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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (16/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 38

El Peruano Jueves 16 de octubre de 2014 534836 mediante el Informe Nº 808-2014-GPD/DP, comunica que los viajes al exterior se encuentran prohibidos, salvo que sean autorizados por el titular de la entidad mediante la Resolución correspondiente; de autorizarse el viaje el gasto se ejecutará con la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados; Que, con Informe Nº461-2014-UNT/DC, el Director de Contabilidad informa que la cuenta PIC Nº 06-2013, tiene disponibilidad económica para atender dicho gasto; De conformidad con los incisos a) y c) del artículo 178º del Estatuto institucional vigente; SE RESUELVE: 1º) AUTORIZAR el viaje a la ciudad de Bogotá – Colombia al DR. JHONNY ORTIZ TAVARA, Gerente de Relaciones Exteriores de la UNT y Responsable del PIC Nº 06-2013 denominado “ESTUDIO FRACTO- MECÁNICO DE DAÑO EN POLIDUCTOS DE MINERÍA Y PETRÓLEO CON RIESGO DE CONTAMINACIÓN MEDIOAMBIENTAL”, para asistir durante los días del 21 al 27 de setiembre de 2014, al Simposio SMEC 2014 “SIMPOSIO EN MECANICA DE MATERIALES Y ESTRUCTURAS CONTINUAS: EXPERIMENTACION, MODELADO NUMÉRICO Y TEÓRICO”, donde expondrá los avances del Proyecto antes mencionado. 2º) AUTORIZAR el pago de S/.9,618.14 (nueve mil seiscientos dieciocho y 14/ 100 nuevos soles) para cubrir los siguientes gastos de viaje: - Pasajes aéreos - terrestre y gastos de transporte 2,236.64 - Viáticos 07 días 7,381.50 ------------ TOTAL S/. 9,618.14 2º) EL EGRESO que origine la presente Resolución se afectarán a las Partidas 2.3.2.1.1.1 pasajes y gastos de transporte (viajes al exterior del país) y 2.3.2.1.1.2 Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicio, con la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, para efecto de control interno deberá cargarse a la cuenta PIC Nº 06-2013 y, con el Correlativo de la Cadena Funcional Programática Nº 0039 9002 3999999 5000650 22 048 0015 0000591 Desarrollo de Estudios, Investigación y Estadística (Gerencia de Investigación Científi ca, Proyección Social y Extensión Universitaria). 3º) DISPONER que la Ofi cina de Relaciones Públicas en coordinación con la Dirección de Abastecimiento, publique en el Diario Ofi cial El Peruano, la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ORLANDO VELASQUEZ BENITES Rector 1150468-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Convocan a ciudadana para que asuma cargo de regidora del Concejo Distrital de Saylla, provincia y departamento de Cusco RESOLUCIÓN Nº 568-2014-JNE Expediente Nº J-2014-00469 SAYLLA - CUSCO - CUSCO ACREDITACIÓN DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, dos de julio de dos mil catorce. VISTOS los actuados en el presente expediente sobre solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, presentada con fecha 24 de abril de 2014, por Daniel Quispe Yupayccana, alcalde de la Municipalidad Distrital de Saylla, provincia y departamento de Cusco, al haberse declarado la vacancia del regidor Ernesto Ttito Altamirano, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. ANTECEDENTES En sesión extraordinaria, realizada el 13 de enero de 2014 (fojas 11 y 12), el Concejo Distrital de Saylla, provincia y departamento de Cusco, declaró la vacancia del regidor Ernesto Ttito Altamirano por la causal de inasistencia injustifi cada a tres sesiones consecutivas de concejo, por no haber asistido a las sesiones comprendidas entre los meses de octubre de 2013 a enero de 2014, causal contemplada en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM). CONSIDERANDOS 1. De acuerdo al artículo 23 de la LOM, la vacancia del cargo de alcalde o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notifi cación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. 2. En tal sentido, antes de expedir las credenciales a las nuevas autoridades, corresponde al Jurado Nacional de Elecciones verifi car la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en el artículo 23 de la LOM, y constatar, además, si durante el proceso se han observado los derechos y garantías inherentes al debido procedimiento. 3. Del análisis de autos se puede apreciar, con fecha 31 de diciembre de 2013, que se notifi có a Ernesto Ttito Altamirano la solicitud de vacancia presentada en su contra por el Concejo Distrital de Saylla, a efectos de que haga valer sus descargos, conforme a ley. 4. Con fecha 13 de enero de 2014 (fojas 11 y 12), se llevó a cabo la sesión extraordinaria del Concejo Distrital de Saylla, provincia y departamento de Cusco, en la que se aprobó, por unanimidad, la vacancia en el cargo de regidor de Ernesto Ttito Altamirano, por haberse confi gurado la causal establecida en el artículo 22, numeral 7, de la LOM. 5. Se verifi ca, a través de la Carta Nº 08-2014-A-MDS- C./, notifi cada el 14 de enero de 2014, que se comunicó a Ernesto Ttito Altamirano que, mediante acuerdo de concejo emitido en la sesión extraordinaria, de fecha 13 de enero de 2014, se declaró su vacancia por inasistencia injustifi cada a tres sesiones ordinarias de concejo (fojas 13). 6. En ese sentido, el numeral 21.4 del artículo 21 de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, establece que la notifi cación podrá entenderse con la persona que se encuentre en el domicilio, dejándose constancia de su nombre, documento nacional de identidad, así como de su relación con el administrado, razón por la cual, conforme se advierte del cargo de notifi cación de fojas 13, la notifi cación del citado acuerdo de concejo se entendió con Benigna Altamirano Vda. de Ttito, madre del regidor en cuestión. 7. Por medio del Ofi cio Nº 2737-2014-SG/JNE, de fecha 19 de mayo de 2014 (fojas 14), se solicitó al alcalde de la Municipalidad Distrital de Saylla que, en caso de no haberse interpuesto recurso de apelación en contra del acuerdo de concejo al que se arribó en la sesión extraordinaria de concejo, de fecha 13 de enero de 2014, cumpliera con remitir copia certifi cada de la constancia que declara consentido el referido acuerdo. 8. Mediante Ofi cio Nº 0140-2014-A-MDS, remitido el 18 de junio de 2014, el alcalde de la Municipalidad Distrital de Saylla presentó copia certifi cada de la constancia que declara consentido el acuerdo de concejo de fecha 13 de enero de 2013 (fojas 19 a 21). 9. Por consiguiente, habiéndose acreditado la causal contemplada en el artículo 22, numeral 7, de la LOM, corresponde declarar la vacancia de Ernesto Ttito Altamirano en el cargo de regidor de la Municipalidad Distrital de Saylla, provincia y departamento de Cusco, y de conformidad con el artículo 24, numeral 2, de la LOM, convocar a Maritza Pakgo Flores, identifi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 47585692, candidata no proclamada del Movimiento Regional