Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2014 (22/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano Sabado 22 de noviembre de 2014

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de 2014, mediante la modificacion del articulo 1 de la Resolucion Ministerial Nº 395-2014-PRODUCE, asi como la aprobacion de las disposiciones legales pertinentes; Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesqueria y de las Direcciones Generales de Politicas y Desarrollo Pesquero, de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Indirecto, de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Directo y de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Decreto Legislativo Nº 1084 ­ Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE, asi como en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 1047 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1.- Modificar el articulo 1 de la Resolucion Ministerial Nº 395-2014-PRODUCE, en los siguientes terminos: "Autorizar al Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE, la ejecucion de la Operacion EUREKA LXVII, con la participacion de embarcaciones pesqueras, en el area comprendida entre Talara (04ºLS) y Punta San MORDAZA (16ºLS), desde la linea de costa hasta las 150 millas nauticas de distancia de la costa, a partir de las 00:00 horas del 19 de noviembre hasta las 12:00 horas del 23 de noviembre de 2014. La Direccion General de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Indirecto mediante Resolucion Directoral y previa coordinacion con el Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE, podra modificar la fecha de inicio de la Operacion EUREKA LXVII, ante la ocurrencia de situaciones excepcionales que afecten su ejecucion." Articulo 2.- La Operacion EUREKA LXVII se sujeta a las demas disposiciones senaladas en la Resolucion Ministerial Nº 395-2014-PRODUCE, la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y demas disposiciones legales vigentes. Articulo 3.- Las Direcciones Generales de Politicas y Desarrollo Pesquero, de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Indirecto, de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Directo, de Supervision y Fiscalizacion del Ministerio de la Produccion, asi como las dependencias con competencia pesquera de los Gobiernos Regionales y la Direccion General de Capitanias y Guardacostas de la MORDAZA de MORDAZA del Peru del Ministerio de Defensa, dentro del ambito de sus respectivas competencias, realizaran las acciones de difusion que correspondan y velaran por el cumplimiento de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GHEZZI MORDAZA Ministro de la Produccion 1168335-1

PRODUCE
Modifican R.M. Nº 395-2014-PRODUCE mediante la cual se autorizo al IMARPE la ejecucion de la Operacion EUREKA LXVII
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 403-2014-PRODUCE MORDAZA, 21 de noviembre de 2014 VISTOS: El Oficio Nº DEC-100-285-2014-PRODUCE/ IMP del Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE; el Informe Nº 302-2014-PRODUCE/DGP-Diropa de la Direccion General de Politicas y Desarrollo Pesquero; y, el Informe Nº 1282014-PRODUCE/OGAJ-jhuari de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977, en su articulo 2, establece que son patrimonio de la Nacion los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru, y que corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interes nacional; Que, la citada Ley General de Pesca en su articulo 9, dispone que el Ministerio de la Produccion, sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socioeconomicos, determina, segun el MORDAZA de pesquerias, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulacion del esfuerzo pesquero, los metodos de pesca, las tallas minimas de captura y demas normas que requieran la preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; asimismo, senala que los derechos administrativos otorgados se sujetan a las medidas de ordenamiento que mediante dispositivo legal de caracter general dicta el Ministerio; Que, la acotada Ley General de Pesca en su articulo 13, establece que la investigacion pesquera esta orientada a obtener y proporcionar permanentemente las bases cientificas que sustentan el desarrollo integral y armonico del MORDAZA pesquero; Que, el Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, en su articulo 21, indica que la investigacion pesquera es una actividad a la que tiene derecho cualquier persona natural o juridica; y que para su ejercicio se requerira autorizacion previa del Ministerio de la Produccion en los casos en que se utilicen embarcaciones, extraiga recursos hidrobiologicos, usen espacios acuaticos publicos u operen plantas de procesamiento, siendo dicha autorizacion intransferible; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 395-2014PRODUCE, se autorizo al Instituto MORDAZA del Peru IMARPE, la ejecucion de la Operacion EUREKA LXVII, con la participacion de embarcaciones pesqueras, en el area comprendida entre Talara (04ºLS) y Punta San MORDAZA (16ºLS), desde la linea de costa hasta las 150 millas nauticas de distancia de la costa, a partir de las 00:00 horas del 19 de noviembre hasta las 24:00 horas del 21 de noviembre de 2014; Que, el IMARPE mediante el Oficio Nº DEC-100285-2014-PRODUCE/IMP, senala que la Operacion EUREKA LXVII inicio sus actividades a las 00:00 horas del 19 de noviembre de 2014; asimismo, indica que las embarcaciones de mayor escala de MORDAZA han culminado su recorrido, sin embargo, las embarcaciones de mayor escala de MORDAZA, cuya cobertura de observacion corresponde hasta las 150 millas nauticas, aun se encuentran desarrollando sus actividades, habiendo terminado un transecto de los dos previstos; por lo que solicita la ampliacion de la operacion hasta las 12:00 horas del MORDAZA 23 de noviembre de 2014; Que, la Direccion General de Politicas y Desarrollo Pesquero, mediante su Informe de Vistos, en atencion a la recomendacion del IMARPE y en aplicacion de la normatividad vigente, considera viable la ampliacion del periodo para la ejecucion de la Operacion Eureka LXVII hasta las 12:00 horas del MORDAZA 23 de noviembre

Disponen la publicacion en el MORDAZA institucional del Ministerio, de proyecto de Decreto Supremo que establece las Normas para la Formalizacion, Adecuacion y Consolidacion de la Pesqueria Artesanal y de Menor Escala del Recurso Calamar Gigante o Pota
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 404-2014-PRODUCE MORDAZA, 21 de noviembre de 2014

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