Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2014 (17/05/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 100

523474
reglamento interno de trabajo para los vehiculos menores que hace referencia la ordenanza, expidiendo a su vez normas operativas para un mejor cumplimiento de las mismas. Dispongase de manera complementaria, la publicacion en el MORDAZA web institucional el contenido Ordenanza Municipal Nº 007-2011-MDV-C y sus respectivas modificatorias y demas documentos adicionales. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- Incorporese un MORDAZA parrafo al articulo 5º de la Ordenanza Nº 004- 2013-MDV: (...) Los posesionarios de predios administrados por la municipalidad, MORDAZA de la vigencia de la presente ordenanza, que no se encuentren comprendidos en los supuestos del articulo 2º,y no exista conflicto pendiente sobre el predio; podran regularizar su situacion, cumpliendo los requisitos y procedimientos establecidos para asignacion de lotes.Los actos de revocacion de asignacion de lotes seran aprobados por el gerente municipal. Segunda.- Modifiquese la MORDAZA Disposicion Complementaria y Final de la Ordenanza Nº 004-2013MDV, incorporandose un MORDAZA parrafo: (...) La Direccion de Obras Desarrollo MORDAZA y Rural al expedir la Resolucion de inicio del procedimiento de caducidad de derechosposesorios y la reversion de terrenos al dominio municipal, si el caso lo amerita, podra declarar el derecho preferente del solicitante de una reubicacion respecto del predio materia de reversion; la misma que concluida sera otorgada mediante resolutivo. Manteniendo su validez y sus efectos aquellos que hubieransido otorgados a la fecha MORDAZA de la vigencia de la presente ordenanza. Tercero.- Modifiquese la Tercera Disposicion Complementaria y Final de la Ordenanza Nº 004-2013MDV, incorporandose un MORDAZA y MORDAZA parrafo: (...) La Direccion de Obras Desarrollo MORDAZA y Rural al momento de expedir la respectiva Resolucion de reubicacion debera declarar la cancelacion de los derechos posesorios de la persona reubicada,respecto de su primigenio predio. La cancelacion de los derechos posesorios opera tambien en aquellos casos donde la municipalidad ha efectuado reubicaciones sin emitir el correspondiente acto resolutivo de reubicacion o en su defecto solo ha otorgado una MORDAZA o certificado de posesion en el MORDAZA lote. Excepcionalmente y por unica vez, podran ser reubicados aquellos beneficiarios de lotes de la Urbanizacion San MORDAZA posterior al 13 de octubre del 2005,que se encuentren comprendidos dentro de la "Sitio Arqueologico Vichama" que carezcan de edificacion; siempre y cuando hubieran solicitado oportunamente la autorizacion para edificar su lote, dentro del plazo establecido en el documento otorgado que no debera exceder de dos anos. En el caso de aprobarse la reubicacion, la resolucion a emitirse debera contener la obligacion de ocupar el predio reubicado en el plazo MORDAZA de 30 dias habiles; bajo sancion de revocar de oficio o a pedido de parte la reubicacion otorgada, acto que sera expedido por el Gerente Municipal. Cuarto.- Aclarese que el requisito Nº 2 del item 041 del MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Vegueta relativo a los requisitos de inscripcion predial, para el caso de los posesionarios esta referida a la MORDAZA de posesion emitida por la municipalidad. Quinto.- La MORDAZA de posesion que otorga la Municipalidad solo acredita que al momento de la constatacion del inmueble, esta se encontraba ocupada o posesionada por el solicitanteo posesionario, a traves de elementos fisicos exteriorizados, sin que ello constituya elotorgamiento de unterreno por parte de la municipalidad, ni acredite la titularidad del bien, el mismo que no afecta el derecho de su titular.

El Peruano Sabado 17 de MORDAZA de 2014

No se otorgara constancias de posesion en aquellas areas consideradas Zonas Arqueologicas o que constituyan Patrimonio Cultural de la Nacion, en areas componentes de una via publica existente, las de equipamiento MORDAZA, las areas declaradas intangibles o de dominio restringido segun prevision legal, en zonas de riesgo calificadas por Defensa Civil; en aquellas areas que se encuentren en estado litigioso o con MORDAZA judicial pendiente o las ocupadas posterior al 20 de agosto del 2013 en contravencion a la Ley Nº 30076, en lo referente al delito de usurpacion. De existir un procedimiento en tramite, el organo correspondiente, si el caso lo amerita, solo expedira una MORDAZA de inspeccion ocular. Sexto.- Durante la vigencia de la presente ordenanza y con la finalidad de contribuir en lainstalacion de los servicios basicos, como el agua y la energia electrica en terrenos con vocacion urbana;la MORDAZA de posesion para dichos fines costara S/. 10.00, documento que podra ser utilizado para solicitar la inscripcion predial. Septimo.- Aclarese que la visacion de planos que otorga la municipalidad corresponde a la verificacion tecnica en su ubicacion geografica, area y medidas perimetricas del predio; por consiguiente no modifica elderecho de propiedad y/o posesion sobre el predio, ni acredita su posesion,la misma que no constituye aprobacion de subdivision , parcelacion o desmembracion del bien. Es improcedente la visacion tramitada por terceros en las areas senaladas en el MORDAZA parrafo de la MORDAZA disposicion transitoria y final precedente. Ooctavo.- Dispongase la anulacion de la multas u otras sanciones impuestas, a quienes hubiesen sido notificados por construir sin licencia, infringiendo el Reglamento de Aplicacion de Sanciones (R.A.S.), siempre y cuando se de cumplimiento a la presente Ordenanza. Noveno.- Facultese al senor MORDAZA emitir las disposiciones reglamentarias necesarias para la ejecucion y cumplimiento de la presente Ordenanza, via Decreto de Alcaldia. Decimo.- Modifiquese el M.O.F., R.O.F., T.UP.A. y los demas documentos de gestion municipal en lo que fuera aplicable. Decimo Primero.- Dejese sin efecto, toda MORDAZA que se oponga a la presente ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LI MORDAZA MORDAZA 1083907-1

CONVENIOS INTERNACIONALES
Anexo II Convenio para la Aplicacion del Convenio Iberoamericano de Seguridad Social entre la Republica del Peru y la Republica Oriental del Uruguay
(Aprobado por Resolucion Legislativa Nº 29958 de fecha 22 de noviembre de 2012, y ratificado por Decreto Supremo Nº 002-2013-RE de fecha 11 de enero de 2013) ANEXO II CONVENIO PARA LA APLICACION DEL CONVENIO IBEROAMERICANO DE SEGURIDAD SOCIAL ENTRE LA REPUBLICA DEL PERU Y LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY El Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de Ia Republica Oriental del Uruguay, firmantes del presente Convenio; CONSIDERANDO Lo establecido en el articulo 17, letra b), del Convenio Iberoamericano de Seguridad Social suscrito en la MORDAZA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.