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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MAYO DEL AÑO 2014 (17/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 90

El Peruano Sábado 17 de mayo de 2014 523464 N° EXP. N° SOLICITANTE 1 41149-2013 Rocca Mayra Carlos Luis 2 39913-2013 SENATI - Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial Artículo Tercero.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el plano de zonifi cación del Cercado de Lima, la modifi cación aprobada en el artículo primero de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, cumpla con comunicar a los propietarios de los predios indicados en el artículo segundo lo dispuesto por la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Lima, 13 de mayo de 2014 HERNÁN NÚÑEZ GONZALES Encargado de Alcaldía 1083777-1 FE DE ERRATAS ORDENANZA N° 1787 Mediante Ofi cio N° 288-2014-MML-SGC, la Municipalidad Metropolitana de Lima solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza N° 1787, publicada en la edición del día 12 de mayo de 2014. DICE: Artículo 17.- Plazo para iniciar el trámite de autorización municipal El comerciante ambulante regulado presentará su solicitud de autorización municipal temporal para el desarrollo de la actividad comercial en el espacio público desde el primer día hábil del mes de octubre hasta el 31 de diciembre del año en que vencerá su autorización. DEBE DECIR: Artículo 17.- Plazo para iniciar el trámite de autorización municipal El comerciante ambulante regulado presentará su solicitud de autorización municipal temporal para el desarrollo de la actividad comercial en el espacio público desde el primer día hábil del mes de agosto hasta el último día hábil del mes de noviembre del año que vence su autorización. 1083776-1 MUNICIPALIDAD DE COMAS Prorrogan vencimiento de pago del primer trimestre del Impuesto Predial y cuotas de Arbitrios Municipales 2014 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2014-MDC EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS VISTO; el Informe Nº 074-2014-GR-MDC de fecha 05.05.2014, emitido por la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 379-2014-GAJ-MDC de fecha 12.05.2014 emitido por la Gerencia de Asesoría Legal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado mediante Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con lo dispuesto en los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 406-MDC, publicado en el Diario Oficial el Peruano, con fecha 09 de febrero de 2014, se aprobó “El Cronograma de Vencimiento Trimestral del Impuesto Predial de la Cuponera 2014, e Incentivos para el Pago Adelantado al contado y/ o puntual del Impuesto Predial y Arbitrio Municipal del Ejercicio Fiscal 2014”asimismo, se aprueba condonar intereses moratorios en arbitrios vencidos hasta el período 2013 con la rebaja en el Insoluto y condonación en los intereses moratorios y de reajuste de Impuesto Predial vencido al 2013, siendo su objetivo establecer beneficios dentro de la jurisdicción del Distrito de Comas para aquellas personas que mantengan obligaciones pendientes de cancelación, inclusive estando en la vía coactiva; Que, el segundo párrafo del literal b) de la Norma XII del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, señala, con respecto al cómputo del plazo, que: “En todos los casos, los términos o plazos que vencieran día inhábil para la administración, se entenderán prorrogados hasta el primer día hábil siguiente”; Que, la Primera Disposición Final de la Ordenanza Nº 406-MDC, faculta al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la fecha de vencimiento del cronograma de pago del impuesto Predial y Arbitrio Municipal 2014; Que, el Informe Nº 074-2014-GR-MDC la Gerencia de Rentas, solicita la prórroga del vencimiento de pago del primer trimestre del Impuesto Predial y de la primera, segunda, tercera y cuarta cuota del Arbitrio Municipal 2014 se considere hasta el 30de mayo del año en curso en virtudal Informe Técnico Nº 648-2014-SGAT-GR- MDC, emitido por la Sub Gerencia de Administración Tributaria, en donde deja entrever que aún no se ha culminado la distribución de la Cuponera 2014, lo cual podría perjudicar a los contribuyentes con la aplicación de interés moratorio; Que, el Informe Nº 379-2014-GAJ-MDC emitido por la Gerencia de Asesoría Legal, Opina porque el proyecto de Decreto de Alcaldía sobre Prorroga del vencimiento del 1er trimestre del impuesto predial 1ª, 2ª,3ª y 4º cuota del Arbitrio Municipal 2014, resulta procedente debiendo remitirse los actuados al Despacho de Alcaldía para su promulgación; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en los artículos 20º numeral 6) y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de mayo de 2014, el vencimiento del pago del Primer Trimestre del Impuesto Predial 2014 y la primera, segunda, tercera y cuarta cuota del Arbitrio Municipal 2014. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Gerencia de Tecnología de la Información, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Administración y Finanzas su publicación en el Diario Ofi cial el Peruano. Dado en el local de la Municipalidad Distrital de Comas, a los doce días del mes de mayo del 2014. NICOLÁS OCTAVIO KUSUNOKI FUERO Alcalde 1083955-1