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El Peruano Martes 20 de mayo de 2014 523573 Superintendencia del Mercado de Valores en su sesión del 19 de mayo de 2014; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar la difusión del proyecto de norma que sustituye el Anexo de la Memoria, numeral (10150) “Información sobre el cumplimiento de los Principios de Buen Gobierno para las Sociedades Peruanas” por el de “Reporte sobre el Cumplimiento del Código de Buen Gobierno Corporativo para las Sociedades Peruanas”, y deroga el inciso j) del numeral (7110) y el inciso b) del numeral (7400) de las Normas Comunes para la Determinación del Contenido de los Documentos Informativos, aprobadas por Resolución Gerencia General N° 211-98-EF/94.11. Artículo 2º.- Disponer que el proyecto señalado en el artículo precedente se difunda en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores. (www.smv.gob.pe). Artículo 3º.- El plazo para que las personas interesadas puedan remitir a la Superintendencia del Mercado de Valores sus comentarios y observaciones sobre el proyecto referido en los artículos anteriores es de veinte (20) días calendario, contado a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 4º.- Los comentarios y observaciones a los que se hace referencia en el artículo anterior, podrán ser presentados vía Trámite Documentario de la Superintendencia de Mercado de Valores, sito en Avenida Santa Cruz 315 –Mira fl ores, provincia y departamento de Lima, o a través de la siguiente dirección de correo electrónico: ProyModRepGobCorp@smv.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.LILIAN ROCCA CARBAJAL Superintendente del Mercado de Valores 1085046-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Disponen que determinados juzgados de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho itineren en adición a sus funciones la descarga procesal de otros órganos jurisdiccionales RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 095-2014-CE-PJ Lima, 19 de marzo de 2014VISTOS:Los O fi cios Nros. 242 y 244-2013-GO-CNDP-CE- PJ e Informes Nros. 086 y 087-2013-GO-CNDP-CE/PJ, remitidos por el Gerente Operacional de la Comisión Nacional de Descarga Procesal; y el O fi cio N° 890-2013- P-CSJAY/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho. CONSIDERANDO:Primero. Que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho solicita la conversión de los siguientes órganos jurisdiccionales en juzgados itinerantes: a) Juzgados Mixtos de Churcampa, San Miguel, Vilcashuamán, Pausa, Chungui, y 2° Juzgado Penal de Huamanga, por la baja carga procesal que presentan y para que colaboren con el proceso de descarga de expedientes principales de los Juzgados Mixtos de Huanta y Coracora, Juzgado Penal de Kimbiri y 3°, 4° y 5° Juzgados Penales de Huamanga; itinerancia que se efectuaría cada 15 días (2 semanas discontinuas al mes); y b) Juzgado Mixto de Huancapi, Juzgados de Paz Letrados de Huancasancos, Vinchos, Chuschi, Sivia y 5° Juzgado de Paz Letrado de Comisaría (Carmen Alto), a fi n de que colaboren con el proceso de descarga de expedientes principales del Juzgado Mixto de Cangallo, 1°, 2° y 3° Juzgados de Paz Letrado de Huamanga, Juzgado de Paz Letrado de Ayna y 1° Juzgado de Paz Letrado de San Juan Bautista; que se efectuaría cada 15 días (2 semanas discontinuas al mes). Segundo. Que, respecto a la primera propuesta de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, la Gerencia Operacional de la Comisión Nacional de Descarga Procesal ha elaborado el Informe N° 086-2013-GO-CNDP-CE/PJ, señalando que: a) El Juzgado Mixto de San Miguel tuvo carga procesal de 662 expedientes, de los cuales resolvió 488 expedientes, con lo que su carga procesal pendiente era de 174 expedientes, que no se incrementará considerablemente por cuanto el promedio de sus ingresos mensuales es de aproximadamente 34 expedientes; b) El Juzgado Mixto de Vilcashuaman alcanzó carga procesal de 595 expedientes, de los cuales resolvió 435 expedientes, esto es el 79% de la meta fi jada (550 expedientes), con lo que su carga procesal pendiente era de 160 expedientes; c) La carga procesal proyectada del Juzgado Mixto de Pausa a diciembre del presente año será de 392 expedientes, por lo que no contará con expedientes su fi cientes para alcanzar el estándar de producción propuesto, d) El Juzgado Mixto de Chungui tuvo carga procesal de 243 expedientes, de los cuales resolvió 149, con lo que su carga procesal pendiente fue de 94 expedientes, la misma que no se incrementará considerablemente debido a que el promedio de sus ingresos mensuales es de 20 expedientes, e) El 2° Juzgado de Penal de Huamanga tuvo un promedio mensual de 8 expedientes ingresados, en tanto que su carga procesal fue de 76 expedientes; f) El promedio mensual de ingresos de expedientes nuevos al Juzgado Mixto de Churcampa es de 82 procesos, con lo que su carga procesal proyectada a diciembre será de 1126 expedientes, requiriendo así de 2 años aproximadamente para liquidar la misma; y, g) El Juzgado Mixto de Huancapi tuvo carga procesal de 402 expedientes, de los cuales resolvió 220, con lo que su carga procesal pendiente fue de 182 expedientes, la misma que se incrementará a diciembre del presente año hasta 225 expedientes aproximadamente, según el promedio de ingresos de expedientes nuevos que es de 25. Tercero. Que, respecto a la segunda propuesta de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, la Gerencia Operacional de la Comisión Nacional de Descarga Procesal, ha elaborado el Informe N° 087-2013-GO-CNDP-CE/PJ, estableciendo que: a) Los Juzgados de Paz Letrado de Huancasancos, Vinchos, Chuschi y 5° Juzgado de Paz Letrado de Comisaría (Carmen Alto), durante el Año Judicial 2012, como hasta setiembre de 2013, presentaron carga procesal inferior a los 250 expedientes, ello debido principalmente al bajo número de ingresos de expedientes; b) La carga procesal del Juzgado de Paz Letrado de Sivia hasta setiembre de 2013 fue de 442 expedientes; y, c) Según el cuadro de zonifi cación de los órganos jurisdiccionales efectuado por la Comisión Nacional de Descarga Procesal, el 5° Juzgado de Paz Letrado de Comisaría de Huamanga (Carmen Alto) pertenece a la zona A, los Juzgados de Paz Letrado de Huancasancos, Vinchos, Sivia y Ayna pertenecen a la zona B y el Juzgado de Paz Letrado de Chuschi a la zona C. En ese sentido, su producción jurisdiccional debe ser de 1000 (zona A), 550 (zona B) y 150 (zona C) expedientes; por tanto, concluye que, atendiendo a la carga procesal que presentan los referidos órganos jurisdiccionales, no alcanzarán la meta de producción jurisdiccional fi jada, proponiendo que a fi n de optimizar los recursos presupuestales asignados para el funcionamiento de un Juzgado de Paz Letrado, los mismos colaboren con otros órganos jurisdiccionales que presenten exceso de carga procesal. Cuarto. Que, de conformidad con el artículo 82°, numeral 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, son atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y e fi ciencia.