Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2014 (20/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano Martes 20 de MORDAZA de 2014

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ARTICULO 2 - COSTE TOTAL ESTIMADO Y FINANCIACION DE LA UE 2.1 El coste total del programa se estima en 32,200,000.00 (treinta y dos millones doscientos mil euros). Con arreglo a la siguiente distribucion: 2.1.1 Ayuda presupuestaria: Importe 24,000,000.00 (veinticuatro millones de euros). 2.1.2 Ayuda complementaria (incluye Asistencia Tecnica): Importe 8,200,000.00 (ocho millones doscientos mil euros). 2.2 La UE se compromete a financiar un importe MORDAZA de 32,200,000.00 (treinta y dos millones doscientos mil euros). La distribucion por rubrica de la contribucion financiera de la UE figura en el presupuesto incluido en las Disposiciones Tecnicas y Administrativas. ARTICULO 3 - FINANCIACION DEL BENEFICIARIO 3.1 El Beneficiario se compromete a cofinanciar el programa hasta un MORDAZA de cero euros. 3.2 Cuando MORDAZA una contribucion no financiera del Beneficiario, el Convenio de Financiacion determinara sus modalidades en las Disposiciones Tecnicas y Administrativas. ARTICULO 4 - EJECUCION 4.1 Como excepcion a lo dispuesto en el articulo 3 de las Condiciones Generales, la ejecucion de la Ayuda Complementaria del programa sera realizada por la Comision en nombre y por cuenta del Beneficiario. 4.2 No seran aplicables las disposiciones siguientes de las Condiciones Generales: articulos 1.3, 5, 6, 7, 8.2, 8.3, 11, 16.2, 17, 19.4, 20.6, 22.3, 22.4 y 22.6. 4.3 Las disposiciones siguientes de las Condiciones Generales se sustituyen del modo siguiente: 4.3.1 Articulo 2.2: Cuando se manifestare un riesgo de rebasamiento global de la financiacion disponible con cargo al Convenio de Financiacion, la Comision podra, bien reducir el tamano del Programa, bien acudir a los recursos propios del Beneficiario, una vez obtenido su acuerdo, o a otros recursos. 4.3.2 Articulo 2.3: Si no fuere posible reducir el tamano del Programa o cubrir el rebasamiento con recursos propios del Beneficiario u otros recursos, la Comision podra adoptar una decision de financiacion de la UE suplementaria. Si adopta dicha decision, los gastos correspondientes al rebasamiento seran financiados, sin perjuicio de las normas y los procedimientos de la UE aplicables, mediante la puesta a disposicion de los recursos financieros suplementarios decididos por la Comision. 4.3.3 Articulo 18.1: Todo Programa financiado por la UE sera objeto de acciones de comunicacion y de informacion adecuadas. Estas acciones seran definidas con la aprobacion de la Comision. 4.3.4 Articulo 19.1: El Beneficiario, a traves del Organismo Ejecutor, adoptara las medidas adecuadas para prevenir irregularidades y fraudes, y emprendera, a instancia de la Comision, las diligencias necesarias para recuperar los fondos indebidamente desembolsados. El Beneficiario informara a la Comision de las medidas que hubiere tomado. 4.3.5 Articulo 19.3: El Beneficiario, a traves del Organismo Ejecutor, informara sin demora a la Comision de todo elemento puesto en su conocimiento que permitiere presumir la existencia de irregularidades o de fraude. ARTICULO 5 - PERIODO DE APLICACION 5.1 El periodo de aplicacion del Convenio de Financiacion, tal como se define en el articulo 4 de las Condiciones Generales, MORDAZA comienzo al entrar en MORDAZA el Convenio de Financiacion y finalizara 56 meses despues de esta fecha. 5.2 La duracion de la fase de ejecucion operativa se fija en 44 meses.

Judicial de Pasco, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluacion de Fiscales, y a la Fiscal mencionada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 1085032-1

CONVENIOS INTERNACIONALES
Convenio de Financiacion entre la Union Europea y la Republica del Peru relativo al "Programa de Apoyo a la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2012 - 2016"
(Ratificado por Decreto Supremo Nº 010-2014-RE de fecha 5 de marzo de 2014) Convenio de Financiacion DCI-ALA/2013/023-715 CONVENIO DE FINANCIACION Entre LA UNION EUROPEA Y LA REPUBLICA DEL PERU Programa de Apoyo a la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2012-2016 Condiciones Particulares La Union Europea, en lo sucesivo denominada «la UE», representada por la Comision Europea, en lo sucesivo denominada «la Comision», por una parte, y la Republica del Peru, en lo sucesivo denominada "el Beneficiario", representada por la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional en su calidad de Coordinador Nacional, y el Ministerio de Economia y Finanzas, como Organismo Ejecutor de la financiacion de la UE, por otra, han convenido en lo siguiente: ARTICULO 1 - NATURALEZA Y OBJETO DE LA OPERACION 1.1. La UE contribuira a la financiacion del programa siguiente: Programa de Apoyo a la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2012-2016. Numero de decision: DCI-ALA/2013/023-715 en lo sucesivo denominado "el programa", cuya descripcion figura en las Disposiciones Tecnicas y Administrativas. 1.2 Este programa se ejecuta de acuerdo con las disposiciones del presente Convenio de Financiacion y sus anexos.

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