Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2014 (07/05/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano Miercoles 7 de MORDAZA de 2014

522475

RESOLUCION DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO SUPERIOR Nº 060-2014-COSUSINEACE/P MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2014 VISTO: El Oficio Nº 122-2014-IPEBA-CT, del 16 de MORDAZA del 2014, que remite el Instituto Peruano de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Basica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28740, a traves de su articulo 5º establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa (SINEACE), el garantizar a la sociedad que las instituciones educativas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el proposito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificacion profesional y desarrollo laboral; Que, de acuerdo al numeral 20.3 del articulo 20º de la Ley Nº 28740, Ley del SINEACE, aprobado con el Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, la certificacion de las competencias profesionales es otorgada por la entidad certificadora autorizada por los organos operadores respectivos; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 27º literal h) del mencionado Reglamento, es funcion del Instituto Peruano de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Basica (IPEBA), autorizar y registrar a las entidades certificadoras; Que, en atencion a lo recomendado por la Directora de Evaluacion y Certificacion del IPEBA mediante Informe Nº009-DEC-IPEBA-2014, en Sesion Nº149 del 04 de diciembre 2013, por Acuerdo Nº 479-2013-IPEBA, el Directorio del IPEBA autorizo como Entidad Certificadora de Competencias en la ocupacion de Operarios en el Manejo de Uva de Mesa, al Centro de Investigacion y Promocion del Campesinado - CIPCA; Que, mediante el documento de visto, la Coordinadora Tecnica del IPEBA, hace de conocimiento el acuerdo MORDAZA mencionado y solicita su oficializacion; Que, el Consejo Superior del SINEACE, a traves del Acuerdo Nº 272-2014-COSUSINEACE arribado Sesion Nº 56 del 23 de MORDAZA del 2014, acordo oficializar el Acuerdo Nº 479-2013-IPEBA, mediante el cual el Directorio del IPEBA acordo aprobar la autorizacion como Entidad Certificadora de Competencias en la ocupacion de Operarios en el Manejo de Uva de Mesa, al Centro de Investigacion y Promocion del Campesinado - CIPCA; De conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 28740, Ley del SINEACE, su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 018-2007-ED y las atribuciones conferidas mediante Resolucion Ministerial Nº 0500-2012-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Oficializar el Acuerdo Nº 479-2013IPEBA, de Sesion Nº149 del 04 de diciembre 2013, mediante el cual el Directorio del Instituto Peruano de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Basica ­ IPEBA, aprobo la Autorizacion como Entidad Certificadora de Competencias en la ocupacion de Operarios en el Manejo de Uva de Mesa, al Centro de Investigacion y Promocion del Campesinado - CIPCA. Articulo 2º.- Disponer la incorporacion del Centro de Investigacion y Promocion del Campesinado - CIPCA, en el Registro Nacional de Entidades Certificadoras del Instituto Peruano de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Basica. Articulo 3º.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Web Institucional del Consejo Superior del SINEACE, asi como en la pagina web del Instituto Peruano de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Basica ­ IPEBA. Registrese, publiquese y comuniquese.

Oficializan acuerdo que aprobo el "Procedimiento de Evaluacion externa con fines de Acreditacion de Instituciones de Educacion Basica y Tecnico Productiva"
RESOLUCION DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO SUPERIOR Nº 061-2014-COSUSINEACE/P MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2014 VISTO: El Oficio Nº 059-2014/COSUSINEACE/IPEBA del 10 de marzo del 2014, emitido por el Instituto Peruano de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Basica ­ IPEBA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 28740, establece que el Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa - SINEACE, tiene por finalidad garantizar a la sociedad que las instituciones educativas publicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el proposito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificacion profesional y desarrollo laboral; Que, de acuerdo al literal h) del articulo 16° de la Ley N° 28044, Ley General de Educacion, los organos del Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa elaboran, con participacion de las instancias descentralizadas, los indicadores de medicion de la calidad que contribuyan a orientar la toma de decisiones; Que, el articulo 27°, inciso a) del Reglamento de la Ley 28740, Ley del SINEACE dispone que es funcion del Directorio del IPEBA aprobar las normas que regulan la autorizacion y funcionamiento de las entidades evaluadoras con fines de acreditacion y de las entidades certificadoras; Que, el articulo 33°, literales a) y b) del mismo Reglamento disponen respectivamente que es funcion de la Direccion de Evaluacion y Acreditacion del IPEBA, proponer los estandares y criterios de evaluacion para la acreditacion de las instituciones educativas, asi como sugerir al Directorio los requisitos para el funcionamiento de las entidades evaluadoras con fines de acreditacion; Que, mediante Acuerdo Nº 463-2013, de la Sesion N° 146-2013 de fecha 09 de octubre 2013, el Directorio del IPEBA aprobo el "Procedimiento de Evaluacion externa con fines de Acreditacion de Instituciones de Educacion Basica y Tecnico Productiva", documento que de acuerdo al Informe N° 086B-2013-DEA/IPEBA, emitido por la Directora de Evaluacion y Acreditacion del IPEBA, cumple con las condiciones tecnicas y procedimientos de consulta y aprobacion respectivos; Que, mediante el documento de visto, el Instituto Peruano de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Basica ­ IPEBA, hace de conocimiento el acuerdo MORDAZA mencionado, solicitando se emita la resolucion administrativa correspondiente por parte de la Presidencia del Consejo Superior, a efectos de oficializarlo; Que, el Consejo Superior del SINEACE, a traves del Acuerdo N° 274-2014-COSUSINEACE arribado en Sesion Nº 56 del 23 de MORDAZA del 2014, acordo oficializar el Acuerdo Nº 463-2013-IPEBA, mediante el cual el Directorio del IPEBA aprobo el "Procedimiento de Evaluacion externa con fines de Acreditacion de Instituciones de Educacion Basica y Tecnico Productiva"; De conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 28740, Ley del SINEACE y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 018-2007-ED y las atribuciones conferidas mediante Resolucion Ministerial Nº 0500-2012-ED SE RESUELVE:

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo Superior SINEACE 1079584-17

Articulo 1°.- Oficializar el Acuerdo N° 463-2013 de la Sesion Nº 146-2013 del 09 de octubre 2013, mediante el cual el Directorio del Instituto Peruano de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.