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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (08/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 60

El Peruano Sábado 8 de noviembre de 2014 537154 para adoptar medidas que impidan su degradación o extinción. Que, el artículo 2º de la norma en mención señala que el agua constituye patrimonio de la Nación. El dominio sobre ella es inalienable e imprescriptible. Es un bien de uso público y su administración solo puede ser otorgada y ejercida en armonía con el bien común, la protección ambiental y el interés de la Nación. No hay propiedad privada sobre el agua. Que, el artículo 3º de la citada norma, declara de interés nacional y necesidad publica, la gestión integrada de los recursos hídricos con el propósito de lograr efi ciencia y sostenibilidad en el manejo de las cuencas hidrográfi cas y los acuíferos para la conservación e incremento del agua, así como asegurar su calidad fomentando una nueva cultura del agua, para garantizar la satisfacción de la demanda de las actuales y futuras generaciones. Que, la cabecera de Cuenca Hidrográfi ca del Río Utcubamba ha demostrado ejercer un rol muy importante en el mantenimiento del ciclo del agua, un recurso cada vez más escaso, y en la existencia de los bosques y los servicios ambientales que ellos prestan, tal como la producción de oxígeno, la fi jación de dióxido de carbono, y el papel que tiene como hábitat de especies animales y vegetales. Que, la cabecera de Cuenca Hidrográfi ca del Río Utcubamba, promueve la persistencia de procesos ecológicos y evolutivos, que gobiernan el desarrollo y existencia de una rica biodiversidad a través de la separación geográfi ca de las poblaciones, y en otros casos confi gurando corredores ecológicos que permitan la conectividad de hábitats. Se ha demostrado que las cabeceras de la Cuenca Utcubamba, forman parte de los corredores biológicos, caracterizados por su alta biodiversidad y riqueza en especies endémicas. Que, el Gobierno Regional Amazonas, en su ardua labor de garantizar la integridad de los paisajes y de los procesos ecológicos esenciales de la región, asegurando la provisión sostenible de bienes y servicios ambientales para el benefi cio de la población, y contribución al desarrollo humano en armonía con la naturaleza, está uniendo esfuerzos para la protección y conservación de la Cuenca Hidrográfi ca del Río Utcubamba, ya que en la actualidad, hay áreas de la cuenca que están afrontando una fuerte presión, producto de la concentración de población y el creciente desarrollo de actividades productivas. Trayendo consigo una serie de retos sociales, económicos y ambientales, para el Gobierno Regional Amazonas. Que, en base al Estudio de Impacto Ambiental, Identifi cación y Caracterización de Peligros y Medidas de Reducción del Riesgo de Desastres en la Cuenca del Río Utcubamba, realizado en el mes de septiembre del año 2013, por el CONSORCIO RÍO UTCUBAMBA, en la cual da a conocer que la Cuenca Hidrográfi ca del Utcubamba es una de las cuencas que pertenecen a la cuenca del Marañón, teniendo una extensión de 644,317 hectáreas, abarcando 5 provincias de la Región Amazonas (Chachapoyas, Luya, Bongará, Utcubamba, Bagua), no siendo un área geográfi ca delimitada en términos político- administrativos sino que está defi nida por las subcuentas que drenan sus aguas hacia el río Utcubamba, pero por la abundancia y riqueza de recursos que ofrece, la Cuenca está siendo sometida a una presión humana cada vez mayor. Que, la creciente población y la necesidad de tierras para vivir y desarrollar actividades económicas son las causas principales de los retos existentes, como los cambios de uso del suelo, la contaminación de fuentes de agua, la extracción de recursos naturales y el desarrollo urbano. Siendo un problema ambiental importante, la contaminación de los ríos por arrojo de residuos sólidos, evacuación de aguas servidas de las principales ciudades, así como pesticidas y demás productos químicos que utilizan los agricultores. Estos problemas causan una gran alteración en la cantidad y calidad de agua de los ríos, consecuencias en la salud, economía, transporte y demás aspectos de la vida de la cuenca; razón por la cual urge implementar proyectos de conservación integral y desarrollo sostenible en la cuenca mencionada. Que, la Cuenca hidrográfi ca Utcubamba forma parte de zona de biodiversidad y de especies endémicas y además sirve como zona fuente de fl ora y fauna y asegura la conectividad de hábitats para animales que migran y ocupan otros territorios. Que, a fi n de salvaguardar los intereses regionales de conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y de la diversidad biológica en la cuenca hidrográfi ca Utcubamba y en ejercicio pleno del derecho el Gobierno Regional Amazonas, debe declarar de interés público, la conservación y protección de las 09 zonas específi cas identifi cadas de la cuenca hidrográfi ca Utcubamba, ubicada en las provincias de Chachapoyas, Bongará, Luya, Utcubamba y Bagua. Que, acorde con lo dispuesto por el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, las Ordenanzas Regionales, norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Una vez aprobadas por el Consejo Regional, son remitidas a la presidencia regional, para su promulgación en un plazo de 10 días calendarios. Estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria de Consejo Regional Nº 019, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 217-2014, de fecha 09 de octubre del 2014, con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37º, concordante con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 y su modifi catoria Nº 27902 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Se ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- DECLARAR de Interés Público Regional la conservación y protección de 09 zonas específi cas identifi cadas de la Cuenca Hidrográfi ca Utcubamba de la Región Amazonas, con el objetivo de proteger los importantes procesos ecológicos, garantizar la protección del recurso hídrico y la provisión de recursos naturales esenciales para los pobladores de las comunidades de esta cuenca y la conservación de la diversidad biológica, a través de la preservación de los corredores ecológicos; dichas zonas corresponden a las siguientes: • Zona 01: Abarca la provincia de Utcubamba, distritos de Bagua Grande y El Milagro, con una superfi cie de 939.00 Has. • Zona 02: Comprende las provincias de Utcubamba (distritos de Bagua Grande, Jamalca), Luya (Colcamar, Conila, Inguilpata, Ocúmal, San jerónimo, Santa Catalina) y Bongará (Jazán), cuya superfi cie es de 102,558.00 Has. • Zona 03: Alcanza las provincias de Chachapoyas (Chuquibamba, Leymebamba), Luya (Colcamar, Inguilpata, Longuita, María, Pisuquia, San Francisco del Yeso, Santo Tomás y Tingo), haciendo un total de 33,227.00 Has. • Zona 04: Se encuentra la provincia de Chachapoyas (Chachapoyas, La Jalca, Levanto, Magdalena, San Isidro del Mayno y Soloco), con 17,116.00 Has. • Zona 05: Comprende las provincias de Chachapoyas (Chachapoyas, Chiliquin, Huancas, Sonche) Luya (Lamud) y Bongará (San Pablo de Valera), con una superfi cie de 3,077.30 Has. • Zona 06: Comprende las provincias de Chachapoyas (Chiliquin, Granada, Molinopampa, Quinjalca), Rodríguez de Mendoza (Vista Alegre), con una superfi cie de 18,557.20 Has. • Zona 07: Se encuentra la provincia de Chachapoyas (Chiliquin), Bongará (Churuja, Cuispes, Jumbilla, San Carlos, San Pablo de Valera), con una superfi cie de 22,303.00 Has. • Zona 08: Comprende las provincias de Utcubamba (Jamalca), Bongará (Churuja, San Pablo de Valera, Jazán), Luya (San Cristóbal, San Jerónimo, Santa Catalina), con una superfi cie de 18,533.00 Has. • Zona 09: Comprende las provincias de Utcubamba (Cajaruro), Bagua (Copallín), con una superfi cie de 14,743.00 Has. Artículo Segundo.- APROBAR, como referencia técnica para la presente Ordenanza Regional, el Estudio de Impacto Ambiental, Identifi cación y Caracterización de Peligros y Medidas de Reducción del Riesgo de Desastres en la Cuenca del Río Utcubamba, como un medio para