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El Peruano Jueves 2 de octubre de 2014 533967 Que, por el artículo 23° del Reglamento de la Ley del Martillero Público aprobado por Decreto Supremo N° 008- 2005-JUS, se dispone que las faltas administrativas son pasibles de las siguientes sanciones: Leves: Multa de 0.5 UIT o suspensión de 1 día hasta 6 meses, Graves: Multa de más de 1 UIT a Uidad de Asesoría Jurídica 5UIT o suspensión de más de 6 meses a 1 año y Muy Graves: Cancelación de la matrícula de inscripción con prohibición de volver a solicitar su inscripción ante el Órgano Desconcentrado de la SUNARP. Los grados de sanciones corresponden a la magnitud de las faltas, según sea su menor o mayor gravedad. Que, la Unidad de Asesoría Jurídica ha emitido el Dictamen de Vistos, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución, según lo previsto por el numeral 6.2 del artículo 6° de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, concluyendo que el Martillero Público Abraham Mariñas Sánchez, ha incurrido en un supuesto de responsabilidad administrativa, al haber incumplido lo establecido en los numerales 2) y 7) del artículo 16° de la Ley del Martillero Público, Ley N° 27728. Que, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 63° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2013-JUS, del 15 de octubre de 2013 y la Resolución del Secretario General de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N° 061-2014-SUNARP/SG del 12 de febrero de 2014. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR que el Martillero Público ABRAHAM MARIÑAS SANCHEZ, ha incurrido en responsabilidad administrativa, al haber incumplido de las obligaciones previstas en los numerales 2) y 7) del artículo 16° de la Ley del Martillero Público, Ley N° 27728, de conformidad con los considerandos expuestos en la presente Resolución. Artículo Segundo.- IMPONER la sanción de suspensión del ejercicio de sus funciones por treinta (30) días al Martillero Público aludido en el artículo primero, disponiendo se archive copia de la presente Resolución en su Legajo Individual. Artículo Tercero.- DISPONER que la presente Resolución sea puesta en conocimiento de la Gerencia de Bienes Muebles, a fi n de que luego que el presente Acto Administrativo quede consentido o fi rme, efectúe las coordinaciones para la ejecución efectiva y registre la sanción impuesta al Martillero Público Abraham Mariñas Sánchez, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20° del Reglamento del Procedimiento Sancionador aplicable a Martilleros Públicos. Regístrese y comuníquese. NILO ARROBA UGAZ Jefe (e) de la Zona Registral Nº IX Sede Lima 1144802-2 ORGANOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan viaje de Presidente del BCRP a los EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 074-2014-BCRP Lima, 19 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido la convocatoria para que el Banco Central de Reserva del Perú participe, en el marco de las Reuniones Anuales del Fondo Monetario Internacional (FMI) y del Banco Mundial (BM), en la reunión del G-24, la VIII Reunión de Gobernadores de Bancos Centrales de Asia, América Latina y el Caribe; la L Reunión de Gobernadores de Bancos Centrales de América Latina, España y Filipinas; y la XCVIII Reunión de Gobernadores de Bancos Centrales del CEMLA, que se realizarán en el mes de octubre, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América; Asimismo, se ha recibido invitación a la XL Reunión de la Red Latinoamericana de Bancos Centrales y Ministerios de Finanzas del Banco Interamericano de Desarrollo, y a otros seminarios y eventos organizados en el contexto de las reuniones mencionadas; El Perú es miembro del Fondo Monetario Internacional y del Banco Mundial; y el Banco Central de Reserva del Perú representa al país para los fi nes establecidos en el Convenio Constitutivo del primero de esos organismos multilaterales; El señor Julio Velarde Flores es Gobernador ante el Fondo Monetario Internacional; De conformidad con lo dispuesto en la Ley 27619, su Reglamento el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus modifi catorias, y estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 28 de agosto del 2014; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la misión en el exterior del Presidente, señor Julio Velarde Flores, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 8 al 14 de octubre, así como el pago de los gastos que no sean asumidos por las entidades organizadoras, a fi n de que participe en las reuniones indicadas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje US$ 1810,98 Viáticos US$ 2200,00 ------------------------ TOTAL US$ 4010,98 Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese. JULIO VELARDE Presidente 1144108-1 Índice de reajuste diario a que se refiere el Art. 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, correspondiente al mes de octubre CIRCULAR Nº 034-2014-BCRP Lima, 1 de octubre de 2014 El índice de reajuste diario, a que se refi ere el artículo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, correspondiente al mes de octubre es el siguiente: DÍA ÍNDICE DÍA ÍNDICE 1 8,11479 17 8,12151 2 8,11521 18 8,12193 3 8,11563 19 8,12235 4 8,11605 20 8,12277 5 8,11647 21 8,12319 6 8,11689 22 8,12361 7 8,11731 23 8,12403 8 8,11773 24 8,12445 9 8,11815 25 8,12487 10 8,11857 26 8,12529 11 8,11899 27 8,12571