprendidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA ­ de la Municipalidad de La MORDAZA, conforme se detallan en el anexo que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a la Gerencia de Administracion Documentaria e Informatica, a la Gerencia de Fiscalizacion y Control, a la Subgerencia de Planeamiento y Racionalizacion, a la Subgerencia de Tecnologia de la Informacion, a la Subgerencia de Obras Privadas y Control MORDAZA, a la Subgerencia de Obras Publicas, MORDAZA y Transporte, a la Subgerencia de Comercializacion, conforme a sus atribuciones y competencias. Articulo Tercero.- Encargar a la Subgerencia de Tecnologia de la Informacion la publicacion del presente Decreto y su anexo en el MORDAZA institucional www.munilavictoria.gob.pe y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas (PSCE) www. serviciosalciudadano.gob.pe, asi como la ejecucion de las acciones complementarias que corresponde a su competencia. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA AIZCORBE C. MORDAZA 1067325-1

MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Restringen el transporte en vehiculos menores en la MORDAZA monumental del distrito
ORDENANZA N° 375-MDR EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DEL RIMAC:

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