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El Peruano Jueves 27 de marzo de 2014 519680 • Infracción grave: multas de 10 UIT hasta 30 UIT y decomiso de material extraído (de 5000 m3 hasta 15000 m3 de volumen extraído). • Infracción muy grave: multas hasta 50 UIT y decomiso de material de extraído. (más de 15000 m3 de volumen extraído). b) Extracción excediendo el volumen autorizado: 1 UIT y decomiso. c) Transporte de material de acarreo sin la correspondiente guía establecida por la autoridad, municipal competente o por adulteración evidente de la guía de transporte: 20% 1 UIT y decomiso. d) Transporte de material de acarreo negándose a la presentación de la guía de transporte a la autoridad municipal competente o por corresponder dicha guía a una zona distinta a la autorizada: 10 % UIT y decomiso. e). Transporte de material de acarreo con guía erróneamente llenada o con enmendaduras: 5% 1UIT y decomiso. f). La reincidencia en la comisión de una misma falta se sancionará con el doble de la multa señalada en los incisos precedentes y la comisión reiterada de dos o más faltas contempladas por la presente ordenanza se sanciona con el doble de la multa de la falta de mayor, en ambos casos se procede a la caducidad de la autorización que se hubiera concedido y/o la inhabilitación del infractor para solicitar alguna titularidad de las autorizadas por la presente ordenanza, por el plazo de un año. Artículo 24º.- Detectada la comisión de algunas de las infracciones precedentemente señaladas, la autoridad municipal respectiva procederá a la imposición de la papeleta de notifi cación correspondiente, así como a decomiso del material ilegalmente extraído o transportado. El presunto infractor podrá impugnar dicha medida dentro del plazo máximo de 02 días hábiles, al término del cual, recibido o no dicho descargo, la jefatura de rentas, expedirá la resolución aplicando la sanción y medidas correctivas defi nitivas o dejando sin efecto las papeletas impuestas. CAPÍTULO V NORMA COMPLEMENTARIA Artículo 25º.- MODIFICACIÓN DEL TUPA Inclúyase los procedimientos administrativos comprendidos en la presente ordenanza, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad. Artículo 26º.- IMPLANTACIÓN DEL SISTEMA Encárguese a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de Ancón, la responsabilidad del cumplimiento de la presente ordenanza y la implantación del Registro y Sistema Automatizado de las Autorizaciones para la extracción de materiales a que se refiere la presente ordenanza, bajo responsabilidad. Corresponde a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de Ancón alcanzar el informar sobre las zonas y/o áreas aptas para la extracción de materiales a que se refi ere la presente ordenanza. Artículo 27º.- Encárguese a la Gerencia Municipal, Secretaría General y Gerencia de Desarrollo Urbano el cumplimiento de la presente ordenanza. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Única.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía proceda a la implementación de las disposiciones y/o directivas que resulten necesarias para el desarrollo de la presente ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PEDRO JOHN BARRERA BERNUI Alcalde 1066429-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Modifican el TUPA de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2014-ALC/MLV La Victoria, 21 de marzo de 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA VISTOS: El informe Nº 0110-2014-GAJ/MLV de la Gerencia de Asesoría Jurídica de 14 de marzo de 2014, con su proveído Nº 659-14 de la Gerencia Municipal; el informe Nº 041-2014-SGPR-GPP/MLV de la Subgerencia de Planeamiento y Racionalización de 11 de marzo de 2014; el memorándum Nº 191-2014-GM-MDLV de la Gerencia Municipal de 14 de febrero de 2014; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – establece que los gobiernos locales tienen autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Nº 082-2009/MLV la Municipalidad de La Victoria aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA – de la entidad, el cual fue ratifi cado por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo Nº 335, siendo publicadas ambas normas en el diario ofi cial El Peruano con fecha 27 de septiembre del 2009; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 002-2014-ALC/ MLM de 7 de febrero de 2014 publicada en El Peruano el 21 de febrero de 2014, la Municipalidad de La Victoria modifi có los procedimientos Nº 5.51, 5.52, 5.53 de la Subgerencia de Obras Publicas, Tránsito y Transporte, y los procedimientos Nº 5.01, 5.11, 5.12, 5.14, 5.15, 5.16 de la Subgerencia de Obras Privadas, Catastro y Control Urbano; Que, en virtud de las normas legales glosadas, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y la Subgerencia de Planeamiento y Racionalización comunican la necesidad de modifi car un conjunto de procedimientos sobre califi cación del plazo y eliminación de requisitos que no implican creación de nuevos procedimientos, ni tampoco incrementos de derechos de tramitación o requisitos, tales como los procedimientos Nos.: 3.02, 5.01, 5.02, 5.03, 5.04, 5.05, 5.06, 5.07, 5.08, 5.09, 5.10, 5.11, 5.12, 5.13, 5.14, 5.15, 5.16, 5.17, 5.18, 5.19, 5.20, 5.21, 5.22, 5.23, 5.24, 5.25, 5.27, 5.28, 5.30, 5.31, 5.32, 5.33, 5.34, 5.35, 5.37, 5.39, 5.40, 5.41, 5.42, 5.43, 5.44, 5.45, 5.47, 5.48, 5.51, 5.54, 5.55, 5.56, 5.57, 5.58, 5.59, 5.60, 7.01, 8.02, 8.03, 8.05, 8.06, 8.07, 8.09, 8.10, además de la eliminación de los procedimientos Nos.: 3.03 y 8.11 del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA – de la Municipalidad de La Victoria; Que, en los documentos de vistos, aparece la base legal que justifi ca la necesidad de modifi car y eliminar algunos procedimientos con la fi nalidad de eliminar las barreras burocráticas en el TUPA vigente; a saber: Artículo 40º de la Ley Nº 27444 (establece la documentación prohibida de solicitar por la entidad); Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones Nº 29090; DS Nº 008-2013-VIVIENDA (procedimientos de licencia de edifi cación); Ley Nº 30056 ley para facilitar la inversión, impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento empresarial); Ley Nº 27157 Declaratoria de fábrica y régimen de unidades inmobiliarias de propiedad exclusiva y de propiedad común); Ley Nº 29898 (modifi ca la Ley Nº 29090); DS Nº 011-2006-VIVIENDA (normas técnicas del Reglamento Nacional de Edifi caciones); DS Nº 133-2013- EF (aprueba el TUO del Código Tributario); Ley marco de licencia de funcionamiento Nº 28976; Ordenanza Nº 1094-MML (ubicación de anuncios y avisos publicitarios en la provincia de Lima); Ordenanza Nº 690-MML (uso