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El Peruano Sábado 22 de noviembre de 2014 538135 corresponde al Ministerio de Educación, convocar a la evaluación excepcional de profesores nombrados sin título pedagógico, provenientes del régimen de la Ley del Profesorado, en el marco de lo dispuesto por la Segunda Disposición Complementaria Transitoria y Final de la Ley de Reforma Magisterial, y aprobar el cronograma de la referida evaluación; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 004- 2013-ED, y sus modifi catorias; el Decreto Supremo Nº 006- 2012-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y la Resolución de Secretaría General Nº 2078-2014-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica denominada “Normas para la evaluación excepcional de profesores nombrados sin título pedagógico, provenientes del régimen de la Ley del Profesorado, en el marco de lo dispuesto por la Segunda Disposición Complementaria Transitoria y Final de la Ley de Reforma Magisterial”; SE RESUELVE: Artículo 1.- Convocar a la evaluación excepcional de profesores nombrados sin título pedagógico, provenientes del régimen de la Ley del Profesorado, en el marco de lo dispuesto por la Segunda Disposición Complementaria Transitoria y Final de la Ley de Reforma Magisterial, la misma que se llevará a cabo conforme a lo establecido en la Norma Técnica aprobada mediante Resolución de Secretaría General Nº 2078-2014-MINEDU. Artículo 2.- Aprobar el cronograma de la evaluación excepcional a que se refi ere el artículo precedente, el cual como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”, encargándose a la Ofi cina de Apoyo a la Administración de la Educación su publicación y la de su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.minedu.gob.pe/), en la misma fecha. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1167856-1 Designan Jefe de la Unidad de Administración Financiera de la Oficina General de Administración de la Secretaría General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 533-2014-MINEDU Lima, 20 de noviembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 335-2014- MINEDU se designó al señor Jorge Guillermo Valdivia Vera Rebollar, en el cargo de Jefe de la Unidad de Administración Financiera de la Ofi cina General de Administración, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación; Que, el citado funcionario ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando; Que, por lo expuesto, resulta necesario aceptar la referida renuncia y designar al funcionario que ejercerá el cargo de Jefe de la Unidad de Administración Financiera de la Ofi cina General de Administración, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación; De conformidad, con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios; en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley Nº 26510; en el Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2012-ED; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor JORGE GUILLERMO VALDIVIA VERA REBOLLAR, al cargo de Jefe de la Unidad de Administración Financiera de la Ofi cina General de Administración, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor ALFREDO LIZANDRO COLONIO SANCHEZ como Jefe de la Unidad de Administración Financiera de la Ofi cina General de Administración, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1167856-2 Aprueban Norma Técnica denominada “Normas para la contratación de promotores de tutoría y orientación educativa en las instituciones educativas de educación básica regular” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 2079-2014-MINEDU Lima, 20 de noviembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, en adelante la Ley, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad defi nir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, el literal a) del artículo 80 de la Ley consigna como función del Ministerio de Educación defi nir, dirigir, regular y evaluar, en coordinación con las regiones, la política educativa y pedagógica nacional, y establecer políticas específi cas de equidad; Que, con la fi nalidad de implementar las acciones de tutoría y orientación educativa en las instituciones educativas, que permitan contribuir entre otros aspectos, al desarrollo de acciones que fortalezcan, protejan y garanticen el respeto de los derechos de los niños, niñas y adolescentes; se requiere la contratación de profesionales de educación, psicología, trabajo social u otras ciencias sociales afi nes, para que se desempeñen como promotores de Tutoría y Orientación Educativa en las Instituciones Educativas de las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces, que cuenten con plazas presupuestadas para tal fi n; Que, a través del Informe Nº 608-2014-MINEDU/ VMGP-DITOE, la Dirección de Tutoría y Orientación Educativa, en cumplimiento de las funciones asignadas por el artículo 52 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2012 ED, sustenta la necesidad de emitir una nueva norma técnica que regule el proceso de contratación de Promotores de Tutoría y Orientación Educativa, que permita el acceso de profesionales con el perfi l idóneo para el cumplimiento de dicha labor, precisando sus funciones; así como establecer los criterios para seleccionar a las instituciones educativas receptoras de los referidos Promotores; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cada por la Ley Nº 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2012-ED; la Resolución Ministerial Nº 0520-2013-ED, que aprueba la Directiva Nº 023-2013-MINEDU/SG-OAJ denominada “Elaboración, aprobación y tramitación de dispositivos normativos y actos resolutivos en el Ministerio de