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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MAYO DEL AÑO 2014 (12/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 26

El Peruano Lunes 12 de mayo de 2014 523012 Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “D”, y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 6285-2013; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS N° 12883-2009 y Resolución Administrativa SBS N° 240-2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Banco Interbank, el cierre temporal de su Oficina MM VEA Valle Hermoso, ubicada en la Av. Jacaranda N° 890, urbanización Valle Hermoso, distrito de Surco, provincia y departamento de Lima, a partir del 02.05.2014 hasta el 01.12.2014. Artículo Segundo.- En caso de extenderse el plazo requerido para reanudar la atención al público, el Banco deberá adoptar las medidas necesarias a fi n de informar de manera previa el nuevo plazo tanto al público usuario como a esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1081183-1 Rectifican dirección de oficina del Banco Internacional del Perú - Interbank, ubicada en el departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 2533-2014 Lima, 5 de mayo de 2014 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Internacional del Perú - Interbank para que se le autorice rectifi cación de dirección de una (01) agencia, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 1676-2014 del 12 de marzo de 2014, se autorizó a Interbank la apertura de una agencia ubicada en la cuadra 24 de la Avenida Felipe Santiago Salaverry, intersección con Punta del Este, Local LS-02; distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “D”; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución N° 6285-2013; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS N° 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Rectifi car la dirección de la Agencia TF Salaverry del Banco Internacional del Perú - Interbank, cuya apertura fue autorizada mediante Resolución SBS N° 1676-2014, según se indica: • Dice: cuadra 24 de la Avenida Felipe Santiago Salaverry, intersección con Punta del Este, Local LS- 02; distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima. • Debe decir: Av. General Felipe Salaverry N° 2370, local LS-02, distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1081185-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Modifican Ordenanza N° 1625 que crea el Programa BarrioMío de la Municipalidad Metropolitana de Lima para su adscripción al Fondo Metropolitano de Inversiones – INVERMET ORDENANZA N° 1786 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA; POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 6 de mayo de 2014, los Dictámenes N°117-2014-MML- CMAEO y 46-2014-MML-CMAL de las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Económicos y Organización y de Asuntos Legales; Ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA N° 1625 QUE CREA EL PROGRAMA BARRIO MIO DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA PARA SU ADSCRIPCIÓN AL FONDO METROPOLITANO DE INVERSIONES – INVERMET Artículo 1°.- Modifi car los artículos 1°, 5° y Segunda Disposición Final Modifíquense los artículos 1°, 5° y Segunda Disposición Final de la Ordenanza N° 1625 -MML, que Crea el Programa BarrioMío de la Municipalidad Metropolitana de Lima, con los textos siguientes: Artículo 1°.- Creación del Programa BarrioMío Créase el Programa BarrioMío, adscrito al Fondo Metropolitano de Inversiones – INVERMET, con carácter de Programa Metropolitano, para la implementación de proyectos urbanos integrales que prioricen aspectos de desarrollo urbano, cultura, deporte, salud y recreación, con la fi nalidad de mejorar las condiciones de vida de los Asentamientos Humanos y Urbanizaciones Populares ubicados en zonas vulnerables de Lima Metropolitana.” Artículo 5°.- Consejo Directivo Confórmese el Consejo Directivo con el objeto de defi nir el territorio a intervenir, articular las actuaciones propias del Programa BarrioMío, dirigiendo, monitoreando, gestionando y evaluando acciones con entidades públicas y privadas, en cumplimiento de los objetivos del Programa. El Consejo Directivo, estará integrado de la siguiente manera: