Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2015 (06/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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vacantes para el ingreso al Ciclo de Formacion Profesional de la referida Academia; Que, segun el articulo 67 de la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica y su modificatoria la Ley N.° 29318, para postular a la Academia Diplomatica del Peru MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, se requiere haber obtenido el grado academico de Bachiller universitario. El Reglamento Organico de la Academia Diplomatica del Peru MORDAZA MORDAZA de MORDAZA fija los demas requisitos de ingreso; Que, la seleccion de los aspirantes al Servicio Diplomatico de la Republica, es responsabilidad de la Academia Diplomatica del Peru MORDAZA MORDAZA de MORDAZA teniendo en cuenta las necesidades de personal; Teniendo en cuenta la Hoja de Tramite (GAC) N.° 6887, del Despacho Viceministerial, de 24 de diciembre de 2014; y el Memorandum (ADP) N.° ADP0272/2014, de la Academia Diplomatica del Peru MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, de 10 de diciembre de 2014; De conformidad con la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica y su modificatoria la Ley N.° 29318; el Decreto Supremo N.° 013-1984RE, Reglamento Organico de la Academia Diplomatica del Peru MORDAZA MORDAZA de Cuellar; el Decreto Supremo N.° 16-1989-RE; el Decreto Supremo N.° 01-1994-RE, el Decreto Supremo 045-1997-RE; el Decreto Supremo N.° 089-2004-RE; el Decreto Supremo N.° 024-2005-RE y la Ley N.° 28598; SE RESUELVE: Articulo 1. Convocar a Concurso Publico de Admision a la Academia Diplomatica del Peru MORDAZA MORDAZA de MORDAZA para el Ano Lectivo 2015. Articulo 2. Fijar hasta un MORDAZA de veinticinco (25) las plazas vacantes para el Primer Ano del Ciclo de Formacion Profesional de la Academia Diplomatica del Peru MORDAZA MORDAZA de Cuellar. Articulo 3. El ingreso a la Academia Diplomatica del Peru MORDAZA MORDAZA de MORDAZA sera por estricto orden de meritos y dentro del numero de vacantes senaladas precedentemente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1184265-1

El Peruano Martes 6 de enero de 2015

Nombran expedicionarios de la Vigesimo Tercera MORDAZA Cientifica del Peru a la Antartida (ANTAR XXIII)
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1001/RE-2014 MORDAZA, 30 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, el Peru se adhirio, el 10 de MORDAZA de 1981, al Tratado Antartico; y en 1989, fue aceptado como Parte Consultiva del mismo al demostrar su interes cientifico en la Antartida, a traves de las campanas cientificas MORDAZA I y MORDAZA II y el establecimiento de la Estacion Cientifica Antartica "Machu Picchu" (ECAMP); Que, la Politica Nacional Antartica, aprobada por Decreto Supremo N.° 014-2014-RE, dispone que debe asegurarse la realizacion y continuidad de las Campanas Cientificas del Peru a la Antartida (ANTAR) a fin de consolidar la presencia activa y permanente del Peru en el continente antartico; Que, la Politica Nacional Antartica, prescribe que es el Ministerio de Relaciones Exteriores la entidad del Estado peruano encargada de su formulacion, coordinacion, conduccion y supervision toda vez que es su ente rector; Que, la Matriz de Estrategias, Metas e Indicadores de la Politica Nacional Antartica, aprobada por Resolucion

Ministerial N.° 0624-2014-RE, establece como Accion Estrategica la ejecucion anual de las Campanas Cientificas del Peru a la Antartida (ANTAR); Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores, en virtud del articulo 6, inciso 13, de la Ley N.° 29357, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, es responsable de formular, coordinar, conducir y supervisar la Politica Nacional Antartica, en cuyo MORDAZA se ejecutan todas las actividades que las entidades de los sectores publico y privado realicen; Que, especificamente, el articulo 72, inciso k) del Decreto Supremo Nro. 135-2010-RE, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, dispone como funcion especifica de la Cancilleria dirigir, gestionar y supervisar las actividades que desarrolla el Peru en el continente antartico; Que, asimismo, el articulo 77, incisos f) y g) del Decreto Supremo N° 135-2010-RE, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, dispone que le corresponde a la Cancilleria organizar las Campanas MORDAZA, en coordinacion con los sectores vinculados, gestionar y conservar la estacion cientifica peruana en la Antartida; Que, de acuerdo a estas funciones, el Ministerio de Relaciones Exteriores ha previsto la realizacion de la Vigesimo Tercera MORDAZA Cientifica del Peru a la Antartida (ANTAR XXIII), del 6 de enero al 19 de febrero de 2015; Que, la citada Expedicion tendra como objetivos: profundizar el aporte cientifico del Peru al conocimiento de la Antartida; actualizar los estudios tecnicos de base para la formulacion de proyectos orientados al fortalecimiento de la infraestructura antartica nacional; evaluar las condiciones y dar mantenimiento a la Estacion Cientifica Antartica "Machu Picchu"; fortalecer la cooperacion con otros Estados Parte del Tratado Antartico; y contribuir a la difusion del valor de la Antartida como Reserva Natural para la Paz y la Ciencia; Que, el despliegue y repliegue de los expedicionarios, suministros y equipos de la MORDAZA XXIII a la Estacion Cientifica Antartica "Machu Picchu" (ECAMP), se realizara del 6 de enero al 19 de febrero de 2015; Teniendo en cuenta la Hoja de Tramite (GAC) N.º 6941, del Despacho Viceministerial, de 30 de diciembre de 2014; y el Memorandum (DSL) N.º DSL0647/2014, de la Direccion General de Soberania, Limites y Asuntos Antarticos, de 30 de diciembre de 2014; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N.° 29357, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo N.° 1352010-RE que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo N.° 014-2014-RE que aprueba la Politica Nacional Antartica; y la Resolucion Ministerial N.° 0624-2014-RE que aprueba su Matriz de Estrategias, Metas e Indicadores; SE RESUELVE: Articulo 1. Nombrar al siguiente personal como expedicionarios de la Vigesimo Tercera MORDAZA Cientifica del Peru a la Antartida (ANTAR XXIII), conforme al presente detalle: DIRECTORA DE LA VIGESIMO TERCERA MORDAZA CIENTIFICA DEL PERU A LA ANTARTIDA. · Ministra en el Servicio Diplomatico de la Republica Noela MORDAZA MORDAZA MORDAZA Crespo, Directora de Asuntos Antarticos, de la Direccion General de Soberania, Limites y Asuntos Antarticos del Ministerio de Relaciones Exteriores. JEFE DE LA VIGESIMO TERCERA MORDAZA CIENTIFICA DEL PERU A LA ANTARTIDA. · MORDAZA FAP Wolker Helmer MORDAZA MORDAZA, Director de Meteorologia Aeronautica de la Fuerza Aerea del Peru.

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