Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2014 (17/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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un numero de cien, ciruelos veinte, cana MORDAZA veinte plantaciones) tomate, culantro, MORDAZA se aprecia una choza de esteras, con paradores de MORDAZA y guayaquiles, un poso tubular con una profundidad de 60 metros con agua, dos norias artesanales; en el cardinal sur se aprecia un MORDAZA revestido de cemento, cuenta con agua que es donde el solicitante utiliza para el regadio de las plantaciones existente en el terreno; IV) el predio materia de la inspeccion cuenta con un MORDAZA carrozable de ingreso que ha sido construido por el solicitante, tiene los siguientes linderos NORTE: terrenos eriazos, SUR: con terrenos eriazos, ESTE: con terrenos eriazos, OESTE con terrenos eriazos, existe algunas plantaciones de algarrobos, vichayos, zapotes; estos datos se corroboran con el INFORME TECNICO DE MORDAZA Nº 35 de fecha 15.10. 2012; Que, del documento expedido por la MORDAZA Registral Nº II-sede Chiclayo, consta que el predio MORDAZA denominado "Cayalti y Anexos" de una extension superficial de 80.00 Has, ubicado en el distrito de Zana, provincia de Chiclayo departamento de MORDAZA, no se encuentra inscrito en el registro de predios y no constituye propiedad privada, ni de Comunidades Campesinas, por lo que es de dominio del Estado conforme lo establece el articulo 3º de la Ley Nº 29151, por lo que corresponde tramitar la inscripcion en primera de dominio de predios a favor del Estado representado por la Gerencia Regional de Agricultura de MORDAZA, decision que se encuentra amparada en el inciso "n" del articulo 51º de la Ley Nº 27867 Ley Organica de los Gobiernos Regionales, establece como funcion en materia agraria de los Gobiernos Regionales - Para el presente caso a traves de la Gerencia Regional de Agricultura Lambayeque; la de promover, gestionar y administrar el MORDAZA de saneamiento fisico legal de la propiedad agraria, con la participacion de los actores involucrados, cautelando el caracter imprescriptible, inalienable e inembargable de las tierras de las comunidades campesinas y nativas; funcion esta que es recogida en el literal L) del articulo 59º de la Ordenanza Regional Nº 009-2011-GR-LAMB/CR de fecha 20 de MORDAZA del 2011; Que con fecha del 18 de noviembre del 2009 se expide la Resolucion Ministerial Nº 0811 -2009-AG a traves de la cual se resuelve aprobar la relacion de procedimientos administrativos a cargo de las Direcciones Regionales Agrarias - hoy Gerencia Regional de Agricultura ­ derivados de funcion "n" del articulo8 51º de la Ley Nº 27867, los mismos que se encuentran agrupados de la siguiente manera: a) En materia de Terrenos Eriazos : i) Levantamiento de reserva de dominio o carga registral o contractual de los Contratos de Otorgamiento de Tierras Eriazas, ii) Otorgamiento de tierras eriazas en parcela de pequena agricultura; iii) Verificacion de tierras eriazas con aptitud agropecuaria de libre disponibilidad del Estado ­ procedimiento solicitado por el senor MORDAZA MORDAZA Samame Chuque-, iv) Reversion a favor del Estado de los predios rusticos adjudicados a titulo gratuito, v) Evaluacion de contratos de otorgamiento de tierras eriazas con fines irrigacion u otros usos agrarios otorgados en aplicacion de la legislacion anterior a la Ley Nº 26505, procedimiento este, que, es dispuesto mediante R.M. Nº 0304-2010-AG de fecha 30 de MORDAZA del 2010, acto administrativo con el cual concluye el MORDAZA de transferencia de funcion especifica a favor de algunos Gobiernos Regionales entre los que se encuentra el Gobierno Regional de Lambayeque; b) En materia de Comunidades Campesinas: i) Reconocimiento de Comunidades Campesinas, ii) Deslinde y Titulacion del territorio de Comunidades Campesinas, iii) Elaboracion de planos y memorias descriptiva para la adjudicacion de tierras de Comunidades Campesinas de la costa a favor de Comuneros poseedores y terceros poseedores, iv) Declaracion de abandono legal de tierras de la Comunidades campesinas de la costa, cuando terceros poseedores los tengan dedicados a la actividad agropecuaria. Por las Consideraciones expuestas en uso de las facultades conferidas a esta Gerencia Regional de Agricultura MORDAZA mediante Ley Nº 27867, Ley Nº 27444, R.M. Nº 0811-2009-AG., R.E.R. Nº 014 2012GR-LAMB/PR, DR. Nº 016-2011-GR-LAMB/PR, R.E.R Nº 094-2013-GR-LAMB/PR y Memorando Nº 105-2011-GRLAMB/GRA-OSFLPA, con las visaciones de la Oficina de Saneamiento Fisico Legal de la propiedad Agraria y Asesoria Juridica; SE RESUELVE:

El Peruano Sabado 17 de MORDAZA de 2014

Articulo Primero.- DISPONER la inscripcion en primera de dominio a favor del ESTADO representado por la GERENCIA REGIONAL DE AGRICULTURA MORDAZA de 80.00 Has., de tierras eriazas, parte integrante del predio "Cayalti y Anexos" ubicados en el sector Cayalti y Anexos, distrito de Zana. provincia, de Chiclayo, departamento de MORDAZA, segun el plano perimetrico y de ubicacion en coordenadas UTM y memoria descriptiva que deben adjuntarse como sustento de la resolucion a expedirse, en virtud a que esta entidad que ejerce la competencia de promover y gestionar el MORDAZA de saneamiento fisico legal de la propiedad agraria en los terrenos eriazos del Estado en la jurisdiccion del departamento de Lambayeque. Articulo Segundo.- La MORDAZA Registral Nº II Sede Chiclayo de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos por el merito de la resolucion, efectuara la inscripcion en primera de dominio a favor del Estado representado por la Gerencia Regional de Agricultura MORDAZA, del terreno citado en el articulo precedente, en el registro de predios de Chiclayo. Articulo Tercero.- Notifiquese la presente resolucion de la forma prevista por la ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA DEL POMAR VILNER Gerente Regional 1083970-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban Reglamento para el Desarrollo del MORDAZA del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Gobierno Regional de MORDAZA
GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA ORDENANZA REGIONAL N° 01-2014-CR-RL EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Ordinaria del dia 13 de marzo del 2014 en la MORDAZA de MORDAZA, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: El pedido del Consejero Regional por la Provincia de Oyon, Sr. Olmer MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la "Comision Ordinaria de Planificacion Estrategica, Presupuesto, Tributacion, Ordenamiento Territorial y Administracion y Adjudicacion de Tierras de Propiedad del Estado"; por el cual, solicita que se agende en Sesion Ordinaria, el Oficio Nº 0102-2014-GRL-PRES del Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, en el que remite el Proyecto de "Reglamento para el Desarrollo del MORDAZA del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Gobierno Regional de Lima", a fin de ser considerado por el Pleno del Consejo Regional y aprobado mediante Ordenanza Regional; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con el articulo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa, constituyendo para su administracion economica y financiera, un pliego presupuestal; Que, el Articulo 13º de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo

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