Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2014 (07/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano Miercoles 7 de MORDAZA de 2014

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las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificacion profesional y desarrollo laboral; Que, de acuerdo al numeral 20.3 del articulo 20º de la Ley Nº 28740, Ley del SINEACE, aprobado con el Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, la certificacion de las competencias profesionales es otorgada por la entidad certificadora autorizada por los organos operadores respectivos; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 27º literal h) del mencionado Reglamento, es funcion del Instituto Peruano de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Basica (IPEBA), autorizar y registrar a las entidades certificadoras; Que, en atencion a lo recomendado por la Directora de Evaluacion y Certificacion del IPEBA mediante Informe Nº 015- DEC-IPEBA-2014, en Sesion Nº155 del 05 de marzo 2014, por Acuerdo Nº 491-2014-IPEBA, el Directorio del IPEBA autorizo como Entidad Certificadora de Competencias en las ocupaciones de Maestra Clasificadora de Fibra de Alpaca, Esquilador de Alpacas y Extensionista en el Manejo Productivo de Camelidos Domesticos, a la Asociacion Practical Action ­ Soluciones Practicas, con una vigencia de dos (02) anos; Que, mediante el documento de visto, la Coordinadora Tecnica del IPEBA, hace de conocimiento el acuerdo MORDAZA mencionado y solicita su oficializacion; Que, el Consejo Superior del SINEACE, a traves del Acuerdo Nº 267-2014-COSUSINEACE arribado Sesion Nº 56 del 23 de MORDAZA del 2014, acordo oficializar el Acuerdo Nº 491-2014-IPEBA, mediante el cual el Directorio del IPEBA acordo aprobar la autorizacion como Entidad Certificadora de Competencias en las ocupaciones de Maestra Clasificadora de Fibra de Alpaca, Esquilador de Alpacas y Extensionista en el Manejo Productivo de Camelidos Domesticos, a la Asociacion Practical Action ­ Soluciones Practicas; De conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 28740, Ley del SINEACE, su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 018-2007-ED y las atribuciones conferidas mediante Resolucion Ministerial Nº 0500-2012-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Oficializar el Acuerdo Nº 491-2014-IPEBA, de Sesion Nº155 del 05 de marzo del 2014, mediante el cual el Directorio del Instituto Peruano de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Basica ­ IPEBA, aprobo la Autorizacion como Entidad Certificadora de Competencias en las ocupaciones de Maestra Clasificadora de Fibra de Alpaca, Esquilador de Alpacas y Extensionista en el Manejo Productivo de Camelidos Domesticos, a la Asociacion Practical Action ­ Soluciones Practicas, con una vigencia de dos (02) anos. Articulo 2º.- Disponer la incorporacion de la Asociacion Practical Action ­ Soluciones Practicas, en el Registro Nacional de Entidades Certificadoras del Instituto Peruano de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Basica. Articulo 3º.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Web Institucional del Consejo Superior del SINEACE, asi como en la pagina web del Instituto Peruano de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Basica ­ IPEBA. Registrese, publiquese y comuniquese.

Que, en atencion a lo recomendado por la Directora de Evaluacion y Certificacion del IPEBA mediante Informe Nº06- DEC-IPEBA-2014, en Sesion N°156 del 12 de marzo del 2014, por Acuerdo Nº 494-2014-IPEBA, el Directorio del IPEBA autorizo la certificacion como evaluadores de competencias en la ocupacion de Operarios en el Manejo de Uva de Mesa a 03 participantes que aprobaron la capacitacion en el ambito del IPEBA, por un periodo de tres anos; Que, mediante el documento de visto, la Coordinadora Tecnica del IPEBA, hace de conocimiento el acuerdo MORDAZA mencionado y solicita su oficializacion; Que, el Consejo Superior del SINEACE, a traves del Acuerdo N° 271-2014-COSUSINEACE arribado Sesion Nº 56 del 23 de MORDAZA del 2014, acordo oficializar el Acuerdo Nº 494-2014-IPEBA, mediante el cual el Directorio del IPEBA aprobo la certificacion de tres evaluadores de competencias en la ocupacion de Operarios en el Manejo de Uva de Mesa; De conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 28740, Ley del SINEACE, su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 018-2007-ED y las atribuciones conferidas mediante Resolucion Ministerial Nº 0500-2012-ED; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Oficializar el Acuerdo Nº 494-2014IPEBA, de Sesion N° 156 del 12 de marzo del 2014, mediante el cual el Directorio del IPEBA acordo certificar como Evaluadores de Competencias en la ocupacion de Operarios en el Manejo de Uva de Mesa, por un periodo de tres anos, a las personas que se indican en cuadro anexo que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Disponer la incorporacion de las personas comprendidas en el articulo 1° de la presente Resolucion, en el Registro de Especialistas en Evaluacion de Competencias Profesionales del Instituto Peruano de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Basica. Articulo 3°.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Web Institucional del Consejo Superior del SINEACE, asi como en la pagina web del Instituto Peruano de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion BasicaIPEBA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo Superior SINEACE 1079584-16

Oficializan acuerdos que aprobaron la autorizacion de Entidades Certificadoras de Competencias en diversas ocupaciones y su incorporacion en el Registro Nacional de Entidades Certificadoras del IPEBA
RESOLUCION DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO SUPERIOR Nº 055-2014-COSUSINEACE/P MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2014 VISTO: El Oficio Nº 105-2014-IPEBA-CT, del 09 de MORDAZA de 2014, que remite el Instituto Peruano de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Basica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28740, a traves de su articulo 5º establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa (SINEACE), el garantizar a la sociedad que las instituciones educativas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el proposito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo Superior SINEACE 1079584-12 RESOLUCION DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO SUPERIOR Nº 056-2014-COSUSINEACE/P MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2014 VISTO: El Oficio Nº 059-2013/COSUSINEACE/IPEBA-CT, del 26 de diciembre del 2013, que remite el Instituto Peruano de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Basica; y,

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