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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MAYO DEL AÑO 2014 (17/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 95

El Peruano Sábado 17 de mayo de 2014 523469 ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Estando a lo expuesto, con cargo a dar cuenta al concejo municipal y en uso de las atribuciones conferidas al alcalde por el numeral 6) del artículo 20º de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo 1º.- DÉJESE SIN EFECTO el Decreto de Alcaldía Nº 173-72 que cede el parque Nº 3 de la urbanización San Miguelito ubicado en la manzana C del pasaje San Miguelito con frente a la Gran Unidad Escolar Bartolomé Herrera, cuadra 4 de la calle Jorge Castro Harrison, denominado Complejo Deportivo Maracaná, a la Asociación de Propietarios de la urbanización San Miguelito. Artículo 2º.- RESTITÚYASE el uso, goce, disposición y administración del parque Nº 3 de la urbanización San Miguelito ubicado en la manzana C del pasaje San Miguelito con frente a la Gran Unidad Escolar Bartolomé Herrera, cuadra 4 de la calle Jorge Castro Harrison, denominado Complejo Deportivo Maracaná, a la Municipalidad Distrital de San Miguel, conforme a su naturaleza de bien de dominio público con todos los atributos inherentes a su condición. Artículo 3º.- PUBLICAR el decreto de alcaldía aprobado en el diario ofi cial El Peruano, así como en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel www.munisanmiguel.gob.pe. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Humano, Gerencia de Administración y Finanzas, Subgerencia de Cultura y Deporte y Subgerencia de Control Patrimonial el cabal cumplimiento del presente decreto. Regístrese, publíquese y cúmplase. SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 1083953-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Aprueban Plan de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos Municipales del distrito ORDENANZA MUNICIPAL Nº 008-2014-MDB-CDB Bellavista, 30 de abril del 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA, en Sesión Ordinaria de la fecha, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce en su artículo 194, que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local y gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 8) del artículo 195 de la Carta Magna señala que las Municipalidades son competentes para desarrollar y regular actividades en materia medio ambiental; Que, el numeral 3.1) del artículo 73 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que en materia de protección y conservación del ambiente, las municipalidades son competentes para formular, aprobar, ejecutar y monitorear los planes y políticas locales en materia ambiental, en concordancia con las políticas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales; Que, el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 057-2004- PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos, señala que la municipalidad tanto provincial como distrital es responsable de la gestión y manejo de los residuos de origen domiciliario, comercial y de aquellas similares a estos originados por otras actividades; Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2014-EF, se aprueban los procedimientos para el cumplimiento de metas de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2014; Que, el Instructivo publicado por el Ministerio del Ambiente (MINAM), referido a la Meta 10, consistente en implementar un programa de segregación en la fuente y recolección selectiva de residuos sólidos domiciliarios en un 20% de viviendas urbanas del distrito, establece en el numeral 3.1, del anexo 1, la necesidad de aprobar mediante Ordenanza Municipal el Plan de Manejo de Residuos Sólidos; Que, mediante Informe Nº 24-2014-GSCMA, de fecha 24 de abril del 2014, la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente adjunta el Plan de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos Municipales del Distrito de Bellavista; Que, estando a lo informado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 087-2014-MDB-GAJ; de fecha 24 de abril del 2014, quien se pronuncia favorablemente por la viabilidad del referido proyecto de ordenanza; Estando a los fundamentos antes expuestos, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 el artículo 9 y artículo 40 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime de los señores regidores asistentes a la Sesión de Concejo y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó lo siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL PLAN DE GESTIÓN Y MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS MUNICIPALES DEL DISTRITO DE BELLAVISTA Artículo 1º.- APROBAR el Plan de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos Municipales del Distrito de Bellavista, el mismo que forma parte integrante de la presente ordenanza con sus respectivos anexos. Artículo 2º.- ENCÁRGUESE a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas y Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente para que se efectúen las acciones que permitan, la interpretación y ejecución del Plan de Gestión y el Manejo de Residuos Sólidos en el Distrito de Bellavista. Artículo 3º.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente el cumplimiento, y a la Sub Gerencia de Imagen Institucional la difusión de la presente Ordenanza y a la Sub Gerencia de Informática y Estadística la Publicación del Plan en la Web Institucional. Artículo 4º.- FACÚLTESE al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, así como también para establecer la prórroga de la misma, de ser el caso. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Encárguese a la Gerencia Municipal, Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, Sub Gerencia de Protección Ambiental, Sub Gerencia de Maestranza Limpieza Pública el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal. Segunda.- Encárguese a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Sub Gerencia de Imagen Institucional su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. IVAN RIVADENEYRA MEDINA Alcalde 1083577-1