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El Peruano Sábado 22 de noviembre de 2014 538141 Ministros, la misma que es publicada en el diario ofi cial “El Peruano”; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010- 2013-IN; y, el Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicios, del 23 al 27 de noviembre de 2014, del Mayor de la Policía Nacional del Perú Elmer Martín Zuta Arbildo y del Subofi cial Técnico de Segunda de la Policía Nacional del Perú Marco Antonio Hernández Chávarri, para que ejecuten la extradición activa del ciudadano colombiano Aníbal Zapata Ávalos, quien se encuentra requerido por la Sala Penal Nacional y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Salud Pública - Tráfi co Ilícito de Drogas agravado, en perjuicio del Estado peruano, a realizarse en la ciudad de Bogotá, República de Colombia. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe Días Pers. Total US$ Viáticos US$ 370.00 5 X 2 = 3,700.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refi ere el artículo 1º de la presente Resolución deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros DANIEL URRESTI ELERA Ministro del Interior 1168337-10 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 232-2014-IN Lima, 21 de noviembre de 2014 VISTOS; el mensaje con referencia EXPTE EXT EEG2/55420/JPA/8 de fecha 3 de noviembre de 2014, de la Ofi cina Central Nacional de INTERPOL en Madrid; y, el Memorándum Múltiple Nº 528-2014-DIRGEN-PNP/EMP- OCNI de fecha 11 de noviembre de 2014, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema Nº 048-2014-JUS de fecha 4 de marzo de 2014, el Estado peruano accede a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano Felipe Santiago Mantilla Silva, formulada por la Sala Penal Liquidadora Permanente de la Corte Superior de Justicia de la Libertad y declara procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión de los delitos (i) contra la Vida, el Cuerpo y la Salud - Homicidio califi cado, en agravio de Oscar Barreno Zelada; y (ii) contra el Patrimonio - Robo agravado en grado de tentativa, en agravio de Carlos Edgar Ávila Gonzáles y Silvia Beatriz Cruz García, y disponer su presentación por vía diplomática al Reino de España, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, mediante mensaje con referencia EXPTE EXT EEG2/55420/JPA/8 de fecha 3 de noviembre de 2014, la Ofi cina Central Nacional de INTERPOL en Madrid solicitó a la Ofi cina Central Nacional de INTERPOL en Lima, los nombres y planes de desplazamiento de los funcionarios policiales que se encargarán de recibir, custodiar y trasladar al ciudadano peruano Felipe Santiago MANTILLA SILVA desde la ciudad de Madrid, Reino de España hacia territorio peruano, toda vez que tal entrega ha sido autorizada por las autoridades españolas; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 515-2014- DIRGEN PNP/EMP-OCNI de fecha 10 de noviembre de 2014, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, en base a los argumentos y documentos señalados en la referida Hoja de Estudio y Opinión, estimó conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, autorice el viaje al exterior en comisión de servicios del 29 de noviembre al 5 de diciembre de 2014, del Comandante de la Policía Nacional del Perú José Luis Frías Chávez y de la Subofi cial de Primera de la Policía Nacional del Perú Merly Carranza Delgado, a la ciudad de Madrid, Reino de España, a fi n de que ejecuten la extradición activa del ciudadano peruano antes mencionado; Que, en atención a los documentos sustentatorios sobre el particular, mediante Memorándum Múltiple Nº 528-2014- DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 11 de noviembre de 2014, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú dio su conformidad al viaje al exterior señalado, disponiendo se proceda a la formulación del proyecto de resolución autoritativa correspondiente y señalando que los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán asumidos por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002- Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior; mientras que los gastos correspondientes a pasajes aéreos, e impuesto de viaje para el personal policial y el extraditable serán asumidos por la Gerencia de Administración del Poder Judicial, a través de la Sub Gerencia de Contabilidad, conforme lo establece la Directiva Nº 001-2007-GG/PJ “Procedimientos para la Adecuada Administración del Fondo para Pagos en Efectivo del Poder Judicial” y la Directiva Nº 011-2008-CE/ PJ “Normas y Procedimientos para el Traslado de Personas Requisitoriadas por Orden Judicial”; Que, según lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario ofi cial “El Peruano”; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30114, Ley de