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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (22/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 41

El Peruano Sábado 22 de noviembre de 2014 538143 a otras Entidades Públicas” y metas presupuestarias señaladas en el Cuadro Nº 1 adjunto al citado Informe; Que, mediante Nota Nº 1088-2014-MIMP/OGA del 11 de noviembre de 2014, la Ofi cina General de Administración ha señalado que no encuentra objeción a la transferencia fi nanciera propuesta por la Dirección General de la Familia y la Comunidad, mediante Nota Nº 593-2014-MIMP/ DGFC del 3 de noviembre de 2014, precisando que las misma deberá ser formalizada con resolución ministerial, en virtud de lo establecido en el literal c) del numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley Nº 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, por lo que recomienda su trámite correspondiente; Que, en tal sentido, a fi n de efectivizar el pago de remuneraciones y pensiones, correspondientes al mes de noviembre de 2014, de los trabajadores y pensionistas de las treinta y un (31) Sociedades de Benefi cencia Pública que se encuentran en el ámbito del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, resulta pertinente emitir el acto por el que se apruebe la transferencia fi nanciera hasta por la suma de CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO Y 64/100 NUEVOS SOLES (S/. 473 324,64) a favor de las citadas Sociedades de Benefi cencia Pública; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Ofi cina General de Administración y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 26918 – Ley de creación del Sistema Nacional para la Población en Riesgo – SPR; el Decreto Legislativo Nº 1098 – Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, el Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central, hasta por la suma de CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO Y 64/100 NUEVOS SOLES (S/. 473 324,64) a favor de treinta y un (31) Sociedades de Benefi cencia Pública que se encuentran en el ámbito del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, conforme al anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, los cuales serán destinados al pago de remuneraciones y pensiones, correspondientes al mes de noviembre de 2014, de los trabajadores y pensionistas de las citadas Sociedades de Benefi cencia Pública. Artículo 2.- La Ofi cina General de Administración deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Las Sociedades de Benefi cencia Pública deberán efectuar las rendiciones respectivas de los recursos transferidos, debiendo informar las mismas a la Dirección de Benefi cencias Públicas y Voluntariado de la Dirección General de la Familia y la Comunidad. Los recursos asignados que no fueren utilizados deberán ser revertidos al Tesoro Público. Artículo 4.- La Dirección General de la Familia y la Comunidad, a través de la Dirección de Benefi cencias Públicas y Voluntariado, y la Ofi cina General de Administración, en el marco de sus competencias, serán los responsables del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas de los recursos materia de transferencia. Artículo 5.- Disponer que el Anexo a que se refi ere el artículo 1 de la presente Resolución se publique en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.mimp.gob.pe) en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMEN OMONTE DURAND Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1168232-1 Designan Representantes del Ministerio ante la Comisión Nacional Permanente Peruana de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica - CNPP/ OTCA RESOLUCIÓN MINISTERIAL ʋ 402-2014-MIMP Lima, 20 de noviembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo ʋ 011-80-RE, se creó la Comisión Nacional Permanente del Tratado de Cooperación Amazónica, así como se aprobó su estructura interna; Que, mediante Decreto Supremo ʋ 028-97-RE, se modifi có la denominación de la indicada Comisión, por la de Comisión Nacional Permanente Peruana del Tratado de Cooperación Amazónica – CNPP/TCA; Que, mediante Decreto Supremo ʋ 097-2010-RE, se modifi có por segunda vez la denominación de la aludida Comisión, por la de Comisión Nacional Permanente Peruana de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica – CNPP/OTCA, así como se aprobó su nueva estructura interna; Que, los artículos 2 literal k) y 6 del mencionado Decreto Supremo ʋ 097-2010-RE disponen que el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES (actualmente Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP) forma parte de la estructura de la Comisión Nacional Permanente Peruana de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica – CNPP/OTCA, para lo cual designa a sus representantes, un titular y un alterno, por Resolución Ministerial, notifi cando dicha designación al Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, mediante Resolución Ministerial ʋ 201-2012-MIMP de fecha 20 de julio de 2012, se designó como representantes del MIMP ante la Comisión Nacional Permanente Peruana de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica – CNPP/OTCA, al/la Director/a General de la Ofi cina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada, en calidad de titular, y al/la Jefe/a de la Ofi cina de Gestión Descentralizada, en calidad de alterno; Que, se ha visto por conveniente dejar sin efecto la Resolución Ministerial ʋ 201-2012-MIMP, y designar a los nuevos representantes del MIMP ante la referida Comisión Nacional Permanente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo ʋ 1098 – Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo ʋ 003-2012-MIMP y el Decreto Supremo ʋ 097-2010-RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial ʋ 201-2012-MIMP del 20 de julio de 2012. Artículo 2.- Designar como Representantes del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP ante la Comisión Nacional Permanente Peruana de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica – CNPP/OTCA, a los siguientes funcionarios: • El/la Director/a II de la Ofi cina de Cooperación Internacional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en calidad de titular. • El/la Jefe/a del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en calidad de alterno. Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución tanto a los funcionarios indicados en el artículo precedente de la presente Resolución como al Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMEN OMONTE DURAND Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1168232-2