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El Peruano Miércoles 7 de mayo de 2014 522482 Artículo Tercero.- Disponer que el personal del Centro de Distribución General, en coordinación con el Área de Informática de las Cortes Superiores de Justicia de Lima, Lima Norte, Lima Sur y Callao, realicen la redistribución de expedientes de los órganos jurisdiccionales que vienen tramitando procesos por pérdida de dominio hacia el 1° Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Lima, materia de la presente resolución, considerando que dicha redistribución se realizará en aquellos expedientes en los que aún no se haya iniciado la audiencia de actuación de medios probatorios, caso contrario, deberán culminar en su mismo órgano jurisdiccional. El proceso de redistribución de expedientes se realizará bajo responsabilidad funcional de los Jefes de dichos órganos administrativos. Artículo Cuarto.- Disponer que los expedientes a redistribuir deben contener todos sus cuadernos y anexos completos, debidamente cosidos, foliados y con sus cargos de notifi cación, debiéndose coordinar con la Ofi cina de Servicio de Notifi caciones de cada sede judicial para que a partir del inicio de la redistribución de expedientes, remitan los cargos de notifi caciones a los Centros de Distribución General correspondientes, quienes los custodiarán y los enviarán oportunamente al 1° Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Lima, en adición de funciones Juzgado Penal Especializado para conocer procesos sobre Pérdida de Dominio. Los escritos ingresados hasta el día 14 de diciembre del año en curso, deberán encontrarse debidamente proveídos, cosidos y foliados en el expediente, bajo responsabilidad de los Jueces y auxiliares jurisdiccionales de donde se redistribuyan dichos procesos por pérdida de dominio. Artículo Quinto.- Disponer que los escritos ingresados a partir del 15 de diciembre del presente año, deben custodiarse en el Centro de Distribución General de cada sede judicial hasta la fi nalización de la redistribución de expedientes, debiendo ser remitidos a los órganos jurisdiccionales correspondientes para su trámite, dando preferencia a aquellos que tienen plazos por vencerse y medidas cautelares. Artículo Sexto.- Disponer que la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura y los Jueces Coordinadores de las Cortes Superiores de Justicia de Lima, Lima Norte, Lima Sur y Callao, supervisarán que los expedientes deban entregarse y redistribuirse observando los criterios establecidos en la presente resolución y en las normas de la materia. Artículo Sétimo.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de Lima, Lima Norte, Lima Sur y Callao: y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 1080000-1 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA RECTIFICACIÓN ACUERDOS PLENARIOS Nº1-2012/CJ-116, Nº 2-2012/CJ-116 Y Nº 3-2012/CJ-116, DEL I PLENO JURISDICCIONAL EXTRAORDINARIO DE LAS SALAS PENALES PERMANENTE Y TRANSITORIA 2012 Las Salas Penales Permanente y Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, realizaron el I Pleno Jurisdiccional Extraordinario Penal de la Salas Penales Permanente y Transitoria 2012 al amparo del artículo 116º del T.U.O de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Mediante Ofi cio Nº 1434-2014-SG-CS-PJ, la Secretaría General de la Corte Suprema de la República solicita la rectifi cación en la denominación de los Acuerdos Plenarios Nº 1-2012/CJ-116, Nº 2-2012/CJ-116 y Nº 3-2012/CJ-116 (publicados en la edición del 26 de julio de 2012, páginas 471452 al 471465), de la forma siguiente: “ ACUERDO PLENARIO EXTRAORDINARIO Nº1-2012/CJ-116” “ACUERDO PLENARIO EXTRAORDINARIO Nº 2-2012/CJ-116” “ACUERDO PLENARIO EXTRAORDINARIO Nº 3-2012/CJ-116” VÍCTOR PRADO SALDARRIAGA Juez Supremo Títular Coordinador del VIII Pleno Jurisdiccional de las Salas Penales Permanente y Transitoria 1065956-1 ORGANOS AUTONOMOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Declaran nulo Acuerdo de Concejo que rechazó pedido de vacancia interpuesto contra regidora del Concejo Distrital de Chavín de Huántar, provincia de Huari, departamento de Áncash RESOLUCIÓN N° 199-2014-JNE Expediente Nº J-2013-01534 CHAVÍN DE HUÁNTAR - HUARI - ÁNCASH RECURSO DE APELACIÓN Lima, trece de marzo de dos mil catorce. VISTO en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Miguel Ángel Pozo García, Adrián Eugenio Villanueva Abarca y Florencio Mario Vega Llanos en contra del acuerdo de concejo adoptado en la sesión extraordinaria del 27 de noviembre de 2013, a través del cual se rechazó la solicitud de vacancia presentada contra Daniela Milagros Chávez Espinoza, regidora de la Municipalidad Distrital de Chavín de Huántar, provincia de Huari y departamento de Áncash, por la causal prevista en el artículo 22, inciso 8, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, teniendo a la vista los Expedientes Nº J-2012-1603, Nº J-2013-585 y Nº J-2013-1147, y oídos los informes orales. ANTECEDENTES Respecto a la solicitud de vacancia Con fecha 29 de noviembre de 2012, Miguel Ángel Pozo García, Florencio Mario Vega Llanos y Adrián Eugenio Villanueva Abarca solicitaron ante el Jurado Nacional de Elecciones la vacancia de la regidora Daniela Milagros Chávez Espinoza, por haber ejercido injerencia en la contratación de su primo hermano, a efectos de que laborase y prestara servicios en la Municipalidad Distrital de Chavín de Huántar, incurriendo de esta manera en la causal de nepotismo, establecida en el artículo 22, numeral 8, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM). Los recurrentes afi rman que la regidora cuestionada ejerció injerencia en la contratación de su primo hermano, Juan Genri Chávez Aylas, el cual, tal como se aprecia en el informe económico del Portal de Transparencia económica del Ministerio de Economía y Finanzas (en adelante MEF), fue proveedor de la municipalidad distrital durante los años 2011 y 2012. A efectos de acreditar sus alegaciones, los solicitantes de la vacancia adjuntaron los siguientes documentos: