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El Peruano Sábado 8 de noviembre de 2014 537156 procesos, y siendo que corresponde al Consejo Regional la aprobación antes referida, al amparo de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralización, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes Nº 27902, Nº 28013, Nº 28926, Nº 28961, Nº 28968, Nº 29053; y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 001-2007- GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010- AREQUIPA y la Ordenanza Regional Nº154-AREQUIPA. SE ORDENA: Artículo 1º.- Aprobación del Manual de Operaciones y Estructura Orgánica. Aprobar el Manual de Operaciones del Proyecto Especial Tambo-Provincia de Islay (PET-PI) instrumento de gestión que consta de 13 páginas en el que se desarrolla (1) Marco Legal, (2) Descripción del proyecto Especial Tambo-Provincia de Islay, (3) Ámbito y jurisdicción, (4) Finalidad, (5) Objetivos, (6) Misión, (7) Componentes, (8) Funciones, (9) Estructura Orgánica, (10) Recursos Humanos: Distribución de cargos, (11) Relaciones Interinstitucionales, (12) Disposiciones Complementarias y Transitorias, (13) Procesos principales del Proyecto Especial Tambo-Provincia de Islay, con la siguiente estructura orgánica: Estructura Orgánica 01 Órgano de Dirección 01.1 Dirección Ejecutiva 02 Órgano de Asesoramiento 02.1. Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto 03 Órgano de Apoyo 03.1. Ofi cina de administración 04 Órganos de Línea 04.1. Dirección de Desarrollo y Gestión de Recursos Hídricos 04.2. Dirección de Gestión de Proyectos Artículo 2º.- Modifi cación de la Ordenanza Nº 010- AREQUIPA, Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Arequipa. Modifi car el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Arequipa aprobado por la Ordenanza Nº 010-AREQUIPA, en consecuencia, modifíquese el último párrafo de su Artículo 92º donde dice: “Son Proyectos del Gobierno Regional de Arequipa: el Proyecto Especial Majes Siguas, el Proyecto COPASA GTZ – Proyecto de Gestión de Riesgo de Desastres Naturales con Enfoque de Seguridad Alimentaria.”, debiendo decir: “Son Proyectos del Gobierno Regional de Arequipa: el Proyecto Especial Majes Siguas, el Proyecto COPASA GTZ – Proyecto de Gestión de Riesgo de Desastres Naturales con Enfoque de Seguridad Alimentaria, y el Proyecto Especial Tambo-Provincia de Islay (PET-PI).” Artículo 3º.- Publicación. La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”, disponiéndose que el Manual de Operaciones se publique en la página Web del Gobierno Regional de conformidad con lo que dispone el Artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los diecisiete días del mes de octubre del 2014. YAMILA OSORIO DELGADO Presidenta del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los treinta días del mes de octubre del dos mil catorce. JUAN MANUEL GUILLEN BENAVIDES Presidente del Gobierno Regional Arequipa 1160746-1 Extienden lineamientos y procedimiento excepcional, aprobados por Ordenanza Regional Nº 047-AREQUIPA y su modificatoria, a los pensionistas del Sector Salud ORDENANZA REGIONAL Nº 291-AREQUIPA El Consejo Regional de Arequipa Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Regional N° 047- AREQUIPA, del 28 de Abril del 2008 se aprobaron los lineamientos y procedimiento excepcional aplicable a la problemática de los señores pensionistas de la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa del Régimen de la Ley N° 20530 tanto para el reconocimiento de la nivelación de pensiones con la bonifi cación o incentivo por productividad, como para la afectación presupuestal y pago de las mismas, sin necesidad de recurrir a la vía judicial. Que, mediante Ordenanza Regional N° 058- AREQUIPA del 17.06.2008 se modifi có la Ordenanza Regional N° 047-AREQUIPA estableciendo dentro del objeto a todos los pensionistas de la sede presidencial del Gobierno Regional de Arequipa, y dentro del ámbito jurisdiccional del Gobierno Regional de Arequipa. Que, así mismo mediante Decreto Regional N° 008- 2008-AREQUIPA del 29.10.2008 se aprobó el Reglamento de las referidas Ordenanzas Regionales, estableciéndose como plazo para la presentación de las solicitudes del 15 al 31 de noviembre del 2008. Que, la Asociación de Cesantes y Jubilados del Ministerio de Salud Arequipa, han puesto de conocimiento del Consejo Regional que sus representados no han sido atendidos en atención a las referidas normas regionales, razón por la cual a solicitud de la Comisión de Desarrollo e Inclusión Social y prevención de Confl ictos, la Gerencia Regional de Salud ha informado mediante el Ofi cio N° 3278-2014-GRA/GRS/GR-OERRHH del 24.09.2014 lo siguiente: i) las ordenanzas regionales antes mencionadas establecen que los trámites deben ser sencillos y por tanto una vez que se estime la pertinencia de la solicitud del cesante, se expidan las resoluciones de reconocimiento que servirán para acreditar y programar la correspondiente afectación presupuestal y de esta forma hacer efectivo el derecho a cobrar tales incentivos laborales; ii) de acuerdo a lo dispuesto por el nivel central del MINSA el personal comprendido en el Decreto Legislativo 276 y que a la fecha tienen condición de pensionistas del Decreto Ley 20530, les corresponde percibir los siguientes montos mensuales por incentivos: productividad (S/. 660.00), alimentación (S/: 158.00) y Asistencia Nutricional (S/.300.00) habiéndose establecido que estos derechos con carácter nivelable y pensionario corresponden reconocerse del el 01.09.2001 hasta el 17.11.2004 ello en aplicación de la Ley N° 28449 que deroga la nivelación de las pensiones con los servidores en actividad desde el 18.11.2004; iii) la normatividad regional antes mencionada no fue aplicada en el sector salud (Gerencia Regional de Salud) porque estas establecen como ámbito de aplicabilidad a los pensionistas de la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, y luego con la modifi cación, para los pensionistas de la Sede Presidencial, siendo que además los plazos establecidos en el respectivo cronograma a la fecha han vencido en exceso; iv) la GERESA recomienda la emisión de una norma regional que disponga que los efectos de la Ordenanza Regional N° 047-AREQUIPA modifi cada por la Ordenanza Regional N° 058-AREQUIPA sean extensivos para el sector salud estableciéndose un nuevo cronograma y plazos para la presentación de solicitudes. Que, bajo ese contexto, es pertinente la emisión de la presente norma regional, extendiendo los alcances de los lineamientos aprobados mediante Ordenanza Regional N° 047-AREQUIPA modifi cada Ordenanza Regional N° 058-AREQUIPA, para el caso de los cesantes y jubilados del sector salud del Gobierno Regional de Arequipa, y estableciendo un cronograma para la presentación de