Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2014 (07/05/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano Miercoles 7 de MORDAZA de 2014

522483
e) La solicitud de vacancia representa una accion de amedrentamiento por parte de la familia MORDAZA MORDAZA, al habersele aplicado, a traves de la Resolucion Gerencial Nº 203-2011-MDCHH/GM del 24 de junio de 2011, la penalidad ascendente a S/. 317 000,00 (trescientos diecisiete mil y 00/100 nuevos soles), en el MORDAZA del contrato de construccion del terminal terrestre en el distrito de Chavin de Huantar, obra adjudicada al consorcio Constructora Corazon de MORDAZA y Consultores y Obras (fojas 55 a 60, Expediente Nº J-2013-585). Respecto al pronunciamiento del Concejo Distrital de Chavin de Huantar y al recurso de apelacion interpuesto por los recurrentes En merito de lo ordenado por este organo colegiado, con fecha 26 de MORDAZA de 2013, a traves del acuerdo del 21 de marzo de 2013, se realizo la sesion extraordinaria para tratar la vacancia de la regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Espinoza. En dicha sesion, tal como se aprecia del acta (fojas 27 a 32, Expediente Nº J-2013-585), se rechazo, por unanimidad, la solicitud de vacancia interpuesta contra la citada regidora. Tal decision quedo plasmada en el Acuerdo de Concejo Nº 023-2013-MDCHH/A, del 30 de MORDAZA de 2013 (fojas 24 a 26, Expediente Nº J-2013-585) En tal sentido, no estando conforme con la decision adoptada, con fecha 8 de MORDAZA de 2013, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA interponen ante el MORDAZA Nacional de Elecciones recurso de apelacion (fojas 1 a 4, Expediente Nº J-2013-585), el cual dio origen al Expediente Nº J-2013-585. En atencion de dicho recurso de apelacion, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, mediante el Auto Nº 1, del 8 de MORDAZA de 2013 (fojas 7 a 8, Expediente Nº J2013-585), admite a tramite el citado medio impugnatorio y requiere al gerente municipal que eleve el expediente del procedimiento de vacancia seguido contra la regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Espinoza. Respecto al pronunciamiento del Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones Elevados los autos a este organo colegiado, y luego de realizada la audiencia publica correspondiente, con fecha 25 de junio de 2013 se emitio la Resolucion Nº 6152013-JNE (fojas 290 a 295, Expediente Nº J-2013-585), a traves de la cual se declaro nulo el Acuerdo de Concejo Nº 023-2013-MDCHH/A, del 30 de MORDAZA de 2013, y se dispuso que se devuelvan los autos al concejo distrital para un MORDAZA pronunciamiento. Los argumentos expuestos en la citada resolucion fueron los siguientes: a) El concejo municipal, a fin de establecer y acreditar la relacion de parentesco entre la regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Genri MORDAZA MORDAZA, solo se MORDAZA en el reconocimiento que habria realizado la citada autoridad MORDAZA, sin tener como sustento ningun medio probatorio, como las partidas de nacimiento correspondientes que acreditasen el vinculo de consanguinidad. Por ello, se concluyo que al no haberse probado el parentesco a traves de las partidas de nacimiento respectivas, no se podia continuar con el tramite de los demas elementos que configuran la causal de nepotismo. En tal sentido, se requirio al concejo distrital para que incorpore al procedimiento de vacancia, las partidas de nacimiento y los documentos que acrediten la existencia del vinculo de parentesco. b) De otro lado, se verifico que el concejo distrital tampoco solicito, previamente a la sesion, el informe al area o unidad organica correspondiente respecto a la existencia de contratos celebrados con MORDAZA Genri MORDAZA MORDAZA o, en su defecto, las planillas de pago, recibos, ordenes de servicio, memorandos u otros que acrediten la existencia del vinculo laboral entre el municipio y dicha persona. En ese sentido, se solicito que se adjuntara la informacion relacionada con la existencia de contratos celebrados con MORDAZA Genri MORDAZA MORDAZA o, en su defecto, las planillas de pago, recibos, ordenes de servicio, memorandos u otros que permitan acreditar la existencia del vinculo laboral entre el municipio y dicha persona. c) Finalmente, y en cuanto a lo informado por los solicitantes de la vacancia, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

a) MORDAZA certificada del acta de nacimiento de la regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (fojas 8, Expediente Nº J-2012-1603). b) MORDAZA simple del reporte del MORDAZA de Transparencia economica del MEF, en las que se aprecia que MORDAZA Genri MORDAZA MORDAZA fue proveedor de la Municipalidad Distrital de Chavin de Huantar durante los anos 2011 (fojas 11) y 2012 (fojas 23). Dicha solicitud de vacancia dio origen al Expediente Nº J-2012-1603, en el que se emitio el Auto Nº 1, del 5 de diciembre de 2012, a traves del cual se corrio traslado de la solicitud a los miembros del Concejo Distrital de Chavin de Huantar, a efectos de que convoquen a una sesion extraordinaria y determinen si la autoridad cuestionada incurrio o no en la causal de nepotismo. Respecto al tramite seguido en sede municipal con relacion a la solicitud de vacancia presentada contra la regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Con el objeto de tratar la solicitud de vacancia presentada contra la regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asi como los demas miembros del concejo distrital, en merito a las distintas solicitudes de vacancia presentadas, se programo fecha para la realizacion de la sesion extraordinaria, para el 11 de marzo de 2013. Sin embargo, y ante la existencia de actos de violencia, alteraciones y danos que se registraron en el local de la entidad MORDAZA el dia MORDAZA senalado, el secretario general y el gerente municipal de la entidad MORDAZA, con fecha 18 de marzo de 2013, a traves del Oficio Nº 10-2013-M.D.CH.H/ SG (fojas 91 a 97, Expediente Nº J-2012-1603), pusieron en conocimiento de este organo colegiado que la sesion extraordinaria programada para el 11 de marzo de 2013 no se pudo llevar a cabo. En merito de lo informado por los funcionarios ediles, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, a traves del acuerdo de fecha 21 de marzo de 2013 (fojas 127 a 129, Expediente Nº J-2012-1603), concluyo que los actos de violencia ocurridos durante la sesion extraordinaria del 11 de marzo de 2013, vulneraron la integridad de sus participantes, lo cual ponia en evidencia que el distrito de Chavin de Huantar no contaba con las condiciones idoneas para la realizacion de una siguiente sesion de concejo. Por ello, y de manera excepcional, se considero necesario convocar a sesion extraordinaria en la sede de la Escuela Electoral y Gobernabilidad del MORDAZA Nacional de Elecciones, en la MORDAZA de MORDAZA, para el 26 de MORDAZA de 2013, a las 10:00 horas, con el objeto de que se deliberen y voten, entre otras solicitudes de vacancia, la solicitud presentada contra la regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Espinoza. Respecto de los descargos presentados por la regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mediante escrito, de fecha 23 de MORDAZA de 2013 (fojas 42 a 54, Expediente Nº J-2013-585), la regidora cuestionada presento sus descargos, bajo los siguientes fundamentos: a) No ha tenido injerencia en la contratacion de alguno de sus familiares, y desconoce que hayan mantenido algun MORDAZA de relacion laboral. b) Mediante la Carta Nº 001-2011-DMCHE/REGIDORA, del 20 de enero de 2011, solicito a la gerencia municipal que prohiba la contratacion de sus familiares, bajo cualquier modalidad contractual (fojas 126, Expediente Nº J-2013-585); c) La condicion de proveedores no constituye de modo alguno una relacion laboral con la entidad MORDAZA, toda vez que para que se incurra en dicha causal esta debe enmarcarse en un regimen laboral como el normado por los Decretos Legislativos Nº 728 y Nº 276, el Contrato Administrativo de Servicios-CAS, Locacion de Servicios, Servicios No Personales, respecto de obras por administracion directa, actividades y operaciones de mantenimiento; d) Con Memorandum Nº 016-2011-MDCHH/GM, del 25 de enero de 2011, la gerencia municipal dispuso la prohibicion de contratar bajo cualquier modalidad a los ciudadanos que guarden parentesco con los regidores hasta el MORDAZA grado de consanguinidad y MORDAZA de afinidad (fojas 127, Expediente Nº J-2013-585); y

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.