Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2014 (08/11/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano Sabado 8 de noviembre de 2014

537155

planificar la conservacion de los procesos ecologicos y evolutivos que ocurren en la region Amazonas. Articulo Tercero.- ESTABLECER como MORDAZA de cumplimiento obligatorio la proteccion de la MORDAZA hidrografica Utcubamba, para todos los planes, programas y proyectos de desarrollo de la MORDAZA, sea de los sectores publicos o de las empresas privadas. En las partes altas o cabeceras de las cuencas, el impacto de las actividades socioeconomicas debera ser nulo o reversible, mientras que en las partes medias y bajas solo podran ser promovidas y permitidas la implementacion de actividades de bajo impacto. En todos los casos es obligatorio la preparacion y aprobacion de los Estudios de Impacto Ambiental correspondientes. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Autoridad Regional Ambiental ­ ARA, a traves de sus organos competentes, la Direccion Ejecutiva de Gestion Ambiental y la Direccion Ejecutiva de Recursos Naturales, la implementacion de la presente MORDAZA, teniendo en cuenta las funciones que desempenan la Direccion Ejecutiva de Gestion de Bosques y de Fauna MORDAZA y la Autoridad Nacional del Agua del Ministerio de Agricultura, en la administracion y control de los recursos naturales. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Autoridad Regional Ambiental, organo de linea del Gobierno Regional Amazonas, encargado de la conservacion y cuidado del ambiente, implementar un programa de conservacion, gestion y uso de la diversidad biologica de la region Amazonas, para garantizar asi, la integridad de los paisajes y de los procesos ecologicos esenciales de la region, asegurando la provision sostenible de bienes y servicios ambientales para el beneficio de la poblacion, y contribuir asi al desarrollo humano en MORDAZA con la naturaleza. Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Presidencia del Gobierno Regional Amazonas, para que realice las gestiones necesarias ante el Ministerio del Ambiente y el Ministerio de Agricultura, con el fin de analizar, en el mas corto plazo posible, la integridad ecologica de la MORDAZA hidrografica Utcubamba en la region Amazonas, tomando en consideracion la influencia de esta MORDAZA en los procesos ecologicos y evolutivos, y la provision de los servicios ambientales. Articulo Septimo.- ENCARGAR a los programas, proyectos, Gerencias Regionales, Gerencias Sub Regionales y Direcciones Regionales Sectoriales comprometidas en la implementacion de la presente ordenanza regional, incorporen en sus Planes Operativos Institucionales ­ POI, acciones y presupuesto necesario para garantizar el cumplimiento de la misma. Articulo Octavo.- AUTORIZAR a la Secretaria del Consejo Regional, disponer la publicacion de la presente Ordenanza Regional, en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA web del Gobierno Regional Amazonas. Articulo Noveno.- ENCARGAR a la Secretaria del Consejo Regional para que en forma conjunta con la Oficina de Imagen Institucional efectue la difusion de la presente Ordenanza Regional. Articulo Decimo.- La presente Ordenanza Regional, entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional Amazonas, para su promulgacion. En Chachapoyas, a los 09 dias del mes de octubre del ano 2014. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Consejo Regional Amazonas POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Amazonas, a los 15 OCT.2014. MORDAZA BERLEY MORDAZA MORDAZA Presidente 1160982-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban el Manual de Operaciones del Proyecto Especial Tambo - Provincia de Islay y modifican el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 290-AREQUIPA El Consejo Regional de MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el Articulo 44º de la Constitucion Politica del Peru senala que es deber primordial del Estado "promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nacion"; Que, en materia de descentralizacion, los articulos 188º y 192º de la Constitucion Politica del Peru prescriben que los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia y promueven el desarrollo regional; Que, en tal sentido mediante Ordenanza Nº 243Arequipa, se crea el Proyecto Especial Tambo-Provincia de Islay, como organo desconcentrado y dependiente jerarquicamente de la Presidencia del Gobierno Regional de MORDAZA, ordenandose en el articulo 4º que el Organo Ejecutivo Regional debera elaborar el correspondiente Manual de Operaciones, entre otros instrumentos necesarios para su implementacion y ejecucion; Que, en el ambito de esta autonomia, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, aprueba los criterios necesarios para ordenar la estructura de organizacion de las entidades de la Administracion Publica, y, en su articulo 4º se senala que "La definicion de las funciones y, de ser el caso, la estructura organica de los programas y proyectos se aprueba mediante un Manual de Operaciones, de acuerdo con lo previsto en esta norma. Las funciones especificas a nivel del cargo o puesto de trabajo seran contempladas en el Manual de Organizacion y Funciones (MOF) de la entidad"; Que, en el Informe Tecnico Nº 344-2013-GRA/OPDI, la Oficina de Planeamiento y Desarrollo Institucional formula el correspondiente Manual de Operaciones del Proyecto Especial Tambo, Provincia de Islay, teniendo su sede y domicilio legal en la indicada Provincia y como ambito de accion los distritos que la conforman: Cocachacra, MORDAZA MORDAZA, Islay, MORDAZA y Mollendo. Que, en el Informe Nº 1488-2013-GRA/ORAJ, la Oficina de Asesoria Juridica verifica el Manual de Operaciones del PET-PI conforme a los contenidos minimos que exige el articulo 36º del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM: a) Descripcion del programa o proyecto, incluyendo el objetivo, la descripcion de este o unidades organicas ejecutoras que tienen responsabilidades respecto del programa o proyecto. b) Organizacion del programa o proyecto: organizacion, funciones y responsabilidades. c) Procesos principales tales como programacion y aprobacion de actividades, ejecucion de recursos, MORDAZA de coordinacion, desembolsos, segun corresponda. d) Procesos de supervision, seguimiento y evaluacion: supervision tecnica, informe (financieros, registros contables, de progreso) auditorias, inspeccion y supervision, segun corresponda, estando de acuerdo con los mismos; Que, mediante Informe Nº 158-2013-GRA/GGR, la Gerencia General Regional de MORDAZA, aprueba el citado Manual de Operaciones del PET-PI, remitiendose a este Consejo Regional para su aprobacion; Que, por estas consideraciones y con los sustentos tecnicos que exige el Decreto Supremo Nº 043-2006PCM, la identificacion de las funciones de la Direccion Ejecutiva, como de sus organos y unidades, la explicacion organica y funcional de cada una de las estructuras y su duplicidad de funciones, la simplificacion y optimizacion de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.