Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2014 (17/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

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POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru ­ modificado por la Ley de Reforma Constitucional sobre Descentralizacion, Ley Nº 27680 ­; Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902, Ley Nº 28013; Reglamento Interno del Gobierno Regional de San Martin; y demas normas complementarias; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, preve en su articulo 191º que los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones, proponiendo un estado unitario representativo y descentralizado; Que el articulo 8º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria aprobada mediante ley Nº 27902, establece como principios rectores de las politicas y la gestion regional a la sostenibilidad, la cual busca el equilibrio intergeneracional en el uso de los recursos naturales para lograr los objetivos de desarrollo, la defensa del medio ambiente y la proteccion de la biodiversidad. Asi mismo, el articulo 10º de la referida ley establece las competencias exclusivas de los gobiernos regionales de normar sobre los asuntos y materias de su responsabilidad, promover el uso sostenible de los recursos forestales y de la biodiversidad; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0519-2009AG1, se declaro concluido el MORDAZA de transferencia de funciones en materia agraria contenidas en los literales "e" y "q" del articulo 51ºde la Ley Organica de Gobiernos Regionales, con efectividad a la fecha en que el Gobierno Regional San MORDAZA publique todos sus instrumentos institucionales y de gestion; esto es, desarrollar acciones de vigilancia y control para garantizar el uso sostenible de los recursos naturales bajo su jurisdiccion y otorgar permisos, autorizaciones y concesiones forestales, en areas al interior de la region, asi como ejercer labores de promocion y fiscalizacion en estricto cumplimiento de la politica forestal nacional; Que, el articulo XI del Titulo Preliminar de la ley Nº 28611, Ley General del Ambiente ­ desarrollando el MORDAZA de gobernanza ambiental ­ establece que el diseno y aplicacion de las politicas publicas ambientales se rigen por el MORDAZA de gobernanza ambiental, que conduce a la armonizacion de las politicas, instituciones, normas, procedimientos, herramientas e informacion de manera tal que sea posible la participacion efectiva e integrada de los actores publicos y privados, en la toma de decisiones, manejo de conflictos y construccion de consensos, sobre la base de responsabilidades claramente definidas, seguridad juridica y transparencia; Que, a traves del articulo 1º de la Ley Nº 29763 _ Ley Forestal y de Fauna silvestre_ se ha establecido como finalidad publica estatal el promover la conservacion, la proteccion, el incremento y el uso sostenible del patrimonio forestal y de fauna MORDAZA dentro del territorio nacional, integrando su manejo con el mantenimiento y mejora de los servicios de los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetacion MORDAZA, en MORDAZA con el interes social, economico y ambiental de la Nacion; asi como impulsar el desarrollo forestal, mejorar su competitividad, generar y acrecentar los recursos forestales y de fauna MORDAZA y su valor para la sociedad; Que, conforme al articulo 19º de la citada MORDAZA, el Gobierno Regional tiene como competencia/funcion regional y local en materia forestal y de fauna MORDAZA a. Planificar, promover, administrar, controlar y fiscalizar el uso sostenible, conservacion y proteccion de la MORDAZA y la fauna silvestre. b. Disenar, ejecutar, supervisar y evaluar los planes y politicas forestales y de fauna MORDAZA regionales. c. Promover y establecer mecanismos permanentes de participacion ciudadana para la gestion forestal y de fauna MORDAZA a nivel regional, en coordinacion con los gobiernos locales. d. Promover la competitividad de los productores forestales en terminos de asociatividad, produccion, acceso al financiamiento, transformacion y

El Peruano Sabado 17 de MORDAZA de 2014

comercializacion. e. Promover y coordinar el desarrollo de capacidades de los actores del sector forestal en su jurisdiccion para elevar los niveles de competitividad de la produccion nacional y el uso sostenible del patrimonio forestal y de fauna MORDAZA de la Nacion; Disenar y ejecutar un plan de asistencia tecnica y asesoramiento a los pequenos productores y comunidades nativas y campesinas en su jurisdiccion; Que, dentro de las normas de caracter regional se cuenta con la Ordenanza Regional Nº 002-2007-GRSM/ CR, que declara de interes social y necesidad publica la proteccion y recuperacion de los recursos naturales del departamento de San MORDAZA, especialmente de las laderas, de las cabeceras de cuencas y micro cuencas y la biodiversidad; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 003-2013GRSM/CR, de fecha 08 de marzo del ano 2013, el Concejo Regional de San MORDAZA, aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF, del Gobierno Regional de San MORDAZA, que considera a la Autoridad Regional Ambiental ­ ARA, como uno de sus organos desconcentrados; Que, el objetivo general de la Estrategia Regional de Control Forestal y de Fauna MORDAZA es Promover la Gestion Sostenible de los Recursos Forestales y Fauna MORDAZA de manera Participativa, Implementando las Estrategias de Control y Vigilancia. Como objetivos especificos se busca promover el sistema de control y vigilancia compartida entre el estado, la sociedad civil y la empresa privada, en el ambito de la Region (Preventivo ­ participativo ­ normativo), promover el manejo forestal y de fauna MORDAZA en MORDAZA de la legislacion nacional y regional forestal y las politicas establecidas por la Region y promover un programa de educacion ambiental, a traves de una comunicacion y socializacion participativa, con la finalidad de evitar conflictos socios ambientales en el ambito de la region; Que, de conformidad con las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado, Articulo 9º y 10 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modificado por las Leyes Nº 27902, Nº 28968 Nº 29053 y el Reglamento Interno del Consejo Regional de San MORDAZA, el Consejo del Gobierno Regional de San MORDAZA, en Sesion Ordinaria de fecha 09 de MORDAZA del presente ano, aprobo por unanimidad la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Articulo Primero.- APROBAR la Estrategia Regional de Control y Vigilancia Forestal y de Fauna MORDAZA de la Autoridad Regional Ambiental a traves de la Direccion Ejecutiva de Conservacion de los Recursos Naturales, cuyo documento como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional; cuyos Objetivos Estrategicos son: 1. OBJETIVO ESTRATEGICO I: Promover el sistema de Control y Vigilancia compartida entre el estado, la sociedad civil y la empresa privada, en el ambito de la Region. ESTRATEGIA I.1: IMPLEMENTAR EL SISTEMA REGIONAL DE CONTROL Y VIGILANCIA FORESTAL Y DE FAUNA MORDAZA LINEAS DE ACCION: a) Fortalecimiento Interinstitucional de Control Forestal y de Fauna MORDAZA b) Infraestructura y Equipamiento adecuado para el control y vigilancia. c) Mecanismos de incentivos para el control y vigilancia

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R.M. Nº 0792-2009-AG (Dan por concluido MORDAZA de Efectivizacion de la Transferencia de Funciones Especificas consignadas en el articulo 51 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales al Gobierno Regional de San Martin).

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